País

Trabajadores con reducción de jornada o suspensión contratos verán afectado su aguinaldo

Ministerio de Trabajo lanza campaña “Aguinaldo a tiempo…a derecho”, las personas que busquen asesoría podrán hacerlo a través de Facebook live cada martes o por las redes sociales de la institución

Si durante estos meses de pandemia su patrono aplicó reducción de jornada -y por ende de salario- o la suspensión temporal de contrato, el aguinaldo que usted recibirá en diciembre se verá impactado, por ello es muy importante que se informe muy bien sobre cuánto deberá recibir.

El aguinaldo está conformado por el cálculo de todos los salarios ordinarios y extraordinarios percibidos por la persona trabajadora entre diciembre de 2019 y noviembre de 2020, la suma final deberá dividirse entre 12 y el resultado será el monto que recibirá.

De esta forma, si alguna persona se le aplicó la suspensión de contrato durante algunos meses del 2020, producto de la pandemia, siempre hay que tomar en cuenta que los meses en que sí percibió salario cuentan para calcular su aguinaldo.

Este 2020 que estuvo marcado por las afectaciones producto de la pandemia y según cifras del Ministerio de Trabajo un total de 6.691 patronos hicieron solicitud para la suspensión temporal de contrato, afectando a unas 80.300 personas; y 8.296 patronos pidieron autorización para la reducción de jornada, impactando a 163.696 trabajadores.

A noviembre se normalizaron los contratos en un total de 1.137 empresas y reestablecieron las jornadas 848 compañías, mientras que 4.066 empresas solicitaron prórroga para mantener la suspensión de contrato y 6.098 para la reducción de jornada, ante la Dirección Nacional de Inspección del Ministerio de Trabajo.

De acuerdo con el viceministro de Trabajo del área Laboral, Ricardo Marín, tanto con la suspensión de contrato como con la reducción de jornada, deberá incorporarse las particularidades de cada una de estas modalidades en el cálculo para el pago de aguinaldo, pero la empresa debe contar previamente con la validación del Ministerio.

Es decir, un patrono obligatoriamente debió solicitar en su momento la validación para aplicar la modalidad temporal, ya fuera la suspensión de contrato o reducción de jornadas, para ponerlas en marcha, si no cuenta con ella el proceso está fuera de legalidad.

Ministerio de Trabajo le asesora

Este 1 de diciembre el Ministerio de Trabajo arrancó con su campaña “Aguinaldo a tiempo…a derecho”, mediante la cual establecerá una serie de acciones para asesorar a trabajadores y patronos sobre las condiciones en que debe cancelarse el aguinaldo.

Cada martes del mes, iniciando este 1 de diciembre (continúan el 8, 15 y 21) a las cinco de la tarde, representantes del Ministerio de Trabajo brindarán asesoría a través de Facebook Live a quienes tengan dudas sobre el mecanismo que corresponde aplicar al cálculo de su aguinaldo.

La ministra de Trabajo, Giannina Dinarte indicó que contarán con este espacio virtual, debido a las restricciones que existen, producto de la pandemia y emergencia nacional, por lo que este año no habilitarán toldes presenciales.

“Tendremos todos los martes la asesoría a través del Facebook Live y habilitaremos todos nuestros medios electrónicos, como el sitio web, el Facebook y la aplicación gratuita TrabajoCR, donde las personas podrán no sólo hacer sus consultas, sino denuncias en caso de que no se les pague su derecho”, explicó la jerarca.

La campaña busca garantizar el derecho al pago del aguinaldo y llegar a todas las personas para que entiendan sobre las condiciones que se deben cumplir con este derecho, cómo debe hacerse y en el tiempo que debe cumplirse.

Solamente el año pasado 346 trabajadores presentaron denuncias individuales por el no pago del aguinaldo, la mayoría se concentró en la Región Central y Huetar Norte, mientras que comercio y otros servicios fueron los más denunciados.

En total se denunció a 196 patronos, de los cuales 91 cumplieron con el pago luego de la denuncia, otros no cumplieron, cerraron sus locales o no tenían relación laboral para otorgar el derecho.

El patrono que no pague a tiempo el aguinaldo (20 de diciembre como máximo) se expone a una multa que ronda los ¢450.000 y los ¢10 millones.

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