País

Sala IV condena al Estado por violar libertad de prensa de periodistas en conferencias de Casa Presidencial

La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo presentado por los periodistas David Bolaños Acuña, David Chavarría Hernández y Héctor Guzmán Suárez y el Colegio de Periodistas (Colper) contra el Estado costarricense por violar su libertad de prensa y obstaculizar el trabajo periodístico en conferencias de prensa realizadas por Presidencia y condenó al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios.

Se trata de dos incidentes que ocurrieron el año pasado, durante las habituales conferencias de prensa que organiza Presidencia en Casa Presidencial todos los miércoles.

El 30 de julio de 2024, el periodista Héctor Guzmán, que trabaja para el medio Stay TV,  hizo una pregunta a la entonces ministra de Planificación y Política Económica, Laura Fernández, sobre el fallo adverso de la Sala IV al proyecto de “Ley Jaguar”.

Guzmán intentó aclarar la consulta durante la exposición de la jerarca, cuando entonces el presidente Rodrigo Chaves dijo: “No mire, usted ha sido muy irrespetuoso, está hablando la ministra, usted ha sido muy irrespetuoso, se calla, se lo digo y la deja terminar, y si tiene repregunta la hace. Punto. Sí, a mí no me venga con ser muy perspicaz».

Guzmán es un comunicador con más de 30 años de experiencia, y ha sido corresponsal de la agencia Reuters, CNN y del medio Univision.

Posteriormente, el 11 de setiembre, David Chavarría, periodista del programa Interferencia, de Radioemisoras UCR, fue a Casa Presidencial y preguntó sobre el respaldo del presidente a la remoción que ordenó el ministro Fanz Tattenbach de Jacklyn Rivera, de la dirección del Programa de Humedales del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac), quien se habría negado a eliminar del mapa de humedales tierras del empresario Allan Pacheco Dent, en zona que pertenecía al Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo.

Ante el silencio de Chaves, Tattenbach rechazó haber tomado la decisión de removerla basado en ese criterio de ella.

Cuando Chavarría iba a ser una repregunta sobre el motivo de las visitas del empresario Pacheco Dent a Casa Presidencial para reunirse con el mandatario, no se lo permitieron.

El ministro de Comunicación, Arnold Zamora, y el presidente negaron esta posibilidad alegando que la repregunta no tenía relación con lo cuestionado en la pregunta inicial y le quitaron el micrófono.

En el caso de David Bolaños, periodista y editor del medio de verificación Doble Check, insistió en que el Gobierno revelara cuáles empresas supuestamente anunciaron que se irían del país si no se aprobaba el proyecto de jornadas laborales 4-3.

La ministra Laura Fernández indicó que no revelaría los nombres de las empresas involucradas, ya que se trata de información confidencial por “política empresarial”.

Cuando Bolaños iba a hacer una repregunta planteando que la Sala IV ya había resuelto que esa respuesta era inválida porque la información no era confidencial, le apagaron el micrófono.

Posteriormente, escoltas de la Unidad de Protección Presidencial (UPP) los rodearon a él y a Chavarría, mientras, el presidente siguió burlándose de ellos mientras otros colegas hacían preguntas.

En este caso, que se tramitó mediante el expediente 24-025545-0007-CO, la Sala IV condenó al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios ocasionados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria.

Gobierno impide acceso a la información

La Sala IV también resolvió a favor otro recurso de amparo por impedir el derecho constitucional de acceso a la información.

En este caso, que se tramita en el expediente 24-27116-0007-CO, el periodista David Bolaños solicitó información relacionada con el tema de la aprobación de jornadas excepcionales, conocidas como jornadas 4-3 y afirmó que sus consultas no fueron respondidas por el Ministerio de la Presidencia lo que considera una violación a su derecho constitucional de acceso a la información pública consagrado en el artículo 30 de la Constitución Política.

La Sala IV declaró con lugar el recurso sin especial condenatoria en costas, daños y perjuicios.

El Colper emitió un comunicado en el que afirmó que, con la resolución de la Sala IV queda demostrado que los hechos recurridos “se constituyeron en censura e intimidación hacia periodistas”. El Colper tiene una obligación de velar por el ejercicio pleno del periodismo en Costa Rica y las situaciones señaladas, lamentablemente, no son únicas, todo lo contrario, son reiterativas. Este fallo constitucional del día de hoy es esencial para la libertad de prensa, la libertad de expresión y la protección de la democracia”.

“Celebramos este fallo constitucional, urgimos al Gobierno de la República al respeto del ejercicio pleno de la libertad de prensa, y solicitamos a la ciudadanía apoyo continuo al valiente trabajo de los y las periodistas profesionales e independientes de Costa Rica”, añadió el Colper.

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