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Sala Constitucional ordena a Hacienda revelar lista de potenciales beneficiarios de las amnistías tributarias

Los magistrados señalaron que "los montos perdonados en multas e intereses también revisten un claro interés público", como parte de su respuesta a un recurso de amparo interpuesto por el diputado José María Villalta.

La Sala Constitucional ordenó al Ministerio de Hacienda revelar el nombre de los potenciales beneficiarios de las amnistías tributarias contenidas en el plan fiscal, por tratarse de información de “claro interés público”.

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Según indicó la Sala en su resolución Nº 2019-002122, esto es así porque “se están perdonando dineros que les correspondía ingresar a las arcas del Estado, de ahí que los montos perdonados en multas e intereses” adquieran ese estatus.

Los magistrados resolvieron de esta manera un recurso de amparo interpuesto por el diputado José María Villalta, del Frente Amplio, quien había realizado la solicitud a las autoridades hacendarias desde septiembre del año pasado.

La solicitud había sido rechazada por las autoridades de Hacienda, las cuales argumentaron que “las informaciones que la Administración Tributaria obtenga de los contribuyentes tienen carácter confidencial”, según el artículo 117 del Código Tributario.

Al respecto, la Sala señaló en su resolución que la información requerida por Villata “no constituye información confidencial o sensible”, motivo por el que acordaron “ordenarle a la autoridad recurrida que proceda a emitir una nueva respuesta y se analice cada uno de los supuestos de amnistía” indicados por el cogresista.

Sobre los alegatos de Hacienda, la Sala más bien recordó lo escrito en el artículo 115 del mismo Código Tributario, el cual establece que “será de acceso público la información sobre los nombres de las personas físicas y jurídicas que tienen deudas tributarias con la Hacienda Pública y el monto de dichas deudas”.

Además, subrayó otra parte de ese numeral que faculta a las autoridades hacendarias para “publicar las listas de las personas deudoras con la Hacienda Pública y los montos adeudados, así como los nombres de las personas físicas o jurídicas que no han presentado sus declaraciones o que realizan actividades económicas sin haberse inscrito como contribuyentes”.

Villalta también había pedido que se le indicara cuáles de los posibles beneficiarios eran grandes contribuyentes, algo que también fue avalado por los altos jueces, quienes recordaron su reciente resolución que permitió publicar la lista de esas empresas que declararon cero ganancias en los últimos diez años.

“Lo que interesa es que la información tenga interés público y no se trate de un secreto de Estado, ni que medie una declaratoria de confidencialidad sobre ella, lo cual no se da en el presente caso”, habían escrito en la sentencia No. 2018-18694 y retomaron en esta ocasión.

Las amnistías tributarias se incluyeron en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas hacia el cierre de las discusiones fiscales en el Congreso del año pasado, como una condonación de intereses y una reducción de las penas para los deudores del Estado que cancelaran sus obligaciones durante los tres meses posteriores a la aprobación del proyecto.

Hacienda había señalado que esa disposición le permitiría resolver conflictos legales de larga data con algunos contribuyentes morosos, al tiempo que se recaudaría una suma importante de dinero en tiempos de complicaciones financieras para el país.

No obstante, la medida fue criticada por diversos sectores, especialmente representados en las personas opuestas al plan fiscal, como el diputado Villalta, quienes vieron la medida como un trato injusto en beneficio de personas físicas y jurídicas que no han aportado al Estado los montos correspondientes por años.

Prontas a concluir

El plan fiscal incluyó amnistías para contribuyentes en general con obligaciones pendientes hasta octubre de 2017, así como para todas las entidades del Sistema Bancario Nacional que también mantuvieran montos adeudados entre 2010 y 2017.

La amnistía no sólo abarcó los incumplimientos con la Dirección General de Tributación (DGT) y con  la Dirección General de Aduanas (DGA); sino que también incluyó los pendientes con el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) y el Instituto de Desarrollo Rural (Inder).

Estos montos adeudados podían cancelarse en los tres meses posteriores a la entrada en vigencia de la ley, un periodo que vencerá el próximo 4 de marzo.

En todos los meses se condonarían los intereses; mientras que las penas se reducirían en un 80% el primer mes, en un 70% el segundo y en un 60% el tercero.

Hasta el martes anterior, Hacienda contabilizaba una recaudación de ¢158.589 millones por el concepto de amnistías (alrededor de un 0,42% del PIB).

De ese monto, una buen parte correspondió a arreglos con los bancos públicos del Sistema Bancario Nacional -especialmente con el Banco Nacional que se acogió en diciembre pasado-, monto que significó más 0,2% del PIB de 2018.

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