País Elecciones 2022

TSE declara confidencial informe que presentó PLN sobre viaje de José María Figueres a República Dominicana

Según el TSE, no se puede conocer el informe presentado por el PLN porque es parte de una investigación en curso, con la que se pretende dilucidar si habría indicios para perseguir un delito electoral.

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) indicó que el informe suministrado por el Partido Liberación Nacional (PLN) sobre el vuelo privado del ex candidato presidencial José María Figueres Olsen a República Dominicana está cubierto “por el velo de la confidencialidad”.

El ex candidato a la presidencia José María Figueres Olsen viajó a República Dominicana el domingo 6 de marzo por la noche, saliendo del aeropuerto Daniel Oduber y regresó el lunes 7 de marzo por la noche ingresando por el aeropuerto Juan Santamaría. Este viaje se dio a 25 días de la segunda ronda de las elecciones presidenciales y ha sido cuestionado porque su equipo de campaña no informó previamente sobre éste ni reveló detalles de las reuniones que mantendría Figueres en Republica Dominicana, hasta su regreso.

Figueres viajó en un avión privado Jet N650EL, de acuerdo con el reporte de la donación en especie remitida por el empresario costarricense Alberto Esquivel Volio y, como reportó UNIVERSIDAD, el vuelo tuvo un costo de $20.000 -aproximadamente ¢13.220.000-.

El pasado 7 de abril este medio solicitó al TSE el informe presentado por el PLN sobre el viaje del ex candidato.

Sin embargo, mediante la oficina de prensa del Tribunal se informó que “por imperativo del artículo 15 del Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Políticos, toda información y documentación relativa a una investigación en curso está cubierta por el velo de la confidencialidad. “En este marco, no resulta jurídicamente posible facilitar la documentación solicitada ni referirse a su contenido”, se indicó.

Según aclaró Ronald Chacón Badilla, Jefe del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, “como regla general, la información relativa a contribuciones, donaciones y aportes privados en favor de los partidos políticos está sometida a los principios constitucionales de publicidad y transparencia”.

Esta previsión se encuentra en el artículo 132 del Código Electoral (Ley 8765 del 19 de agosto de 2009), que prescribe que toda la información contable de las agrupaciones políticas es de acceso público, por medio del Tribunal Supremo de Elecciones, precisó Chacón.

Sin embargo, el funcionario explicó que en el marco de investigaciones en curso, se cierne el velo de la confidencialidad sobre documentación contenida en tales expedientes, según lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Políticos.

Chacón señaló que si bien el informe “guarda relación con una donación reportada por la agrupación política”, cuya documentación de respaldo sí se facilitó a la prensa, en otro momento, dada su naturaleza pública, “esta nueva documentación responde a indagaciones posteriores propias de una investigación en curso, a través de la cual se pretende dilucidar si en el caso particular habría indicios para perseguir eventualmente una falta y/o delito electoral”.

El Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos del TSE abrió una investigación sobre el viaje bajo el expediente DFPP-EE-001-2022.

 

 

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