País MEIC reporta entre 36% y 43,43% de cobro por mora

Tarjetas de bancos Nacional y Popular, dos cooperativas, Credisiman y Credix cobran intereses por mora sobre tope de usura

Ley de Usura permite que se cobren intereses moratorios sobre el 33,41% legal, pero nunca pueden superar el cobro neto de $12 o su equivalente en colones. MEIC responsabiliza a la SUGEF por verificar que las tasas de tarjetas permanezcan legales.

A la fecha, existen 17 tipos de tarjeta de crédito que cobran intereses por mucho superiores a la tasa de usura, cuando los clientes no pagan a tiempo el monto mínimo de su deuda. Así lo reporta el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) en su último estudio, donde se exhiben tarjetas del Banco Popular; dos cooperativas, Coopealianza y Coocique; y dos emisores comerciales, Credisiman y Credix. Ellos cobran a sus clientes morosos entre el 36% y 43,43% de sus compras mensuales.

De la lista incluida, una decimoctava tarjeta del Banco Nacional se pasa del máximo legal de  “dos puntos porcentuales” por sobre la tasa de interés corriente que tiene su tarjeta. También lo hacen las dos tarjetas del Popular.

Actualmente, el cálculo del Banco Central para la llamada “Ley de usura” se encuentra en un máximo del 33,41%. No obstante, la misma ley incluye espacio para que los emisores de tarjeta se rijan por otras normativas para cobrar los intereses de mora, como el Código de Comercio y la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional.

Como existen tantas normas aparte de la usura, que debería ser la única tasa efectiva para proteger al consumidor de caros créditos, las entidades que emiten tarjetas de crédito se acogen a otros dos topes.

El primero es el de los bancos tarjeteros, antes mencionado, por el cual, si la tarjeta cumple el máximo de 33,41% en el interés corriente, entonces, la mora no debería superar el 35,41% de interés. En un caso contrario, el Popular cobra un interés corriente del 25% y 30% en dos de sus tarjetas, pero a ambas les cobra 36% si el cliente se atrasa del mínimo.

El segundo es el del Código de Comercio, que permite cobrar intereses por el 30% del porcentaje corriente, para las tarjetas emitidas por tiendas, supermercados y otros negocios que no son bancos. Es decir, con una tasa efectiva de la usura del 33,41%, el máximo es del 43,41%. Por ejemplo, el caso de Credisiman que cobra 33,36% de interés corriente, pero cobra 43,32% si la persona se atrasa en el cobro mínimo.

Contra esas dos normativas, el reglamento de la usura también limita a las entidades a que solo pueden cobrar un máximo del 5% del abono principal, “no pudiendo superar nunca el monto equivalente a $12”. Es decir, para cualquier cliente que adeude más de $240 (₡143 mil colones al tipo de cambio vigente), nadie puede cobrar más de ₡7.160 por incumplimiento en la fecha de pago. Inclusive ese mismo cobro moratorio solo se puede aplicar cinco días después del vencimiento de la tarjeta.

“Los $12 de castigo, para mí, es contradictorio con la Ley de Usura. Pero es una concesión para el sistema financiero, porque Credomatic llegó a cobrar hasta $50 (unos ₡29 mil) de multa por atraso en el pago”, explicó el economista Daniel Vartanián, exfuncionario del MEIC y corredactor del Reglamento de Tarjetas de Crédito vigente desde el 2010.

“La ley dice que pueden cobrar una tasa de interés adicional por mora, pero es un máximo de hasta $12. Pero también sigue vigente lo del Código de Comercio, que pueden cobrar un 30% adicional de la tasa de interés corriente. Para mí ese 40% es un interés usurero, pero está sujeto a interpretación”, añadió Vartanián, quien investigó la usura y presionó por la investigación a la negociación de la Ley de usura (Ley N° 9859) entre 2019 y 2020.

MEIC señala a SUGEF para que vigile por tope de usura

El Ministerio de Economía rechazó que hayan incumplimientos, de ningún tipo, en la información pública.

“No hay incumplimiento por parte de los emisores, puesto que la tasa a la que se hace referencia en la estadística es la tasa moratoria, es decir, es la suma que se le cobra al consumidor cuando se atrasa en la fecha límite del pago mínimo de su tarjeta de crédito. Es necesario aclarar que esta no es igual a la Tasa Anual Máxima que fija el Banco Central de Costa Rica”, dice la respuesta enviada por correo electrónico.

Asimismo, se le consultó a prensa del MEIC sobre cuál es el ente que tiene que verificar y obligar a mantener los intereses de las tarjetas en los límites de lo legal. Señaló que “será responsabilidad de la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF), velar mensualmente para que ningún crédito cobre una tasa superior a la tasa anual máxima de interés para todo tipo de crédito”.

Este Semanario escribió a la SUGEF para consultar sobre cómo vigila la información recopilada por el MEIC. El órgano supervisor afirmó que responderá este miércoles.

En su último informe de tarjetas de crédito, sobre intereses moratorios, el MEIC apenas reporta un escueto dato sobre cómo el 89,3% de las tarjetas que reportan intereses moratorios están en un rango entre el 32% y el 35,76%. No ofrece más información sobre las tarjetas que inclusive superan el 40% de interés moratorio, como es el caso de las tres tarjetas de crédito que ofrece la tienda Siman (bajo el nombre “Credisiman”) y dos de la marca Credix.

La información publicada en una tabla comparativa carece de información para el banco Scotiabank. En un informe, el MEIC detalla que en las 16 tarjetas que administran aplican un “cargo por mora de 5% por el monto del principal de la cuota en atraso, o en su defecto hasta máximo $12”. Sobre la interpretación de los cinco días de gracia, sin ese cobro de mora, dice que se cumplirá “siempre y cuando el cliente no cancele 5 (sic) días posteriores a su fecha máxima de pago”.


Las 18 tarjetas con intereses moratorios más caros

Actualmente, los 420 tipos de tarjetas cumplen con el interés corriente de ley, que es un máximo de 33,4%. No obstante, tres normativas diferentes regulan el cobro del interés moratorio.

Emisor Marca Nombre Interés corriente en ₡ Interés moratorio en ₡
Banco Popular

.

Visa Internacional (Pago Automático de Salario) 25% 36,00% (*)
Visa Oro (Pago Automático de Salario) 30% 36,00% (*)
Coopealianza R.L. Visa Coopealianza Internacional 30% 39,00%
Coopealianza R.L. Visa Coopealianza Oro 30% 39,00%
Coopealianza R.L. Visa Coopealianza Platinum 29% 37,70%
Coopealianza R.L. Visa Coopealianza Infinite 28% 36,40%
Cooperativa Coocique R.L. Mastercard Coocique Gold CF 29% 37,00%
Cooperativa Coocique R.L. Mastercard Coocique Mujer Gold 28%

 

36,00%
Cooperativa Coocique R.L. Mastercard Coocique Gold SF 30% 39,00%
Cooperativa Coocique R.L. Mastercard Coocique Standar CF 29% 37,00%
Cooperativa Coocique R.L. Mastercard Coocique Mujer Standar 28% 36,00%
Cooperativa Coocique R.L. Mastercard Coocique Estandar SF 30% 39,00%
Credisiman S.A. Credisiman Credisiman 33,36% 43,32%
Credisiman S.A. Credisiman Credisiman Premier 33,36% 43,32%
Credisiman S.A. Credisiman Credisiman Diamante 33,36% 43,32%
Credix World S.A. Credix Tarjeta privada 33,41% 43,43%
Credix World S.A. Credix Tarjeta Visa 33,41% 43,43%

Fuente: Estudio Comparativo de Tarjetas de Crédito del MEIC (DAEM-INF-009-22).

 

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