El proyecto de empleo público que presentó el Poder Ejecutivo (expediente 21.336) afecta la independencia de poderes, de acuerdo con el criterio del presidente de la Corte Suprema de Justicia, Fernando Cruz.
“Esta ley somete al Poder Judicial a reglamentos dictados por el Poder Ejecutivo. Quiere decir que hay un principio de reserva de ley previsto por la Constitución y que esta ley la ignora”, dijo el también magistrado de la Sala Constitucional.
Cruz `articipó de una audiencia con los diputados de la Comisión de Gobierno, encargados de validar el texto con distintas instituciones. En julio, la Corte Plena adversó el proyecto de ley por las mismas razones que presentó Cruz a los legisladores.
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De acuerdo con el presidente de la Corte hay dos temas en los que la ley afecta al Poder Judicial: en su independencia y su funcionamiento. Por ello, para aprobar la ley tal y como está, los diputados necesitan el mínimo de 38 votos afirmativos en plenario.
Sobre la independencia de poderes que arriesga el proyecto, Cruz fue tajante y dijo que “un Ministerio no le puede dar directrices en administración al Poder Judicial”.
“Una incidencia tan directa del Ministerio de Planificación incide en temas muy sensibles como la capacidad del Ministerio Público, eventualmente, para perseguir la corrupción, delitos funcionales, control del Estado, etcétera”, aseguró a los diputados.
Calificó de que esta intervención de la ley “no es materia inocente, es materia importante”.
Entre otros temas, también se refirió en materia de salarios y a que, en materia de la Ley de Reforma Procesal Laboral “el proyecto es omiso en el tema del derecho colectivo del trabajo en el tema de empleo público, como si no existiera”.
Sobre materia salarial, Cruz dijo que la prioridad de la ley no es economizar en salarios públicos sino establecer criterios imparciales para su contratación y evaluación.
“Yo he entendido todo lo que dice la ley y la OCDE que no es un tema de economía presupuestaria. Es un tema de imparcialidad y de objetividad en lo que a funcionarios establece”, dijo.
Sobre los criterios económicos para los salarios, advirtió que la ley da pie a “ fijar los salarios con criterios cuantitativos sin una valoración concreta de lo que es técnicamente adecuado”.
“Se dice que debe hacerse una valoración de los salarios en relación del sector privado, pero eso no lo refleja la ley”, opinó el presidente de la Corte Suprema de Justicia.
El liberacionista David Gourzong preguntó si “el Poder Judicial se debe apartar de esta ley de empleo público”.
Cruz explicó que, en lugar de acoger la ley única, se pueden incorporar modificaciones “en normas específicas, salarios, el estatuto y la Ley orgánica”.
“No es apartarse, es que los principios se pueden establecer como se hizo con la Ley de Empleo del Poder Judicial que tomó de modelo el Estatuto de Servicio Civil”, afirmó.
El diputado Luis Fernando Chacón aseguró que la comisión continúa recibiendo criterios similares desde todas las instituciones que “gozan de autonomía”.