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Sala Tercera ordena reconsiderar pena de mujer que delinquió por vulnerabilidad

Los magistrados pidieron al Tribunal que dicte una nueva condena considerando las situaciones que llevaron a la mujer a delinquir

La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia ordenó que se fije una nueva pena a una mujer que cometió un delito por encontrarse en condición de vulnerabilidad.

Los magistrados resolvieron así el primer recurso de revisión presentado por la Defensa Pública, luego de que en el 2018, una reforma a los artículos 71 y 72 del Código Penal permitiera reducir las condenas, incluso por debajo del mínimo establecido, a mujeres sin antecedentes penales que hayan delinquido por encontrarse en pobreza, porque tienen a su cargo hijos u otros familiares, por discapacidad o por ser víctimas de violencia de género.

En la resolución del pasado 27 de setiembre, los magistrados anularon la condena de cuatro años y ocho meses de cárcel por el delito de introducción de droga a un centro penal y ordenaron al Tribunal de Juicio de Alajuela que fije una nueva sanción considerando las situaciones que la empujaron a delinquir.

La beneficiada es Johana García Flores, de 28 años, inmigrante, desempleada y madre de tres hijos, quien fue arrestada cuando intentó introducir droga escondida a la cárcel de hombres La Reforma porque su pareja la golpeaba si se negaba, según contó ella meses atrás a UNIVERSIDAD.

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Ahora, el Tribunal de Juicio deberá conocer nuevamente el caso pero solo para que dicte una nueva pena.

Marco Feoli, exministro de Justicia que impulsó la reforma y ahora defensor público de García y otras mujeres, celebró que la Sala reconociera que Johana es una mujer en condición de vulnerabilidad.

“La Sala le pide al Tribunal de Juicio que la juzgó que vuelva a valorar cuál es la pena más razonable en un caso como este, en el de una mujer que comete un delito estando en una situación de violencia y de responsabilidades económicas asumidas con respecto a sus hijos, que no es que justifican el delito, pero que sí lo explican, y que hacen que el reproche que se le hace a esta mujer sea diferente al que se le puede hacer a alguien que no esté en las circunstancias”, manifestó.

Feoli consideró que, si bien los magistrados pudieron decidir rebajar la pena de una vez en lugar de devolver el expediente al Tribunal, la forma en que se resolvió brinda más garantías a la imputada.

“La Sala pudo resolverlo en ese momento, pero por una cuestión técnica el asunto quedaría agotado ahí. Al devolverlo, si bien se va a demorar más, permite que también si fuera necesario se vaya a apelación y nuevamente a casación, con lo cual creo que técnicamente es la respuesta más correcta”, explicó.

Para el abogado, la resolución de los magistrados es esperanzadora con respecto a que exista más justicia en el proceso penal.

Mencionó la necesidad de fortalecer alianzas con entidades como el Instituto Mixto de Ayuda Social (Imas) y el Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu) para darle apoyo a las mujeres una vez que se desliguen del sistema penitenciario.

La sentencia completa de la Sala Tercera todavía no se ha publicado, por lo cual no se conocen todos los razonamientos de los magistrados sobre este tema.

La reforma al Código Penal permite que la reducción de pena se haga durante el juicio o que, en casos en que ya hubo sentencias, se solicite una revisión.

La Defensa Pública ha presentado 60 solicitudes de revisión y estima que unas 200 mujeres de las 635 que hay privadas de libertad en la cárcel Vilma Curling encajan en el perfil que describe la reforma.

Mirada en ellas

Tanto Feoli como la jueza de Apelación Rosaura Chinchilla explicaron semanas atrás que el abordaje con perspectiva de género en el proceso penal es importante para contrarrestar las estructuras patriarcales de la sociedad.

“Las labores de cuido normalmente la asumimos las mujeres y, en consecuencia, cuando se le impone una pena privativa de libertad a una mujer que está en estas circunstancias, esa pena termina trasladándose a todos los familiares y generando problemas sociales importantes, porque ya no hay quien cuide a los niños, porque se dejan abandonadas a las personas ancianas o enfermas que se cuidaban, etcétera. Entonces, básicamente lo que se busca es paliar esos efectos colaterales o secundarios que en esos casos implicaba la pena”, explicó Chinchilla, quien también es coordinadora de la Maestría en Ciencias Penales de la Universidad de Costa Rica (UCR).

“Cuando se hacen estudios en Economía o Sociología se dice que la pobreza tiene rostro femenino, porque en medio de las circunstancias más apremiantes quien más sufre suele ser la mujer, que a su vez tiene a su cargo hijos o hijas, o personas enfermas que los hombres muchas veces abandonan en su cuidado”, añadió.

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