El presidente de la República, Carlos Alvarado, firmó esta mañana de martes la “Ley de derecho al tiempo” que permitirá a las víctimas de delitos sexuales menores de edad ampliar el plazo para denunciar después de haber cumplido los 18 años.
Esto quiere decir que las víctimas tendrán hasta 25 años para denunciar a partir de que cumplan la mayoría de edad, gracias a la modificación del artículo 31 del Código Procesal Penal. La legislación actual permite solo 10 años. Dicha ley empezará a regir a partir de su publicación en La Gaceta.
La modificación no aplicará en los casos que hayan prescrito, reconoció el diputados Enrique Sánchez, pero sí en casos que estén próximos a prescribir. “Hay casos que pueden estar por presentarse y que tal vez preescribían en unos meses; ahora esa persona puede tener la seguridad de que va a empezar un proceso judicial”.
La iniciativa no modifica los tipos penales ya existentes para los delitos sexuales contra menores de edad, ni aumenta las penas correspondientes.
Según el diputado oficialista, la ley lo que hace es otorgarle a las personas “más tiempo” para enfrentar un abuso sexual y denunciar si el abuso fue cometido cuando la persona era menor de edad, pues el plazo de los 10 años es “insuficiente” para las víctimas que no tienen las herramientas “emocionales” o la “independencia económica” para enfrentar una denuncia de este tipo.
Por su parte, Alvarado indicó que el proyecto “permite atender un problema estructural que requiere la mayor atención por parte del Estado”.
Nuevo proyecto
Durante la firma del proyecto en Casa Presidencial, el diputado Sánchez adelantó que este martes presentarán un proyecto de ley que obligará a cualquier persona a denunciar casos de abuso sexual, agresión física, psicológica o maltratos.
Según detalló, actualmente el Código de la Niñez y Adolescencia sienta la obligación de ir denunciar solo a personas que trabajan para un centro de salud o en servicios educativos, en este caso se buscará extender la responsabilidad a personas de distintos ámbitos, como el religioso.
“En el caso de abusos religiosos, el cura tendría el deber de denunciar, esa es la primera etapa. La obligación de denunciar cuando tiene indicios suficientes que una persona menor de edad está siendo abusada y no solo abuso sexual, agresiones físicas, maltratos, negligencia”, puntualizó.
Otra de las modificaciones que permitiría el proyecto es levantar el derecho de “abstención” que tienen profesionales como los psicólogos para que puedan confesar a la hora de un juicio.
“…Estamos eliminando eso (la excepción que tienen los curas) para que también pueda en un proceso de juicio, liberar a un sacerdote al que yo le confesé o le conté es, para que pueda levantar el secreto y declarar”, concluyó.
El proyecto fue impulsado en la Asamblea Legislativa por el diputado Enrique Sánchez y contó con el respaldo técnico y político del Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu) y del Patronato Nacional de la Infancia (PANI).