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Sala IV ordena que se garantice acceso público en playa La Leona

En lo que refiere a daños ambientales, la Sala resolvió que los mismo se pudieron verificar pero que las autoridades han tomado medidas e incluso se han presentado acciones legales, por lo que no corresponde.

La Sala Constitucional resolvió un recurso de amparo de un ciudadano y ordenó en su resolución que se tomen “de inmediato” medidas para garantizar el libre paso a la zona pública de Playa La Leona (en Lepanto y Paquera).

Según comunicó el tribunal, las personas que interpusieron el recurso, tenían un permiso de posesión en la zona marítimo terrestre de esa playa que no fue prorrogado “de manera arbitraria e incumple con el deber del Estado de garantizar el más adecuado y equitativo reparto de la riqueza”.

Luego de eso, dicen, interpusieron gestiones contra esa medida pues el permiso le fue otorgado a alguien más (una persona extranjera) pero las mismas no se resolvieron y adicionalmente, a quien se le otorgó la concesión efectuó una tala de árboles y puso un portón en la única entrada a la playa, impidiendo el acceso público.

La sala resolvió que el recurso tiene lugar en lo que refiere al acceso a la playa La Leona, que debe garantizarse y al derecho de petición y acceso a la información, que debe garantizarse resolviendo las gestiones pendientes.

El tribunal ordenó al intendente y presidente del Concejo Municipal de Distrito Paquera, “que adopten las medidas adecuadas y necesarias para que, en un plazo máximo de diez días contados” se resuelvan las gestiones.

También, estableció que “de inmediato deben tomar todas las medidas requeridas para garantizar el libre paso de las personas por los accesos públicos a la zona pública de la playa La Leona”.

«Esta Sala verifica que el acceso público a la Playa La Leona no es accesible, lo que implica que ha quedado constatada la violación a los derechos de los recurrentes y demás habitantes. Asimismo, las autoridades recurridas deberán conservar en buen estado la entrada pública, y garantizar la entrada y salida a la playa», indican.

En lo que refiere a daños ambientales, la Sala resolvió que los mismo se pudieron verificar pero que las autoridades han tomado medidas e incluso se han presentado acciones legales, por lo que no corresponde.

«Las autoridades de la oficina Subregional Paquera-Lepanto del Área de Conservación Tempisque del Sistema Nacional de Áreas de Conservación efectuaron una inspección al permiso de uso otorgado por el Concejo Municipal de Paquera, bajo el expediente No. 862031 S.R.L.-2022, a nombre de la sociedad Resort Playa Leona S.R.L., el 20 de noviembre de 2023. Y el día siguiente, el 21 de noviembre de 2023, dichas autoridades interpusieron denuncia ante la Fiscalía de Nicoya del Ministerio Público, por las infracciones encontradas por la eliminación de patrimonio natural del Estado», indica la sentencia.

La Sala advirtió que no cumplir o hacer cumplir las órdenes establecidas tiene una pena de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa, y determinó que el Concejo Municipal de Distrito Paquera debe pagar las costas, daños y perjuicios ocasionados por los hechos.

 

NOTA: Inicialmente se consignó por error que se trataba de Punta Leona, cuando se trata de playa La Leona, en Lepanto/Paquera.

 

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