País

Sala IV determina que “cualquier persona” puede filmar acciones policiales

Resolución a favor de periodista agredido durante enfrentamiento de oficiales con estudiantes de UCR.

La Sala Constitucional determinó que cualquier persona, sea periodista o no, puede “filmar en vía pública el desempeño de la policía”, como parte de su derecho a la libertad de expresión y a fiscalizar la actuación de las autoridades.

En la resolución completa del voto 2019-001105, del 23 de enero del 2019 -que fue entregada recientemente a las partes-, los magistrados resolvieron un recurso de hábeas corpus a favor del periodista del Semanario UNIVERSIDAD, Javier Córdoba Morales, por hechos ocurridos el 12 de setiembre del 2018, durante un enfrentamiento entre oficiales de la Fuerza Pública y estudiantes de la Universidad de Costa Rica (UCR).

Con base en las pruebas presentadas por las partes en este caso, la Sala Constitucional determinó que Córdoba estaba “pacíficamente filmando la manifestación”, sin interferir en las acciones de la Policía.

Cuando el reportero grababa con su celular, el oficial Roberto Monge Calvo se lanzó contra él, “con la clara intención de obstaculizar la filmación que lleva a cabo, afectando su cuello y cara, generando que caiga al suelo, momento en el cual intenta golpearlo con su vara policial”, verificaron los magistrados.

Córdoba tuvo que identificarse como reportero cuando observó que otro policía iba hacia él para golpearlo, de acuerdo con su narración ante los jueces.

Un día después de que oficiales de Fuerza Pública persiguieran a estudiantes incluso dentro del campus, la
comunidad universitaria marchó en defensa de la autonomía. (Foto: Sebastián Avendaño).

Los magistrados consideraron que se trató de una actuación “a todas luces injustificada y por lo tanto arbitraria”.

Durante la tramitación del hábeas, “el oficial Roberto Monge Calvo no aporta ningún elemento de juicio que explique por qué se da la vuelta y arremete contra el tutelado, que estaba en la calle, sin interferir con su accionar”, señalaron los jueces constitucionales.

Además, los magistrados destacaron que, sin importar si una persona es periodista o no, tiene el derecho de registrar en grabaciones ese tipo de actividades policiales, como parte de su derecho a la libertad de expresión.

“Como bien lo ha señalado la Sala en oportunidades anteriores, en una democracia constitucional como la nuestra, el uso de la fuerza de parte de la policía tiene que estar debidamente justificado y utilizarse en forma proporcionada. Asimismo, el Estado debe garantizar el ejercicio de las libertades públicas en general (…) Dentro de ese marco de libertades, el derecho a opinar, expresarse, protestar, como parte de la libertad de expresión de los habitantes, debe estar plenamente garantizada. Ello incluye el derecho a participar activa y pasivamente en protestas públicas, dentro de las reglas de la seguridad y orden”, consideró la Sala.

En el voto se indica que el caso trata sobre dos aristas de la libertad de expresión: por un lado, la dimensión personal o subjetiva, la cual permite que las personas “mediante la manifestación de ideas, hechos, manifiestos, etc., puedan desarrollar sus proyectos de vida tanto personales, como políticos y sociales. En esta dimensión sobre la libertad de expresión, no son relevantes, para su ejecución y tutela, las condiciones particulares de las personas, por ejemplo, ser o no periodista”.

La segunda arista es el derecho a la libertad de prensa, que se relaciona con la comunicación de ideas o informaciones para aportar a la sociedad en la construcción de la opinión pública. “…podemos encontrar la especial protección que tienen las personas comunicadoras o periodistas en el ejercicio de sus funciones, ante actos que promuevan su censura previa, límites al acceso a la información pública, atentados contra su integridad, entre otros”.

La Sala destacó que esos ejes no son excluyentes y que cualquier persona, sin importar su profesión, debe tener garantizado ese derecho.

“En el presente caso, un derivado de la libertad de expresión y participación de los ciudadanos -tanto desde la acepción subjetiva como social- es la posibilidad de fiscalizar las acciones de la policía para garantizar que se enmarquen dentro de los límites establecidos en la Constitución y la ley (…) Es preocupante que con acciones policiales se busque suprimir, lo que en ese momento puede constituir la única evidencia para el ejercicio abusivo de la potestad de policía y de su obligación de actuar dentro de la legalidad”, enfatizaron los magistrados.

La Sala determinó que el oficial Monge lesionó la integridad física del reportero con el fin de impedirle grabar las acciones de la Policía.

“Todo acto policial en vía pública debe ser transparente y puede ser controlado por la ciudadanía (…) El querer ocultar, tapar, es más propio de regímenes autoritarios que de policías civiles en democracias constitucionales”, añadieron los jueces.

Además, reprocharon que esta no era la única vez que la Fuerza Pública actuaba de esa manera, pues en el pasado conocieron de otros recursos presentados por agresiones policiales.

En la resolución ordenaron a las autoridades abstenerse de incurrir nuevamente en este tipo de acciones.

Este recurso de hábeas corpus fue puesto por el abogado Mario Alberto Zamora Cruz en favor de Córdoba y de cuatro estudiantes que fueron detenidos ese día. No obstante, la Sala indicó que en anteriores procesos de recursos de amparo ya se había referido a esos casos declarándolos sin lugar.

En el caso del periodista Córdoba, los magistrados lo recibieron en una audiencia y también analizaron los videos que él grabó el día de la gresca.

Córdoba dijo a los magistrados que los policías incluso le habían exigido que se retirara del sitio, pero él se negó alegando su derecho a registrar los hechos sin interferir en la acción de los oficiales.

Este martes, en un comunicado, el Colegio de Periodistas celebró el fallo pero consideró que este debió ser “más contundente en cuanto al acceso a la información en lo que se refiere al ejercicio profesional de los periodistas que ponen en riesgo su integridad física en el cumplimiento de su deber”.

Policía iniciaron altercado

El mes pasado, una comisión creada por el Gobierno y la UCR, para investigar los hechos ocurridos la noche del 12 de setiembre del 2018, determinó que los policías fueron los primeros en agredir a los estudiantes y no al contrario como inicialmente adujo la Fuerza Pública.

El periodista de UNIVERSIDAD, Javier Córdoba, había narrado que, ese día, estudiantes de la UCR se encontraban haciendo un bloqueo en la calle contra el llamado “combo fiscal” cuando empezaron a llegar funcionarios de Fuerza Pública.

De acuerdo con Córdoba, los alumnos empezaron a retirarse pero unos policías motorizados intentaron cerrarles el paso, mientras otros los perseguían, los golpeaban y realizaban algunos arrestos.

El reportero relató que luego de eso algunos estudiantes tomaron piedras para lanzarlas contra la Policía.

Finalmente, estudiantes corrieron hacia el campus universitario, perseguidos por oficiales que luego salieron de la sede académica por indicaciones de otros compañeros policías.

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