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Relator internacional encontró faltas de idoneidad y visitas extraoficiales de candidatos en elección de magistrados

"El proceso en marcha de selección y designación de las Altas Magistraturas Judiciales de Costa Rica podría no ajustarse a los estándares internacionales sobre la independencia judicial", estableció experto Diego García-Sayán.

La falta de idoneidad de las personas elegidas y las visitas de candidatos a diferentes bancadas legislativas, antes de las elecciones, son parte de las fallas encontradas por un experto internacional en el proceso de designación de magistrados en el país.

El relator especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Diego García-Sayán , señaló que dichas elecciones en Costa Rica podrían no ajustarse a los estándares internacionales sobre la independencia judicial.

García-Sayán enumeró prácticas como el cabildeo de los candidatos con los diputados y la necesidad de los candidatos de visitar las diferentes bancadas partidarias para entrevistarse en privado, al margen de los procedimientos o entrevistas de la Comisión Permanente Especial de Nombramientos (CPEN), como hechos no recomendables en el proceso de designación.

“Aparentemente, estas malas prácticas son las que habrían dado lugar a nombramientos sobre los que con posterioridad se realizaron denuncias e investigaciones, con el resultado de la apertura de procesos disciplinarios y la destitución de un magistrado; así como la elección de magistrados no incluidos en las ternas propuestas por el Poder Judicial ni planteadas en el proceso de preselección”, dice el informe.

El relator de la ONU también recordó que los estándares internacionales establecen criterios respecto a la idoneidad de las personas seleccionadas para ocupar cargos judiciales, así como los requisitos de los procesos de selección, aspecto en el que Costa Rica ha fallado.

“Considero que las recomendaciones formuladas por el Panel Independiente respecto a la necesidad de establecer un sistema técnico, objetivo y transparente para la selección de magistrados, así como la necesidad de que los dictámenes de la CPEN a la Asamblea Legislativa sobre los postulantes estén debidamente fundamentados, son recomendaciones atendibles que estarían encaminadas a la adecuada implementación de los estándares internacionales”, señaló.

El informe de García-Sayán sería conocido este lunes en sesión de Corte Plena; sin embargo, los magistrados votaron en contra de recibir al experto.

Antecedentes

La historia reciente del Poder Judicial revela ejemplos de magistrados, tanto titulares como suplentes, que debieron abandonar sus puestos, por diferentes motivos.

El caso más mediático se presentó en el 2018, cuando el entonces magistrado de la Sala Tercera, Celso Gamboa, fue destituido ante acusaciones de tráfico de influencias. Anteriormente, en el 2014, el magistrado de la Sala Primera, Óscar González Campos, también fue removido de su cargo por supuesto abuso sexual en contra de una jueza.

En este 2021, el magistrado de la Sala I, William Molinari, renunció a su cargo, cuando tenía abiertas dos causas disciplinarias en su contra por presunto acoso laboral y sexual.

En el 2015, el magistrado suplente de la Corte Suprema de Justicia, Moisés Fachler, renunció al cargo tras ser acusado de filtrar el borrador de un fallo para favorecer el proyecto de explotación minera de la compañía canadiense Industrias Infinito S.A.

En el 2012, el magistrado suplente de la Sala II, Fernando Bolaños Céspedes, renunció a su cargo mientras era investigado por el asesoramiento que brindó a la Junta de Pensiones del Magisterio Nacional (Jupema). Su salida se dio cuatro días antes de que la Corte Plena fallara sobre su caso, ya que los magistrados consideraron su falta como “gravísima” y habían establecido una suspensión de un mes.

Para el 2018, el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Fernando Cruz, ordenó una investigación sobre el sistema electrónico utilizado para elegir a los magistrados suplentes y conocer si era posible que fuera manipulada.

Recomendaciones de relator internacional sobre elección de magistrados en Costa Rica

1. Adoptar y aplicar las medidas necesarias para garantizar que el proceso de selección y nombramiento de las altas magistraturas esté basado exclusivamente en criterios objetivos y transparentes y que tengan por objetivo asegurar la integridad, idoneidad y la formación o calificación idónea de las personas seleccionadas.

2. Las decisiones relativas a la selección deben basarse en el mérito y tener en cuenta las calificaciones, aptitudes y capacidades de los candidatos, así como su integridad, independencia e imparcialidad.

3. Establecer de una manera clara y detallada todo el proceso de selección de las altas magistraturas.

4. La convocatoria deberá de recibir la publicidad necesaria para llegar a conocimiento de todas las personas interesadas. El proceso ha de ser público y transparente -con la posibilidad de realizar audiencias públicas- y contar con la participación de la magistratura y sus asociaciones profesionales, así como todos los otros actores relevantes de la sociedad civil costarricense.

5. Asegurar que la selección y nombramiento de las altas magistraturas no se vea afectado por motivos indebidos, tales como intereses políticos, económicos, o de otra naturaleza que puedan desvirtuar un proceso objetivo y transparente de selección y nombramiento.

6. La selección final y nombramiento de las altas magistraturas deberá de ser motivada, argumentada y justificada.

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