País Abogado denunciante: “La Sala siguió móviles políticos”

Victoria de Costa Rica en la Corte IDH vino con histórico regaño a la Sala IV

Según la Corte IDH, la Sala Constitucional tomó decisiones arbitrarias para mantener a un exasesor del gobierno de Figueres por 50 meses en prisión preventiva.

La última victoria del Estado costarricense en los estrados de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, catalogada como histórica por evitar una revisión de unas 110.000 sentencias que hubiera paralizado al aparato judicial, trajo también consigo una histórica reprimenda al Estado costarricense, específicamente a la Sala Constitucional.

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No generó el ruido del fallo de la Fertilización in vitro, pero sí dijo algo que no es común escuchar: “la Sala Constitucional convirtió la detención preventiva en la regla para el señor Martínez. De este modo, dicha detención se tornó arbitraria”. Aquí puede leer el fallo completo.

Se trata del caso de Jorge Martínez, exconsultor del gobierno de José María Figueres. Este abogado fue condenado por sustraer dinero de un programa de asistencia social, pero antes de eso, debió pasar más de 50 meses en prisión preventiva, sin ser juzgado.

El jalón de orejas del máximo tribunal de derechos humanos al principal guardián en esa materia en Costa Rica, se dio por un fallo en donde la Sala IV avaló que Martínez permaneciera en la cárcel, pese a que los límites del encerramiento se habían sobrepasado.

La trama que rodea a este hombre, condenado por sustraer dineros destinados a un programa de asistencialismo social, comprende una dinámica política que motivó las decisiones de la Sala, según opina Néstor Morera, representante legal de Martínez.

De todos los demandantes, su cliente fue el único que consiguió una victoria contra el Estado costarricense, acostumbrado a ser el ejemplo en materia de derechos humanos para el resto de la región. Excepto en este caso.

“La Sala IV no ha salido bien parada”, dice Morera, quien afirma que se está ignorando el peso de esta sentencia de la Corte IDH. El máximo tribunal de derechos humanos reprochó el fallo del 1 de febrero del 2008, en una Sala IV presidida en aquel entonces por Ana Virginia Calzada.

En medio de una victoria histórica para el Estado costarricense, que demostró la garantía de una segunda instancia de apelación de resoluciones judiciales, este caso se salió del canasto. Este es un extracto de la entrevista de UNIVERSIDAD con el abogado Néstor Morera, representante legal de Jorge Martínez.

El fallo de la Corte habla de un exceso de prisión preventiva, y señala a la Sala IV de tomar decisiones arbitrarias. ¿Cuál fue la tónica del proceso?

La tónica transversal de este proceso fue una duración exagerada. Desde que llega de Canadá, va invocando el peligro de fuga, uno de los tres que tiene para justificar una medida de prisión preventiva. A mí criterio no había, pero bueno. El señor entra a prisión preventiva a San Sebastián, a un lugar espantoso con un hacinamiento terrible. Años después llegó a tener neumonía, dormía en una espuma horrible. En el gobierno de Abel Pacheco se reactiva la discusión sin que hubiese un gran avance en la discusión.Durante cinco años, a este señor nadie le mandó una carta de por qué se fue. El caso más bien parecía que seguía el pulso de la prensa y de la opinión pública, no su propio pulso.

¿Considera que los procesos se pasaron por encima en favor de una agenda política?

Cuando se destapan varias cosas en el gobierno de Abel que todos conocimos como terminaron, contra altas figuras del PUSC, hacía mucho sentido revivir un caso contra el PLN, del que nadie se acordaba. Entonces el caso se reactiva, sin extradición. Y ahí empieza este tema de la prisión preventiva. ¿Cuánto era el máximo que don Jorge podía estar en prisión preventiva: 36 meses. Y eso es el doble de lo ordinario. Fue considerada como una causa de tramitación compleja, entonces los plazos se duplicaron. Pero aún y siendo 36 meses, esto no le alcanzó a la Fiscalía para tramitar una causa contra este señor. Cuando él supuestamente se fugó, que no fue así, no había una acusación, y cuando vuelve tampoco. Se detectan irregularidades. Uno de esos es, ¿quién firmó los cheques? ¿quién estripó el botón? Nunca aparecieron los cheques. A él se le condena con fotocopias de los cheques. Se pidieron los originales, nunca aparecieron. En la insistencia de que esta prueba apareciera y al señalar él a personas específicas que, a criterio suyo, cometieron una irregularidad, a la causa por peculado le sumaron otra por denuncia calumniosa, por señalar responsabilidades en la tramitación contra fiscales.

Ustedes critican que esa condena se basara en copias…

Si ellos quieren condenar, que lo hagan, pero pruebas con fotocopias no funcionan. Ahí es donde se ve el grado de carga política que pesó sobre la institucionalidad judicial, y la dobló. Dudo que en estos días uno pueda lograr una condena con base en fotocopias. Hay hasta artículos del Código Procesal Civil que permiten a la contraparte exigir el original. Este segundo proceso de denuncia calumniosa sirve de excusa para mantenerlo en exceso de prisión preventiva. El Poder Judicial cierra filas y cuida sus pollitos. Don Jorge es abogado y es un buen abogado. Ellos solos iniciaron el proceso ante la CIDH, en el 2003. Pero otras personas no tienen acceso a esto, no pueden ir a la Corte, no todos pueden pagar a un abogado para estos procesos.

Pero primero acudieron a la Sala Constitucional.

Ellos empiezan el trámite en la CIDH al igual que empiezan muchos reos, invocando un montón de cosas. Las personas cuando ejercen su defensa técnica inclusive se extralimitan, es lo normal. Están presos, pasándola mal, como algunas cosas que no tenían piso jurídico. Él también hizo reclamos en la misma línea, ya era un hombre de edad. Los señores del Anglo estuvieron en el CAI San Antonio, que era como una casa, este tipo estuvo en San Sebastián. Eran personas del mismo perfil, era complicado ponerlos a coexistir con delincuencia común. Hoy, a alguien del perfil de Martínez difícilmente lo revolverán con otro tipo de delincuentes. Él recurre para decirle a la Sala IV que ya no tiene por qué estar preso, que pasaron los 36 meses y que ya no hay ningún sustento normativo. La prisión es una medida excepcional. Hay reglas muy claras que dicen el cuánto. Después de 36 meses lo que hay es un fallo donde se le da la razón, pero no la liberación.

Este es el fallo de la Sala IV que fue reprochado por la Corte IDH, en donde se le dio razón a Jorge Martínez, pero se ordenó mantenerlo en prisión.

¿Qué le dice a usted ese fallo?

Que la Sala claudicó y siguió móviles políticos y no jurídicos. Es un fallo histórico, es el primer caso acumulado que conoce y resuelve la Corte. El Estado costarricense decía que no era conveniente acumular las causas.  Representaba un gran desafío al presupuesto del Estado. Finalmente se acepta la acumulación y se resolvió como un caso acumulado. Esto lo inician Jorge Martínez y su hijo Adrián Martínez, yo entro en la etapa de las audiencias.

Tratándose del órgano encargado de velar por este tipo de situaciones, ¿qué peso tiene este fallo?

Eso es lo más difícil de digerir. La Sala IV es el órgano al que los costarricenses deben y pueden pretender auxilio frente a arbitrariedades judiciales. Su jurisprudencia está por encima de los otros tribunales. Donde usted iría como ciudadano a que le tutelen derechos fundamentales es adonde ellos. ¿Pero qué pasa cuando el órgano encargado de tutelar esos derechos los viola? Este es el valor histórico de una sentencia. Se somete por primera vez al escrutinio a la Sala IV.

¿El caso de FIV no hizo algo similar?

Se han discutido en el pasado temas sustantivos, porque plantean discusiones técnicas y científicas de dónde comienza la vida, pero este es una cosa muy fácil, es mera constatación. Es tan fácil como que veo que alguien tiene un plazo y en el mes 36 tiene que estar afuera. Aquí no hay interpretación, esto no lleva una gran discusión de fondo. Es un tema procesal, no hay tanto que discutir, es o no es. Es tan groseramente claro que es el único proceso que prosperó. Entraron a jugar otros factores que no son jurídicos ni constitucionales.

No hace mucho tiempo en Costa Rica se arrestaba a opositores políticos y se metía gente a la cárcel de manera arbitraria. La Sala ha venido a garantizar que eso no pase, pero este fallo dice que hubo arbitrariedad.

Lo que dice el fallo es que los encargados de tutelar derechos humanos violaron derechos humanos. Se viola el principio pro hóminem, entendiendo la libertad como uno de los bienes jurídicos más preciados, por los que más se ha luchado. Costa Rica ha sido históricamente vista como la niña mimada del sistema, porque es un país que se porta bien. Hay países que son usuarios del sistema porque pasan demandados. Todo el tiempo los llevan y los condenan. Costa Rica es como “el deber ser” de muchas cosas, pero, amparados en esa fama pensamos que nada nos va a pasar. Creo que fue lo que pasó aquí. La Sala IV no quiso verse ante la opinión pública como el ente que ordenó la libertad de una persona que todo el mundo quisiera que estuviera presa. La gente quiere sangre. Pero en la formación jurídica lo primero que a uno le dicen es que, por naturaleza, las decisiones jurídicas son impopulares, no se guían por marcos de popularidad o prensa.

El segundo mensaje detrás de esto es que este señor pasó cuatro años, nueve meses y ocho días preso sin que se le definiera su situación jurídica. ¿Y la justicia pronta y cumplida?

¿Cuál fue el alegato de la Sala IV para darle la razón a su cliente pero para dejarlo en cárcel?

Usaron la famosa medida “excepcionalísima”, supuestamente por las particularidades del imputado y que dicen que se había fugado.

¿Ustedes demostraron ante la Corte que no se fugó?

Lo planteamos pero no fue un tema que se abordara o de interés de la comisión. Yo lo expuse en mi participación en las conclusiones de fondo, un poco para demostrar que no había ni siquiera necesidad de una prisión preventiva. Pero, aún y pensando que efectivamente fue fuga, ese es el mensaje que nos tiene que quedar. Usted puede ser quién quiera ser, que a los 36 meses tiene que estar fuera. El sistema tiene que ser capaz de definir la situación jurídica de una persona en ese tiempo.

¿No pidió medidas alternativas?

Se valoró, pero se rechazó. El argumento era como un machote, era la misma fundamentación de la fuga que se reiteró. Tenemos una institucionalidad judicial que no se complica la vida. Para que la propia Sala IV decidiera que tenía que seguir guardado, esa era la carga política que existía contra este señor. No estamos hablando de un cobro judicial. Es un caso mega complejo donde la institucionalidad costarricense no respondió ni en el tiempo. Por malo que usted sea, tiene que ser juzgado en un lapso razonable. Utilizan esa palabra macabra “medida excepcionalísima”, es un concepto inventado, no hay una sola normativa en Costa Rica que utilice ese término. Aquí a quien condenaron es a la Sala IV.

La condena es al Estado…

Por ser un órgano supranacional, ellos juzgan al Estado. Incluso hubo otra sala que tuvo actuaciones terribles que fue la Sala III, pero, hay un solo ente que resuelve hábeas corpus. Hay países que dan esas decisiones a jueces ordinarios, nosotros se lo damos a la Sala IV. Es muy sorpresivo obtener un fallo en donde se acoge pero no se ordena liberación. Es absurdo, no tiene ninguna cabida jurídicamente hablando. Se habla concretamente de la Sala Constitucional. Yo espero que esto pase a la historia como el caso que por primera vez aborda una clara responsabilidad de la Sala Constitucional en violar derechos humanos a un costarricense.

Y no todos tienen acceso a la Corte…

Sí, esto se hace porque Jorge es abogado y porque Adrián es abogado, y son personas que deciden enfrentar al sistema, y por enfrentarlo tuvieron más problemas. ¿Pero si es una persona que no? A esa persona la meten seis años en preventiva y a nadie le importa. Ese es el precedente que nos tiene que quedar en la cabeza. Ojalá que nunca más un ciudadano costarricense enfrente un exceso de prisión preventiva, y ojalá que ese exceso nunca más sea tolerado por quien tiene que procurar que eso no pase.

¿Pensaría usted que haya casos actualmente que superan esos umbrales y no tienen conocimiento?

No sabría, pero le doy una opinión personal. Cuando a la Sala IV la llevan al confín entre la disyuntiva entre lo jurídico y lo político, se decanto por lo político. Pasó con el TLC, con Crucitas y en este caso. Cuando tienen mucha luz, uno no puede pretender nada decoroso de la Sala Constitucional. Si su nombramiento es político, ¿usted por qué va a tener móviles diferentes en su gestión? Es un tema que ya viene hace rato en la palestra, de diseño.

Constantino Urcuyo y Jorge Vargas dicen que esos nombramientos no se pueden despolitizar del todo, ¿cómo llevarlo al mínimo?

Debería haber un sistema de designación de magistrados por idoneidad profesional, por una carrera. Hemos tenido varios magistrados que nunca fueron jueces. Si su nombramiento pasa por un consenso político, ¿usted por qué va actuar diferente? Y luego de ser magistrados, quieren seguir siéndolo. ¿Cómo cree que lo renuevan? Son consensos políticos.

En momentos de crisis del Poder Judicial, este fallo no cae bien, por la importancia que tiene la Sala IV…

La importancia la tiene. Se ha creado una capacidad institucional, jurisprudencia importante. Hay letrados y asistentes, gente que de carrera se ha formado en estos temas. Ahí el tema son los magistrados y el sistema que los elige. Como órgano, y como concepto es muy valioso y hay que defenderlo a capa y espada. Soy defensor de una idea de la Sala Constitucional. Mi crítica es al sistema de elección de todos los magistrados.

Los jueces se han convertido en garantes de derechos humanos en donde los políticos no se han puesto de acuerdo, ¿cómo garantizar que eso siga y la política no permee las decisiones de los jueces?

Son un contrapeso. En un sistema democrático, el poder más importante es el Poder Judicial. Y tiene que estar vacunado contra los vaivenes de la política. El sistema de pesos y contrapesos funciona con una sana desconfianza de un poder al otro. Cada poder tiene injerencia en la constitución del otro, ese es el delicado balance. Esta experiencia de estos casos en los que, enfrentados a situaciones políticas límite, la Sala IV no salido bien parada, hace que tengamos que abrir la discusión del nombramiento de los magistrados, y en eso se necesita un ejercicio de sinceridad y construcción. No sacralicemos a la Sala, tampoco.

¿Cómo ve la composición de hoy?

Es la conformación que más miedo me da, históricamente de las que he conocido. Hay gente que es fanática religiosa, tenemos gente con posiciones muy claramente expuestas y gente que ha entrado en coyunturas complejas. Tengo muy buen criterio de Paul Rueda, que se formó en Alemania y tiene una trayectoria impecable, con peso académico. Existe una gran diferencia académica y de trayectoria entre José Manuel Arroyo, por ejemplo, y Carlos Chinchilla. Ahí es donde el sistema falla, necesitamos requisitos objetivos más fuertes. Yo casi soy del criterio de que los magistrados deben ser elegidos por los mismos jueces. No los diputados. ¿Con qué criterio un diputado escoge a un magistrado? Eso de la voz del pueblo es la voz de Dios aplica en todo lado excepto en el Poder Judicial.

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