País

TSE rechaza denuncia de diputado del PLN contra candidato del PAC

Ronny Monge denunció en febrero a Carlos Alvarado por supuestamente, usar fondos públicos para comunicar su candidatura presidencial

Una denuncia por supuesta beligerancia política interpuesta por el diputado del Partido Liberación Nacional (PLN), Ronny Monge, contra el candidato oficialista Carlos Alvarado, fue rechazada por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).

Monge acusó al aspirante del Partido Acción Ciudadana (PAC), al alegar que utilizó la plataforma del Ministerio de Trabajo en una entrevista con Sinart y al convocar a una conferencia de prensa para comunicar que dejaba su puesto como ministro, para sumarse a la lucha electoral por la candidatura presidencial del PAC.

Su argumento se basó en el artículo 146 del Código Electoral, en donde se prohíbe a funcionarios, entre ellos, ministros, a “utilizar la autoridad o influencia de sus cargos en beneficio de los partidos”.

Sin embargo, mediante la resolución 6258-E6-SE-2017, el TSE afirmó que esta acción no constituye una transgresión al régimen de beligerancia política, dado que su principal cometido fue el de anunciar un hecho de interés público, en este caso, la renuncia de un ministro.

La Inspección Electoral señaló que no existe mérito para ordenar la apertura de un procedimiento administrativo ordinario puesto que no fue convocada una conferencia de prensa para anunciar la renuncia de Alvarado Quesada sino que, “únicamente, el Ministerio de Trabajo emitió un comunicado de prensa para informar a los medios de comunicación de esa circunstancia en particular”.

En el caso de la entrevista con Sinart, el TSE interpretó que las respuestas dadas a un medio de comunicación no constituyen una actividad beligerante.

“Genuinamente agradezco a don Ronny. Su acción permite demostrar que la verdad y la honestidad se imponen a la vieja política”, celebró Alvarado en sus redes sociales.

La denuncia de Monge fue interpuesta el pasado 23 de febrero y fue rechazada por el fondo. Su resolución no fue impugnada.

Suscríbase al boletín

Ir al contenido