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Ministerio de Trabajo asegura que estibadores de APM Terminals no reciben pago estipulado en decreto

Ahora las autoridades revisarán la figura del contrato, para verificar dónde están las inconsistencias y luego sentarse con las partes (cooperativa y APM Terminals) para así subsanar la situación. De no haber acuerdo, el tema se llevaría al estrado judicial. 

Los trabajadores que realizan los servicios de estiba para la empresa APM Terminals, en Moín, no reciben el pago que se encuentra estipulado en el decreto ejecutivo Nº 42104-MTSS, del 1 de enero del 2020. Así lo concluyó el Ministerio de Trabajo, tras entrevistas hechas a los estibadores durante el mes de abril. 

De acuerdo con el viceministro de Trabajo, Ricardo Marín, en este decreto ejecutivo, que fija los salarios mínimos del sector privado, el Consejo Nacional de Salarios señaló que un estibador debe ganar por movimiento ¢384,77. 

“Eso está estipulado en la tabla de salarios y es el salario base que se maneja en el Ministerio de Trabajo; pero esa realidad, comparada con los estibadores de APM, encontramos inconsistencias porque a ellos les están pagando por horas de trabajo y no por movimiento”, señaló Marín en entrevista con UNIVERSIDAD. 

El jerarca aclaró también que la relación laboral directa es entre los trabajadores y la cooperativa; mientras que APM y la cooperativa mantienen un contrato mercantil. 

Por esta razón, el Ministerio lo que hará ahora es revisar la figura del contrato para verificar dónde están las inconsistencias y luego sentarse con las partes (cooperativa y APM Terminals) para subsanar la situación.

“Lo que tenemos que analizar en esas 150 páginas con lupa es si el no pago de esos trabajadores es debido a esas inconsistencias contractuales o es por la responsabilidad del empleador; en este caso las cooperativas”, mencionó el viceministro. 

De no haber acuerdo entre las partes, explicó Marín, el tema tendría que llevarse a un estrado judicial y podría tardar entre dos y tres años en resolverse; es decir, no se resolvería la situación a los trabajadores de forma inmediata. 

“Es mejor subsanarlo en la mesa, por medio de una adenda o un acta de conciliación; el asunto es remediar o redireccionar el salario mínimo de estos trabajadores”, destacó Marín.

El jerarca agregó que incluso el juez podría dictar una responsabilidad solidaria para APM Terminals. 

En días pasados, el diputado de Liberación Nacional, David Gourzong, denunció que desde que APM Terminals inició sus operaciones en 2019, no ha respetado el decreto, y ha pagado a los estibadores por jornada y no por movimiento. Todo esto, pese a que la empresa holandesa, “no desconoce las leyes nacionales”.

“Ellos (APM Terminals) lo que hicieron fue subcontratar las cooperativas y obligarlos a suscribir contratos, en donde tienen que aceptar estas formas de pago que ellos determinaron por sí solos de jornadas mixtas, diarias y nocturnas, donde los trabajadores reciben entre 5 y 7 veces menos salario que lo que reciben los trabajadores de Japdeva, que descargan un barco similar”, señaló Gourzong a este medio.

“APM cobra a los usuarios tarifas que son dos veces o un poco más de las que cobra Japdeva, pagan a los trabajadores de 5 a 7 veces menos, y utilizan menos del 50% y hasta un 60% de los trabajadores que tiene la Aresep establecidos para la descarga y carga de contenedores en los buques que atracan en las terminales de Japdeva. Obviamente tienen un margen de utilidad mucho mayor y están causando un gran daño a la economía limonense, a las familias limonenses”, agregó el legislador.

UNIVERSIDAD consultó a APM Terminals sobre la situación; sin embargo, la oficina de prensa respondió que la empresa no daría declaraciones al respecto.

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