Universitarias

Residente de ortopedia reclama cierre de investigación por acoso de docente que renunció al cargo

La joven afirma que aunque el docente renunció al cargo, como médico sigue estando presente en el hospital y por tanto, tiene acceso al estudiantado. Autoridades universitarias afirman que no es viable continuar con el proceso al no existir relación laboral, ni posibilidad de sancionar.

Una estudiante residente de la especialidad de ortopedia reclama a la Universidad de Costa Rica el cierre del proceso investigativo por acoso de un profesor apellidado Rodríguez, quien renunció a su cargo como Coordinador del Posgrado de  Ortopedia y Traumatología ocho meses después de abierto el caso.

La joven, a quien identificaremos como “Laura” para proteger su identidad, interpuso contra el docente una denuncia por hostigamiento sexual en enero del 2021. En setiembre del mismo año, el docente renunció a su cargo como coordinador y docente, y en consecuencia, el proceso se cerró.

Laura contactó a UNIVERSIDAD para denunciar que aunque el docente ya no tiene vínculo con la UCR, por la naturaleza de los posgrados en especialidades médicas, su renuncia no implica que deje de tener acceso a ella y a otras estudiantes, pues sigue ocupando un importante cargo en el Hospital San Juan de Dios, donde las residentes reciben su formación.

Además, la joven considera que la universidad ha sido partícipe en “encubrir” al docente al no continuar al proceso, que ella esperaba, concluyera al menos con una admisión de que se cometieron actos de acoso en su contra, aunque no resultaran en una sanción.

Según el relato de Laura, desde el 2019, comenzó a recibir mensajes inapropiados del docente, quien no sólo era el encargado de calificarla como estudiante del posgrado, sino que además era, en la práctica, su jefe en el hospital.

En abril de ese año, cuenta Laura, fue la primera vez que recibió un mensaje que la incomodó. Tras un procedimiento, el médico le escribió para decirle que “dejara algo para después”, haciendo referencia a que andaba una blusa más “reveladora” de lo usual (la joven explicó incluso que ni siquiera se trataba de una prenda escotada ni nada, si no de una camiseta blanca, que típicamente usan las mujeres bajo el uniforme).

Ella creyó que era un llamado de atención o algo por el estilo y así lo hizo ver, cuenta, a lo que el docente le indicó que cuando alguien le hiciera “un piropo”, lo aceptara “sonriera e hiciera caso”.

Después de eso, las cosas empeoraron cada vez más y llegaron al punto en que el docente le pedía que le mandara imágenes pasadas de tono (a modo de chiste, supuestamente) y contestaba con mensajes sugerentes o con imágenes semejantes.

En el mismo chat en el que se intercambiaban este tipo de mensajes, el docente le hablaba a la estudiante sobre los procedimientos, sus notas o su desempeño académico, y le decía, entre otras cosas, que debía “esforzarse más” o “abrirse más”, al tiempo que le recordaba que “el que le pone la nota soy yo”. Estos intercambios constan en el expediente aportado por la joven a este medio.

En febrero del 2020, a razón de una baja en sus calificaciones, el Comité Director de la Especialidad en Ortopedia y Traumatología solicitó la separación definitiva de la estudiante del posgrado, resolución que ella apeló aunque le fue rechazada la apelación. Fue en medio de ese proceso que la joven mencionó que la baja en su desempeño se debía al acoso del que estaba siendo víctima, por lo que la comisión le solicitó interponer la denuncia y así procedió.

La investigación estaba apenas en sus primeros pasos, dice Laura, cuando tras una reunión con las autoridades del Programa de Posgrado en Especialidades Médicas, el médico decidió renunciar, lo que desencadenó el cierre del procedimientos, sin conclusiones ni sanciones. Sobre la renuncia, el PPEM explicó que el motivo fue “un desacuerdo de carácter académico entre la Comisión del SEP y el Dr. Rodríguez, relacionado con la graduación de una estudiante”, no la investigación pendiente.

“Y es que yo estoy segura, que una vez que yo no esté en el posgrado y no tenga riesgo de que lo denuncie, va a volver a ser docente y como el proceso no llegó a nada, no van a haber razones para no contratarlo”, dijo la estudiante.

UNIVERSIDAD acudió tanto al PPEM como a la rectoría (que finalmente, al amparo de un criterio de la Oficina Jurídica, ordenó el cierre de la investigación) para conocer los razonamientos que llevaron a esto.

Ambas instancias indicaron que “la eficiencia de las sanciones en la UCR, por normativa, dependen de una relación laboral en el momento en que son dictadas” de modo que si no se puede imponer una sanción o despido, porque la persona renunció, entonces el acto carece de validez jurídica.

“El poder sancionatorio-disciplinario de una institución solo se puede ejercer sobre personas sujetas a sus lineamientos, reglamentos o directrices en torno a su labor. Por lo tanto, cuando la relación laboral con la Universidad de Costa Rica finaliza, eso implica que cesan todos los efectos sobre el contrato de trabajo”, dijeron.

No obstante, narraron, la Decana del SEP solicitó a la Comisión Institucional contra el Hostigamiento Sexual (CICHS) en setiembre del 2021, que se continuara con la investigación a pesar de la renuncia para determinar si los hechos denunciados fueron o no verdaderos, (es decir, con efectos declarativos), lo que afirman, demuestra “un interés legítimo de esclarecer el asunto y determinar si situaciones de este tipo eventualmente pudieron incidir negativamente en el desempeño académico de la estudiante”.

No obstante, en un dictamen posterior la Oficina Jurídica resolvió que ni la Universidad, ni ninguna empresa o institución puede obligar a una persona a
mantenerse en una relación laboral, solo para culminar un procedimiento disciplinario y establece que “todos los actos administrativos, para su validez,
deben poseer una motivación jurídica acorde a los elementos del acto regulados en la Ley General de la Administración Pública. En este sentido, uno de los elementos para su validez es el fin: aplicar una sanción”.

Así, dice la OJ, si el proceso carece de un elemento de validez y se generan efectos negativos sobre un particular, la institución podría ser condenada por la nulidad del acto y verse obligada al pago de daños y perjuicios para un exfuncionario de la Universidad. Así, explicó la rectoría, no es que “se consideró” mejor cerrar el caso, sino era la única vía jurídicamente viable.

Las dos instancias universitarias explicaron que Rodríguez en efecto ya no es docente del PPEM ni funcionario, pero que sigue ejerciendo profesionalmente en la Caja Costarricense de Seguro Social, una institución completamente independiente. “Al no ser docente de la UCR, recae en la Caja Costarricense de Seguro Social las responsabilidades de investigar sobre el hecho mencionado y dictar medidas cautelares, según su normativa interna”, afirman.

Eso sí, recordaron que en otros casos e incluso sin necesidad de una denuncia formal, se ha trasladado de hospital a estudiantes que expresamente lo han requerido, por situaciones diversas y debidamente fundamentadas.

“Igualmente, considerando que la prórroga del convenio entre la CCSS y la Universidad para la formación de especialistas se vencerá en diciembre del 2022, a partir del oficio PPEM-130-2022 del 08 de febrero del 2022, se ha informado a las autoridades del CENDEISSS-CCSS sobre la necesidad de incluir en el texto del nuevo convenio cláusulas específicas relativas a la abstención y sanción de actos de hostigamiento sexual, de acuerdo con la legislación nacional y lo dispuesto en nuestro reglamento interno”, indicaron.

Eso implicaría dar capacitación a los funcionarios que cooperan en el marco del convenio y el compromiso de la UCR de que en caso de recibir denuncias en contra de cualquier persona, se hará de conocimiento de la contraparte, que deberá realizar el procedimiento respectivo e informarse mutuamente sobre lo actuado.

Sobre la apelación de Laura, el PPEM afirmó que el cierre de la investigación no la afecta pues las separaciones son procedimientos que se relacionan, “únicamente, con el desempeño académico de los y las estudiantes en un curso determinado”. Además, dijeron, la autoridad encargada de resolver la apelación es el Consejo del Sistema de Estudios de Posgrado.

UNIVERSIDAD consultó si hay alguna garantía de que una persona acusada de acoso que renuncia, no pueda regresar a laborar como docente o que se reactive la investigación, en caso de hacerlo pero la universidad respondió que ninguna institución “puede condicionar la legalidad de sus actos administrativos a una suposición o a un hecho no probado” y que “al archivarse la causa contra el denunciado, tampoco podría reactivarse si esta persona es recontratada por la Universidad”.

“Para evitar estas limitaciones en un futuro, en el caso específico del PPEM y otros posgrados que tienen diversos grados de relación con la CCSS, se espera negociar cláusulas para el nuevo convenio CCSS-UCR. Estas cláusulas implicarían medidas disciplinarias coordinadas”, indicaron.

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