País

Sala Constitucional acoge dos recursos contra Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas

Recurso de amparo y acción de inconstitucionalidad fueron presentadas por miembros de ACOJUD.

La Sala Constitucional acordó este jueves cursar  un recurso de amparo y una acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, los cuales fueron presentados por funcionarios judiciales de la Asociación Costarricense de la Judicatura (ACOJUD).

Según el presidente de la Sala, Fernando Castillo, pese a la decisión tomado por las personas magistradas la ley sigue en vigencia.

“Se admite la acción, se le piden los informes a las autoridades respectivas, y algo muy importante es que tanto el curso del amparo como de la acción no suspenden los efectos de la vigencia de la ley. La norma sigue surtiendo todos sus efectos ya que están vigentes y son de acatamiento obligatorio”, explicó.

Contenido de la acción

La acción presentada por Adriana Orocú Chavarría, como apoderada de ACOJUD, pide declarar inconstitucional la Ley de Fortalecimiento de las Finananzas Públicas, al considerar que es contraria al principio de publicidad; por haber realizado una consulta tardía al Poder Judicial; inconstitucionalidad del procedimiento especial en el proyecto No. 20580; violación al principio de separación de poderes y violación al derecho constitucional a las convenciones colectivas.

“A través del tiempo y con la nueva conformación del Plenario Legislativo, ese proyecto base sufrió diversas y significativas modificaciones, específicamente con las mociones 137 y 208 bis que al ser aprobadas incorporaron modificaciones que resultaron en un texto diferente al que se había publicado inicialmente”, afirma el documento presentado ante la Sala Constitucional.

Orocú agrega que la Corte Suprema de Justicia concluyó que el proyecto de ley sí afectaba la organización y funcionamiento del Poder Judicial, por lo que la votación en primer debate sobre la propuesta puede ser anulada.

“Adolece de nulidad por no cumplir el requisito constitucional de no haber hecho la consulta obligatoria al Poder Judicial y con su opinión negativa tampoco cumplió el voto el requisito de la mayoría calificada que le exige el numeral 167 de la Carta Fundamental”, indica la acción.

Además, al incluirse en la ley una Evaluación de Desempeño de todos los servidores públicos, la funcionaria considera que se establece una clara subordinación en materia de empleo público de todos los Poderes de la República hacia el Ejecutivo.

Finalmente, la acción también señala principios en contra de las convenciones colectivas que se incluyen en la Ley.

“El artículo 55 de la Ley No. 9635 anula la negociación entre empleados y empleadores cuando se obliga a estos a tramitar sus acuerdos en la sede legislativa con el procedimiento engorroso y formal de la promulgación de una ley de la República. Dicho procedimiento no es un estímulo para los trabajadores y mucho menos una negociación voluntaria, donde se pierde el control de la negociación y acuerdo final, por lo que resulta inconstitucional”, reza el documento.

Por estos motivos la ACOJUD solicitó que se declare nula por inconstitucional la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas con efectos retroactivos al momento de haber sido publicada en el diario Oficial La Gaceta.

Suscríbase al boletín

Ir al contenido