El exdirector de la Oficina Jurídica (OJ) de la Universidad de Costa Rica (UCR), David Fallas Redondo, ejerció su derecho de réplica ante el Consejo Universitario (CU), luego de que el rector, Carlos Araya Leandro, hiciera observaciones sobre su labor en la sesión N° 6888 del 1 de abril y en la circular “R-19-2025”. En su intervención, Fallas defendió la coherencia de su criterio jurídico sobre el Reglamento del Régimen Salarial Académico (RRSA) y aseguró que no existe contradicción entre los dictámenes cuestionados por Araya.
“Lo que expresé en los dos dictámenes es que todo traslado de salario compuesto a global debe ajustarse a la Ley Marco y a su Reglamento”, afirmó. Desde el primer borrador del dictamen “OJ-335-2024”, según recordó, ya había advertido un vicio de nulidad absoluta en el RRSA por falta de estudios técnicos que respaldaran su sostenibilidad financiera. Esa advertencia se mantuvo a lo largo de todos los documentos posteriores.
El dictamen “OJ-414-2024”, que se refería a la legalidad de aplicar el Transitorio 8 del reglamento, el cual permite el traslado de un régimen a otro; y explícitamente señala que priorizará que las personas con salario compuesto inferior puedan solicitar el traslado al régimen de salario global. Fallas explicó que, si bien ese dictamen concluyó que las disposiciones eran “acordes a Derecho”, lo hizo con una condición expresa: que se acreditara la viabilidad financiera y que las medidas se ajustaran a los límites impuestos por la normativa nacional. Aclaró que firmó ese documento como criterio individual, y que lo entregó personalmente a las autoridades tras apartarse de algunos puntos propuestos por su equipo técnico.
Posteriormente, el dictamen “OJ-471-2024” respondió a una consulta distinta: si era jurídicamente viable trasladar al salario global a personas que no hubiesen experimentado un ascenso posterior al 10 de marzo de 2023, fecha en que entró en vigencia la Ley Marco de Empleo Público. Su respuesta fue negativa. “Eso no es posible, porque iría precisamente contra la referida Ley”, escribió. Fallas aseguró que esta conclusión es plenamente coherente con el criterio anterior y que incluso fue respaldada por la Oficina de Contraloría Universitaria en su informe “OCU-R-135-A-2024”.
Sobre el hecho de haber firmado un dictamen la noche del 31 de diciembre de 2024, justo antes de su salida de la OJ, Fallas afirmó que actuó conforme a derecho. Recordó que, como jefe de oficina, tenía la facultad de trabajar fuera del horario regular, según el artículo 267 de la Ley General de la Administración Pública. Agregó que comunicó formalmente que laboraría durante el cierre colectivo, y que la administración le reconoció esas fechas como trabajadas.
“Yo lo canalicé todo a través de los medios institucionales con total transparencia. Si el equipo del señor Araya no lo revisó, no lo leyó, no lo consideró importante o no le informó a él; eso es asunto que debe esclarecer con sus colaboradores”, indicó.
Fallas también se refirió a la resolución “R-13-2025”, firmada por el rector, mediante la cual se restauran disposiciones del RRSA que había vetado en su momento Gustavo Gutiérrez. Según su criterio, esta resolución no se basa en los dictámenes que él suscribió, y, en cambio, introduce cambios normativos sin fundamento legal. “Me da la impresión que esa resolución no se ajusta a los Transitorios mencionados; y menos aún encuentra sustento en el dictamen 414”, dijo.
Además, alertó que la Universidad no puede aplicar medidas transitorias para el traslado salarial si no se cumplen los requisitos establecidos por la Ley Marco. En particular, advirtió que si las autoridades mencionadas en el Transitorio 3 del reglamento no experimentaron un ascenso posterior al 10 de marzo de 2023, su traslado al salario global sería contrario a Derecho.
Discusión en CU
Durante la sesión N° 6899 del Consejo Universitario del pasado 20 de mayo, se leyó en su totalidad el derecho de réplica de Fallas luego de someter a votación si se permitía esto, dado que varios integrantes del órgano señalaron que su procedencia no estaba del todo clara. “No tenemos certeza legal de que el derecho a réplica correspondiera”, afirmó el representante de Ciencias Agronómicas, Sergio Salazar, “sin embargo, por un asunto de buena voluntad, decidimos llevarlo adelante”.
Salazar indicó que el Consejo valora distintos criterios jurídicos sobre el RRSA como parte del trabajo de la Comisión del Régimen Salarial Académico, de la cual forma parte. “Estamos generando esta discusión al interno y vamos en algún momento a tomar una decisión”, dijo. Añadió que se pretende adoptar una postura que brinde certeza jurídica a toda la comunidad universitaria, especialmente al personal docente.
El representante de los Colegios Profesionales y opositor del actuar de la Rectoría en estos temas, William Méndez, propuso revisar la relación orgánica entre la Oficina Jurídica y la Rectoría. “Creo que debemos empezar a hacer el análisis de cómo dar la herramienta de la autonomía e independencia […] para fortalecerla y no para debilitarla”, afirmó. Ilka Treminio de Ciencias Sociales, apoyó la propuesta y anunció que ha estado sistematizando documentos para elaborar una iniciativa formal al respecto.
Treminio también expresó preocupación por la aplicación de los procesos de inhibición y abstención en el órgano colegiado. “Se está generando un caos […] tenemos que ponernos a tono con la ley”, dijo. Propuso establecer un procedimiento reglamentado para los casos en que los integrantes del CU consideren oportuno abstenerse de conocer ciertos temas.
El representante de Ciencias Básicas, Keilor Rojas, respaldó la idea de reformar el mecanismo de designación de la dirección jurídica y se sumó a la discusión sobre su autonomía. Por su parte, Christian Keller señaló que desde la Comisión Especial designada para estudiar el RRSA, se están considerando diversas opiniones legales. “Estamos escuchando y estudiando todas las diferentes opiniones, inclusive jurídicas […] para tomar una decisión con sustento legal, técnico y actuarial”, aseguró.
Cabe recalcar que Fallas cerró su descargo solicitando que sus aclaraciones se difundan por los mismos medios que la circular “R-19-2025”, por correo electrónico a toda la comunidad universitaria, y que, si fuera necesario, se le convoque al CU con antelación suficiente para comparecer junto a su equipo jurídico. También recomendó que se eleven consultas a la Procuraduría General de la República y a la Contraloría General para esclarecer los alcances legales del RRSA y de la resolución “R-13-2025”.