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Tribunal anula fianzas a dueños de MECO y H. Solís, deberán volver 4 meses a prisión preventiva

El tribunal consideró que las medidas cautelares alternativas dictadas en favor de los dueños de MECO y H. Solís no eran idóneas para atenuar el peligro de fuga o la obstrucción al proceso judicial.

El Tribunal Penal de Hacienda declaró con lugar el recurso presentado por el Ministerio Público para anular las fianzas que permitieron salir en libertad a los empresarios Carlos Cerdas Araya (Constructora MECO) y Mélida Solís Vargas (H. Solís), según informó el Poder Judicial este lunes.

El voto 249- 2021 que corresponde a la resolución de recursos de apelación dentro del expediente 19-25-1218-PE, conocido como el Caso Cochinilla, implica que Cerdas Araya y Solís Vargas deberán volver a prisión preventiva por un periodo de cuatro meses.

El Tribunal Penal de Hacienda valoró en esta resolución la “idoneidad” de las medidas alternativas dictadas a favor de los empresarios, como las fianzas que en conjunto sumaban 8 millones de dólares, las limitaciones de acercarse a aeropuertos y al Conavi y el retenerles el pasaporte.

“Las labores del Tribunal se centraron en analizar si las garantías económicas, la entrega del pasaporte y la obligación de mantener un domicilio fijo, eran suficientes, aptas  y convenientes para evitar que las personas acusadas, no huyan del proceso (peligro de fuga), no destruyan alteren u oculten pruebas (peligro de obstaculización) y no se propicie la continuación de actividades, presuntamente delictivas, como las que se investigan en el presente caso (peligro de reiteración delictiva)”, dice el comunicado.

El Tribunal sopesó en su análisis elementos como las condiciones socioeconómicas de las personas investigadas, las posibles penas con las que se podría condenar a estas personas, su posición en estructura criminal descrita por el Ministerio Público, así como su beneficio en esa estructura y el perjuicio al erario público y a la función administrativa del Estado.

“Arribándose a la conclusión de que tales medidas que sustituyen a la prisión preventiva ya dispuesta, no son adecuadas, es decir no reúnen los criterios de idoneidad requeridos.  Así fue como dicha Autoridad declaró con lugar  el recurso del Ministerio Público y en consecuencia se decreta la ineficacia de las medidas cautelares alternativa a la prisión preventiva que fuera ordenada en su oportunidad por el Juzgado Penal”, añade la información del Poder Judicial.

En el caso de las demás personas imputadas por el Caso Cochinilla, sus medidas cautelares se mantienen igual.

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