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Sala IV pide al Ministerio de Salud que explique por qué cambió niveles permitidos del fungicida clorotalonil en agua de Cipreses

El Reglamento para la calidad del agua potable estipula que el valor máximo admisible de clorotalonil autorizado en el agua es cero; pero ahora el Ministerio de Salud decidió que los valores máximos permitidos para metabolitos del colorotalonil oscilan entre 12 y 80 microgramos por litro, fundamentándose en un informe técnico.

Los magistrados de la Sala Constitucional solicitaron a Acueductos y Alcantarillados (AyA) y al Ministerio de Salud explicar por qué decidieron usar nuevos valores máximos para medir la concentración del fungicida clorotalonil presente en el agua de las nacientes de Cipreses, en Oreamuno de Cartago.

En una resolución emitida ayer 11 de febrero, la Sala IV solicita al gerente general del AyA y al director del Área Rectora de Salud de Oreamuno explicar –en un plazo de tres días hábiles- qué son los “Valores Máximos Admisibles Ajustados por Riesgo” (VMAAR) y “detallar cuándo y por qué motivo se determinó su utilización”.

Asimismo, se les pidió aclarar si los parámetros para medir las concentraciones de clorotalonil en las nacientes Plantón y Carlos Calvo han variado desde noviembre de 2022 al momento del último muestreo que se reportó en el informe técnico MS-DPRSA-USA-2187-2024 de 25 de octubre 2024 del Ministerio de Salud. En caso afirmativo, se les ordenó explicar los parámetros que se utilizaron en ese último muestreo y en qué se diferencian de otros parámetros utilizados previamente.

¿Qué hicieron el AyA y el Ministerio de Salud?

En octubre de 2022 el Ministerio de Salud ordenó clausurar las nacientes Carlos Calvo y Plantón por estar contaminadas con metabolitos (moléculas derivadas) de clorotalonil, el cual es dañino para la salud. Durante dos años los vecinos recibieron agua en camiones cisternas enviados por AyA para usar para consumo humano y cocinar.

En julio del año pasado, el AyA tomó muestras de 75 fuentes de agua de la Zona Norte de Cartago y a fines de octubre aseguró que únicamente cuatro de las 75 fuentes de agua estaban contaminadas, después de que el Ministerio de Salud decidió fijar nuevos límites permitidos para los metabolitos de clorotalonil en el agua para consumo humano.

El Reglamento para la calidad del agua potable (Decreto 38924-S), que aún está vigente, estipula que el valor máximo admisible de concentración de plaguicidas autorizados en el agua es 0.1 microgramos por litro. Pero para aquellos plaguicidas cuyo uso está prohibido en el país -como es el caso del clorotalonil – el valor máximo permitido es: no detectable; es decir, cero.

Pero según el Ministerio de Salud, ahora los VMAAR para metabolitos del colorotalonil oscilan entre 12 y 80 microgramos por litro. Estos nuevos límites fueron definidos por AyA y el Ministerio de Salud, con asesoría de toxicólogos de la Organización Panamericana de la Salud (OPS). Esto se explica en el informe técnico MS-DPRSA-USA-2187-2024 al que hace referencia la Sala IV.

De esta manera, el Ministerio de Salud ordenó levantar las órdenes sanitarias en 20 fuentes que abastecen las tres Asadas de Cipreses, San Pablo y Santa Rosa.

Ya no reparten agua potable

La resolución emitida por la Sala IV el 11 de febrero es parte del expediente 22-015651-0007-CO, que corresponde a un recurso de amparo interpuesto el 13 de julio de 2022 por el Frente Eco Cipreses, integrado por vecinos de la comunidad afectados por la contaminación.

Dicho recurso fue declarado con lugar por la Sala IV en noviembre de ese año, cuando se ordenó al AyA y al Ministerio de Salud solucionar la contaminación en las nacientes que abastecen a la Asada de Cipreses en un plazo de tres meses, así como investigar si la contaminación de estas nacientes ha afectado a otras comunidades de la zona.

A raíz de esa resolución fue que el AyA empezó a abastecer a estas comunidades con agua potable para consumo humano, apta para beber y preparar alimentos. No obstante, dejó de abastecerlas con esta agua, apenas el Ministerio de Salud ordenó levantar la orden sanitaria a las nacientes que abastecen a la Asada de Cipreses.

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