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Rocío Aguilar defiende que Conassif defina cómo nombrar los órganos de dirección de los fondos de pensiones

Rocío Aguilar, Superintendente de Pensiones, detalló que los recursos que maneja el sistema de pensiones equivalen a la mitad del Producto Interno Bruto (PIB) del país.

La Superintendente de la Superintendencia de Pensiones (Supen) Rocío Aguilar Montoya defendió hoy un proyecto de ley para que el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) dicte las normas de los requisitos de “idoneidad, experiencia, evaluación y capacitación continua” que deben cumplir los miembros de los órganos de dirección de los fondos y operadoras de pensiones.

Aguilar compareció hoy ante la Comisión Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa, que analiza el proyecto de Ley de idoneidad y experiencia en la gestión de fondos y operadoras (Expediente 22.760).

La Superintendente destacó que quienes dirigen los fondos y operadoras de pensiones “tienen que tener la capacidad de tener pensamiento crítico” y que “es necesario tener al frente personas con un alto conocimiento técnico y con experiencia para que puedan emitir criterios informados”.

Para esto “deben cumplir criterios y requisitos de idoneidad, conocimiento y experiencia”; pero afirmó que “no siempre en esos órganos de dirección se dan estos criterios de idoneidad”.

“Nos parece de interés poder tener a un tercero, la Conassif, hacer la valoración cuando no estamos frente a un órgano de dirección de estos criterios”, dijo Aguilar.

Ante las consultas de los diputados, Aguilar aclaró que el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) no está contemplado dentro de este proyecto. Pero sí detalla que se adicionarán dos miembros independientes al comité de vigilancia del IVM.

Asimismo, ante la pregunta del diputado Luis Antonio Aiza (Partido Liberación Nacional), ¿de dónde salió el proyecto? Nelly Vargas, de la Supen, dijo que el proyecto toma como referencia un proyecto anterior del diputado William Alvarado (Unidad Socialcristiana 2014-2018) y aclaró que la Supen no elaboró el texto.

¿Qué dice el proyecto de ley?

El proyecto de ley, presentado por la legisladora liberacionista Yorleni León, reforma la Ley del Régimen Privado de Pensiones Complementarias.

Establece que el Conassif “dictará normas de gobierno corporativo en relación con los requisitos de idoneidad, experiencia, evaluación y capacitación continua que deben satisfacer los miembros del órgano de dirección y de la alta gerencia de las entidades reguladas, tanto al momento de su designación como durante todo el período que permanezcan en sus cargos”.

Además, dice que la Supen “tendrá la atribución de objetar, mediante resolución fundada, el nombramiento de los miembros del órgano de dirección, así como de las personas designadas para ocupar cargos en la alta gerencia de las entidades reguladas”.

Asimismo, señala que “previa recomendación del Superintendente, el Consejo removerá los miembros del órgano de dirección o de la alta gerencia, mediante resolución fundada, de conformidad con lo que establezca la normativa que emita el Consejo y respetando el debido proceso, cuando dejen de cumplir con las condiciones de idoneidad y experiencia exigidas por el reglamento que se emita al efecto o cuando se demuestre que han incurrido en omisiones o actuaciones contrarias a las leyes y los reglamentos, que atenten contra la seguridad, estabilidad y solvencia del régimen”.

Pero la iniciativa de ley también reforma la Ley de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional y la Ley Constitutiva de la Caja.

Con respecto al Magisterio, agrega dos directores independientes a la conformación de la Junta Directiva que administra el fondo de pensiones. Estos directores deben ser electos de acuerdo con la normativa del Conassif.

“Para efectos de realizar estos nombramientos, Jupema deberá enviar a la Superintendencia de Pensiones un expediente del candidato donde se acredite la idoneidad y experiencia en áreas afines que resulten relevantes para el perfil de la entidad, todo de conformidad con la reglamentación emitida por el Consejo”, se lee.

Con respecto a la Caja, agrega dos miembros independientes al Comité de Vigilancia del fondo de pensiones de la Caja, que serán nombrados según la normativa que emita el Conassif.

Además, ese Comité de Vigilancia deberá evaluar la gestión realizada por el gerente de Pensiones. Los resultados de dicha evaluación se harán de conocimiento del gerente de Pensiones, quien podrá rendir su opinión sobre el resultado de la evaluación y el contenido del informe de la Superintendencia.

La evaluación debe ser presentada ante la Junta Directiva de la CCSS y la Junta podrá fundamentarse en estas evaluaciones para remover el gerente de Pensiones y deberá adoptar medidas correctivas para adecuar la gestión del régimen y garantizar su sostenibilidad en el tiempo, en caso de que sean recomendadas, se agrega.

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