País

Sala IV: Ley que impide reelección indefinida de alcaldes no es inconstitucional

El Tribunal no encontró vicios en la ley, la cual impide a las autoridades municipales a estas más de ocho años consecutivos en sus puestos

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (Sala IV) rechazó tres acciones inconstitucionalidad interpuestas contra la ley 10.183, firmada por el gobierno de Carlos Alvarado en abril, la cual impide que los alcaldes estén más de ocho años consecutivos en el poder.

Gerardo Oviedo, alcalde de Santa Ana desde el 2006 al ser reelegido por cuatro periodos consecutivos (16 años), fue una de las personas que interpuso una causa en contra de esta ley y lo hizo en representación de la Federación Metropolitana de Municipalidades.

El actual diputado de la Unidad Social Cristiana, Horacio Alvarado, y exalcalde de Belén (reelegido cuatro periodos consecutivos entre el 2002 y 2020) interpuso otra de las causas.

La tercera fue interpuesta por Marvin Castillo (Intendente del distrito de Cervantes) junto a Wilber Quirós Palma (Intendente del distrito de Tucurrique) de parte de la Federación de Concejos Municipales de Distrito.

Las tres acciones de inconstitucionalidad reclamaban presuntos vicios de procedimiento y fondo, los cuales fueron declarados sin lugar por el Tribunal en la sentencia de mayoría, emitida la mañana de este miércoles.

En el país, desde las elecciones municipales del 2002, cinco alcaldes han sido reelegidos por cinco periodos consecutivos, es decir han estado 20 años en el cargo:

  • Johnny Araya (San José)
  • Wilbert Marín (Atenas)
  • Alfredo Córdoba (San Carlos)
  • Pedro Rojas (Sarapiquí)
  • Gerardo Fuentes (Guácimo).

Hay siete alcaldes que fueron reelegidos por cuatro periodos consecutivos (16 años) entre 2002 y 2020:

  • Gerardo Oviedo (Santa Ana)
  • José Joaquín (Alajuela)
  • Jose Manuel Ulate (Heredia)
  • Horacio Alvarado (Belén)
  • Aracelly Salas (San Pablo)
  • Carlos Cantillo (Guanacaste)
  • Jorge Alberto Cole (Osa)

La Reforma del Artículo 14 del Código Municipal fue aprobada por la Asamblea Legislativa el pasado 29 de marzo y fue firmada por el Gobierno de Carlos Alvarado en abril.

Según la reforma ”las alcaldesas o los alcaldes podrán ser reelegidos de manera continua por una única vez. No podrán ocupar ningún cargo de elección popular del régimen municipal, hasta tanto no hayan transcurrido dos períodos desde que finalizó su segundo período consecutivo. Los vicealcaldes y las vicealcaldesas también podrán ser reelegidos de forma continua por una única vez y no podrán ocupar el mismo cargo ni el de regidores o síndicos, hasta tanto no hayan transcurrido dos períodos desde que finalizó su segundo período consecutivo”.

La aprobación de esta ley impedirá que 41 alcaldes e intendentes, elegidos en 2016 y 2020, aspiren a puestos municipales en las elecciones municipales del 2024, comunicó el Tribunal Supremo de Elecciones en el Diario La Gaceta. Tampoco podrán aspirar a cargos 5 exalcaldes que salieron de sus cargos en el último periodo.

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