País

TSE rechaza haber avalado fideicomiso de la campaña de Rodrigo Chaves

La aclaración del órgano electoral se da luego de que la agrupación política difundiera un comunicado este jueves por la mañana titulado “TSE avala creación de fideicomiso para la campaña de Rodrigo Chaves”.

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) aclaró este jueves por la noche que no avaló el fideicomiso “Costa Rica Próspera” el cual financió parte de los gastos electorales del candidato a la presidencia del Partido Progreso Social Democrático (PPSD), Rodrigo Chaves. 

La aclaración del TSE se da luego de que la agrupación política difundiera un comunicado este jueves por la mañana el cual se titulaba  “TSE avala creación de fideicomiso para la campaña de Rodrigo Chaves”.

“TSE confirmó que no existe ninguna irregularidad en la creación del fideicomiso para la campaña de Rodrigo Chaves. En una nota emitida por dicha dependencia del TSE se valida la creación de figuras como fideicomisos o sociedades anónimas para el caso de agrupaciones políticas recién constituidas”, se lee en el comunicado difundido por la agrupación política, y que fue desmentido por el máximo órgano electoral. 

De acuerdo con el TSE, en febrero del 2021, la institución recibió la consulta de un particular (Carlos Vásquez) quien en su carácter personal preguntó por la legalidad de que un grupo de ciudadanos, con el interés de conformar un partido político, realizaran operaciones para ello y utilizaran figuras financieras, no permitidas para los partidos políticos inscritos.

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Ante la consulta, el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, en el oficio N° DFFP-245-2021 (del 22-3-21), contestó que era válido realizar ese clase de operaciones, adoptar ese tipo de figuras financieras y utilizarlas, siempre y cuando fuese antes de la inscripción del partido. Una vez inscritos, las agrupaciones políticas deben operar con una cuenta única de donaciones del partido, sometida al régimen de transparencia del financiamiento partidario. 

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“En todo caso, una vez inscrito el partido político ante el Registro Electoral, y con ello haber adquirido personalidad jurídica plena, cualquier contribución, aporte o donación, directa o indirecta, proveniente de una persona privada, debe ajustarse irremediablemente, a los parámetros, procedimientos y prohibiciones desarrollados al efecto en el Código Electoral y el Reglamento sobre el Financiamiento de Partidos Políticos, todo lo cual podrá ser objeto de fiscalización por parte de este órgano técnico. Lo anterior supone la imposibilidad, expresa y categórica, de que personas físicas extranjeras, personas físicas nacionales desde el extranjero y personas jurídicas nacionales o extranjeras -como serían sociedades anónimas u organizaciones sin fines de lucro- practiquen donaciones, aportes o contribuciones, de forma directa o encubierta, a favor de partidos políticos; so pena de incurrir en faltas y delitos electorales, sancionados en los artículos 274, 275, 276, 287 y 288 del Código Electoral,” se lee en el oficio N° DFFP-245-2021.

El TSE añadió también en su aclaración que actualmente existe en curso una investigación relativa al fideicomiso “Costa Rica Próspera”, por lo cual no realizarán calificaciones al respecto.

 

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