País COVID-19

Diputados de Nueva República proponen estado de excepción pero Gobierno lo descarta

En Costa Rica no existe la figura del "toque de queda", pero sí la limitación de garantías como la libertad de tránsito que propone la diputada Carmen Chan, la cual es potestad de la Asamblea Legislativa.

La diputada Carmen Chan, coordinadora del bloque independiente Nueva República, entregó al Ministerio de la Presidencia un borrador de proyecto de ley para suspender dos garantías constitucionales (libertad de tránsito y de reunión), como contención para evitar la propagación del coronavirus (Covid-19).

El borrador se refiere a un eventual estado de excepción, figura que prevé nuestro ordenamiento jurídico.

El texto fue entregado a Presidencia por la jefa de fracción del Partido Acción Ciudadana (PAC), Nielsen Pérez, el jueves 19 de marzo. Pérez indicó a UNIVERSIDAD que fue una “propuesta”.

“La jefa del bloque independiente, doña Carmen Chan, me pasó a mí ese texto para la valoración. Una vez que lo vimos, por supuesto, no apoyamos esa iniciativa porque el Ministro de Salud ha hecho recomendaciones de que este tema no es necesario y que viene a generar un efecto contrario para la seguridad y la economía”, afirmó Pérez en entrevista.

“Doña Carmen me pidió que lo hiciera llegar a Casa Presidencial y así lo hice llegar, vía la Ministra de Presidencia. Es una iniciativa que no podríamos estar apoyando. No he conversado aún con doña Carmen, pero voy a llamar para avisarle”, añadió la diputada del PAC.

El borrador que entregó Nueva República a UNIVERSIDAD dice que la ley suspendería esos dos derechos consagrados en los artículos artículo 22 y 26 de la Constitución Política.

El texto indica que estas dos garantías individuales estarán “suspendidas en todo el territorio nacional, hasta por treinta días”.

El asesor de la fracción de Nueva República, David Segura, explicó que el texto está en edición, con aporte de otros legisladores.

UNIVERSIDAD intentó conversar con Chan; sin embargo, no se encontraba disponible y solicitó coordinar la entrevista durante la tarde.

Actualmente el borrador contiene amplias excepciones para la suspensión de garantías constitucionales.

Éstas serían los cuerpos policiales; los miembros de los “Supremos Poderes, Jueces de la República y su personal de apoyo”; servidores públicos con excepción del Poder Ejecutivo; personal de servicios públicos y privados de salud; el personal encargado de servicios públicos esenciales y servidores de gobiernos locales.

Otros funcionarios públicos que también podrán transitar y reunirse son los funcionarios del Poder Judicial y los cuerpos diplomáticos.

En el sector privado o comercial, aparecen como excepciones proveedores de productos básicos para supermercados, industria agroalimentaria y ganadera; personal de bancos y transporte de valores; trabajadores en puertos, aeropuertos y aduanas; expendedores de agua y combustible.

Se consideran excepciones también las personas que trabajan en hoteles; transporte; empresas que ofrecen alimentación, servicio a domicilio y distribución de productos de higiene; y, por último, a quienes trabajan en medios de comunicación.

Esta mañana, el presidente del congreso, Carlos Ricardo Benavides, explicó en redes sociales que el texto no está presentado como proyecto “ni ha sido objeto de análisis por parte de las fracciones legislativas. No existe en agenda”.

Mientras, en el Poder Ejecutivo descartan que esa sea una buena opción.

El jueves, en conferencia de prensa, el Ministro de Salud, Daniel Salas, consideró difícil la aplicación de una medida drástica, como los toqueS de queda que se ejecutan en otros países.

Salas expresó que si se suprime la libertad al libre tránsito, “habrá gente que igual saldrá. “Buscarán otros lugares donde no los estemos viendo”.

El ministro de Seguridad, Michael Soto, también consideró de difícil aplicación una medida como esa.

El Ministro de seguridad, Michael Soto, considera que una medida similar al toque de queda sería difícil de aplicar.

“¿Detenemos a todas (las personas que circulen)? ¿Dónde las vamos a poner?”, cuestionó Soto.

Ambos ministroS hicieron un llamado a las personas para que obedezcan las indicaciones de mantenerse en sus casas.

¿Toque de queda?

En redes sociales algunas personas han pedido a las autoridades ordenar un “toque de queda”, como el decretado en otros países.

Esa figura no existe en el ordenamiento jurídico costarricense, pero la Constitución sí prevé los estados de excepción.

El artículo 121, inciso f, de la Constitución establece como una de las potestades de la Asamblea Legislativa suspender derechos y garantías individuales como la libertad de tránsito, por razones de “evidente necesidad pública”. Para ello, no requeriría de la aprobación del Poder Ejecutivo.

“Esta suspensión podrá ser de todos o de algunos derechos y garantías, para la totalidad o parte del territorio, y hasta treinta días; durante ella y respecto de las personas, el Poder Ejecutivo sólo podrá ordenar su detención en establecimientos no destinados a reos comunes o decretar su confinamiento en lugares habitados”, dice dicho artículo.

Para ello, se requiere del voto de dos tercios de los miembros del Congreso.

El abogado Francisco Dall’Anese explicó que esa potestad solo la puede asumir el presidente de la República cuando la Asamblea no esté sesionando; pero que, de igual manera, debe convocar a la Asamblea para que confirme la medida.

“La suspensión no es de todas las garantías; se puede suspender la libertad de tránsito, o de movimiento. Además, también puede ser por localidades delimitadas. Entonces, por ejemplo, podría emitirse una ley de suspensión de garantías de la libertad de tránsito o las que sean necesarias, solo para las playas o sitios turísticos”, agregó.

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