Una carta del expresidente de la Corte, Carlos Chinchilla, dirigida el pasado 16 de abril a la Asamblea Legislativa, afirmó que el proyecto de reforma fiscal no necesitaba del pronunciamiento de los magistrados, porque el texto no se refería a la organización ni administración del Poder Judicial.
El escrito se envió tras una consulta enviada el 2 de abril desde la Asamblea Legislativa, en donde se buscó conocer el criterio del Poder Judicial sobre el proyecto de ley.
La respuesta, sin embargo, varió cinco meses después, cuando un informe del magistrado de Sala I, William Molinari, aprobado el 3 de septiembre anterior, determinó que la iniciativa sí afectaba el funcionamiento del Poder Judicial.
El informe y el cambio de criterio se dieron tras analizar una nueva versión del proyecto que sufrió pequeñas modificaciones al cierre de la legislatura pasada.
“En esa respuesta de Carlos Chinchilla no estaban las normas que hoy se están objetando. Estas normas que están ocasionando la polémica son normas introducidas a última hora”, dijo el actual presidente de la Corte, Fernando Cruz, quien manifestó su preocupación luego de que Molinari presentó el informe.
Pese a que el proyecto cambió con el paso de los meses, desde la respuesta de Chinchilla ya existían reformas que metían mano en asuntos presupuestarios del Poder Judicial. Por ejemplo, la evaluación de los funcionarios, algunos de los controles salariales y los límites presupuestarios de la regla fiscal ya estaban contenidos desde el inicio; no obstante, ahora se cuestionan.
Entre esas disposiciones, podría citarse la injerencia del Ministerio de Planificación y del Servicio Civil en la calificación de los funcionarios; así como algunas regulaciones en los contratos de prohibición y dedicación exclusiva, aunque los topes propuestos superaban el doble de los más recientes (eran de entre 30% y 65% para prohibición y de entre 20 y 55% para dedicación exclusiva).
Los textos en cuestión
Tanto el análisis del magistrado William Molinari suscrito por la Corte Plena en septiembre pasado como el que derivó en la respuesta del expresidente de la Corte, Carlos Chinchilla, respondían a versiones muy similares del proyecto de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.
Por un lado, la propuesta original fue sobre la que respondió Chinchilla en nombre de la Corte a mediados de abril; mientras que el análisis de Molinari, adoptado por la Corte hasta septiembre, respondía al mismo texto con las pequeñas modificaciones que resultaron tras la votación de 415 mociones en la legislatura pasada.
El texto, además, era muy similar en sus restricciones en materia de empleo público y de regla fiscal al que la Asamblea Legislativa aprobó en primer debate este 5 de octubre, el cual fue recientemente revisado por la Dirección Jurídica de la Corte Suprema de Justicia como insumo para un nuevo criterio que deberá brindar el Poder Judicial al Congreso de manera definitiva la próxima semana.
Sobre el texto, la Dirección Jurídica encontró cinco posibles interferencias —en su versión más actualizada— que podrían afectar la independencia y la organización del Poder Judicial, las cuales utilizarán los magistrados de la Corte Plena como un punto de referencia para determinar si el proyecto les afecta y si se oponen o no a sus disposiciones.
Esos puntos indicados por la Dirección eran especialmente la injerencia del Mideplan y del Servicio Civil para evaluar a los funcionarios; así como las rebajas y los controles en incentivos salariales, los límites presupuestarios que pondría la regla fiscal al Poder Judicial, la amnistía tributaria como un recargo de trabajo para los jueces contencioso administrativos y la rendición de cuentas sobre las retribuciones adicionales que deberían enviar al Ejecutivo.
De ellos, solamente la amnistía tributaria y la rendición de cuentas no se incluían del todo en las versiones del proyecto que analizó anteriormente la Corte, tanto en abril como en septiembre, con sus distintos criterios.
Las implicaciones
Ahora, la posición que asuma la Corte Suprema de Justicia sobre el proyecto —y su dictamen final sobre si este incide o no en el funcionamiento del Poder Judicial— será esencial para la tramitación legislativa del mismo, pues podría obligar a los diputados a requerir de 38 votos y no 29 para la aprobación en segundo debate.
Esto es así porque el artículo 167 de la Constitución Política establece que la Asamblea requerirá del consenso de dos terceras partes de los diputados para aprobar un proyecto que afecte al Poder Judicial, al menos si éste se manifiesta en abiertamente en contra de la iniciativa en cuestión.
En esa línea, la Corte Plena deberá tomar una postura oficial que deberá comunicar a la Asamblea Legislativa a más tardar el próximo lunes, la cual podría modificar por completo las reglas mediante las que actualmente se tramita el proyecto.
En este momento, el plan fiscal se tramita mediante una vía rápida —artículo 208 Bis del Reglamento Legislativo—, la cual permite su aprobación en primer y segundo debate con 29 votos; sin embargo, un criterio negativo de la Corte dejaría todo en suspenso, en vista de que correspondería a la Sala Constitucional dilucidar si el proyecto efectivamente incide en el Poder Judicial o si considera que éste simplemente sufre afectaciones indirectas de la iniciativa.
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En caso de que la Corte no se pronuncie abiertamente en contra del expediente, la presidenta legislativa Carolina Hidalgo indicó que asumirá cualquier reacción de la Corte como un “silencio positivo”, con lo que daría por aprobado el texto con el apoyo de 29 legisladores.
En la primera votación del expediente, la iniciativa alcanzó apenas el respaldo de 35 legisladores; 15 del PLN, 10 del PAC, ocho del PUSC, uno del PRSC y uno del diputado independiente Erick Rodríguez. Ante ese panorama, si se requiriese de 38 votos, el proyecto quedaría casi sepultado.