País

Tribunal absuelve a tres periodistas por delitos de difamación

Reporteros fueron demandados por exregidora municipal del PLN

El Tribunal Penal de Goicoechea absolvió este miércoles, por unanimidad, a tres periodistas de ocho delitos de difamación que les atribuía una exregidora municipal de Siquirres, por noticias publicadas en el diario La Nación, en el 2013.

Los reporteros absueltos son David Delgado Cabana, Hulda Miranda Picado y el corresponsal Alejandro Nerdrick Bryan.

Ellos fueron demandados por la exregidora municipal del Partido Liberación Nacional (PLN), Krysbell Ríos Myrie, quien pidió que se condenara a los periodistas y reclamó a la empresa Grupo Nación una indemnización de más de ¢300 millones, pues alegó que se dañó su honor a través de seis noticias publicadas en noviembre del 2013.

En esas publicaciones se informó sobre operativos policiales realizados por el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) y el Ministerio de Seguridad, en relación con helipuertos hallados en fincas del Caribe y que presuntamente se usaban para fines de narcotráfico.

Este miércoles, el Tribunal -compuesto por los jueces Jorge Tabash, Adriana Tenorio y Adriana Sobrado-, acogió los argumentos del abogado defensor, Carlos Tiffer, y concluyó que todos los datos publicados por el periódico provenían de fuentes confiables y que las noticias no tenían el objetivo de dañar el honor de la regidora, sino solo de informar.

“El ejercicio que se realizó por parte de los querellados de su libertad de prensa fue apegado a las reglas del periodismo y fue un ejercicio profesional (…) El tribunal ha concluido que existió una fuente confiable en todas las publicaciones, que la información fue veraz, es decir, que en aquel momento era la que se manejaba”, explicó la jueza Sobrado.

La juzgadora añadió que existía un “interés público” que justificaba las publicaciones, tanto por informar sobre las investigaciones policiales que se realizaban, como por el hecho de que Ríos era una funcionaria pública.

“Considera el Tribunal que efectivamente Krysbell en aquel momento era una persona de interés público porque estaba ocupando cargos importantes como el de regidora, como miembro del concejo municipal, y en ese tanto es de indudable interés para la población tener conocimiento de este posible ligamen que se estaba dando en aquel momento por parte del OIJ con estos casos de helipuertos”, agregó Sobrado.

Los jueces rechazaron el pago millonario que reclamaba la demandante.

El abogado defensor de los periodistas y de Grupo Nación, Carlos Tiffer, resaltó que se confirmó que los reporteros “hicieron un periodismo profesional, independiente, objetivo y equilibrado”.

Tiffer destacó además que el fallo remarca que los funcionarios públicos “están sometidos a un mayor escrutinio de carácter público”.

También, señaló la importancia de estas resoluciones para país como Costa Rica, en el cual “los avances sobre libertad de expresión han sido a base de jurisprudencia y no de reformas legales”.

“Este fallo reafirma una jurisprudencia que se ha venido produciendo a nivel internacional y a nivel local, en la cual el tema de libertad de expresión y prensa adquiere una gran relevancia, sobre todo para un estándar democrático que ha señalado la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que indica que en una verdadera sociedad democrática tiene que haber amplitud de la libertad de expresión y prensa”, manifestó el jurista.

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