País

¿Qué dice y en qué contexto llega la reforma constitucional que plantean 13 diputados sobre el matrimonio?

13 diputados buscarán establecer el matrimonio entre parejas heterosexuales como el único permitido por la Constitución.

Los diputados del bloque independiente que se separó de Restauración Nacional, afirmaron este miércoles que presentarán una reforma constitucional para modificar el artículo 52 de la Constitución Política, con lo que buscarían establecer el matrimonio como una figura jurídica exclusiva para parejas heterosexuales.

Actualmente, el numeral 52 simplemente señala que “el matrimonio es la base esencial de la familia y descansa en la igualdad de derechos de los cónyuges”; sin embargo, la idea del grupo afín al excandidato presidencial, Fabricio Alvarado, es que el texto ahora diga que “el matrimonio es la unión de un hombre y una mujer, descansa en la igualdad de los cónyuges, y es la base esencial de la familia”.

Aparte de los ocho diputados que ahora se identifican con el recién formado partido Nueva República, también impulsan la iniciativa los legisladores Shirley Díaz del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), los diputados Otto Roberto Vargas y Dragos Dolanescu del Partido Republicano Social Cristiano (PRSC), la congresista Sylvia Patricia Villegas del Partido Integración Nacional (PIN) y el diputado independiente Erick Rodríguez Steller.

El proyecto arrancó como una propuesta de iniciativa popular impulsada por la abogada Alexandra Loría Beeche, quien también fue diputada en la Asamblea Legislativa por dos meses en sustitución de Fabricio Alvarado, cuando este decidió apartarse del Congreso para hacer frente a su campaña presidencial a finales de la legislatura pasada.

Loría ahora acompañó a los diputados que presentaron el proyecto en conferencia de prensa, evento que se desarrolló en las propias instalaciones de la Asamblea Legislativa.

“Cuando la Constitución Política y los instrumentos internacionales dicen que la familia es el fundamento natural de la sociedad dicen dos cosas: que el matrimonio pertenece a la naturaleza y que, por lo tanto, es inmutable, y el ordenamiento jurídico debería respetar eso”, comentó la exdiputada.

Además de Loría, también habló en esa conferencia de prensa el vocero del bloque independiente, Jonathan Prendas, quien resaltó que la iniciativa contó con el apoyo de más de 150.000 firmas, recolectadas desde el año 2013.

“Vamos a acoger y a promover esta iniciativa para que la voz de la gran mayoría de los costarricenses se haga sentir en la Asamblea Legislativa, creyendo que tiene sustento de ley o sustento jurídico y que, a partir de ahí, podamos zanjar vacíos que hayan podido llevar a malas interpretaciones o a fallos específicos en otras instancias”, subrayó.

¿Tiene fundamento?

Los diputados independientes y sus otros cinco acompañantes anunciaron la presentación de esta reforma constitucional, a pesar de la reciente opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que recomendó al Estado costarricense garantizar el matrimonio igualitario.

También lo hicieron a pesar del reciente fallo de la Sala Constitucional, que declaró inconstitucionales las normas que impiden esa figura en el país, aunque dejó un periodo de gracia de 18 meses a los diputados para que intentaran acatar el fallo de la Corte internacional por su propia cuenta.

En caso de que los diputados no lograran legislar para garantizar la igualdad, las leyes que prohiben el matrimonio entre personas del mismo sexo quedarían anuladas automáticamente.

Al respecto, Loría dijo que “respetaba el criterio de los magistrados de la Sala Constitucional”, pero que “no lo compartía”. Además, señaló que “sólo aquí corremos a hacer lo que la Corte nos diga, en detrimento de la soberanía del país”.

Dicho plazo de 18 meses vencerá el 26 de mayo de 2020, una fecha muy cercana en relación con los plazos tan extensos que requieren las reformas constitucionales.

Ante este panorama, abogados como el comisionado LGTBIQ del Gobierno, Luis Salazar, argumentan que la reforma constitucional carecería de sustento jurídico, pues -no solo desconocería la opinión de la Corte y los principios de igualdad y no discriminación establecidos en la Constitución- sino que además violaría el principio de “progresividad” de los derechos humanos, que busca garantizar la estabilidad y la continuidad de los derechos ya alcanzados.

No obstante, otros abogados como el constitucionalista Manrique Jiménez, argumentan que la reforma podría complementar una solución alternativa al matrimonio, una opción que -según dice- podría seguir siendo probable.

Según Jiménez, a partir de mayo de 2020 habrá un vacío legal que entrará a llenar la opinión jurídica de la Corte IDH; sin embargo, es un vacío que podría llenarse con normativas que no discriminen “en el trato”, como las uniones civiles y patrimoniales.

“La norma se va a anular y habrá un vacío jurídico. Al existir ese vacío, ahí quedaría entonces la preeminencia del derecho humano, entonces no podría hacerse una interpretación en perjuicio de ello y los parámetros estarían dados por la opinión consultiva de la Corte IDH y la sentencia de la Sala Constitucional”, señaló Jiménez.

“Una opción, aparte, sin perjuicio de lo que pueda indicar la propia Sala Constitucional y la Corte IDH, es tener una figura o un sustituto jurídico. Se podría eventualmente legislar en el sentido de reintegrar el reconocimiento exclusivo del matrimonio entre hombre y mujer, que fue declarado inconstitucional por discriminatorio la Sala Constitucional según el Código de Familia, esta vez para incluir el reconocimiento expreso a las parejas del mismo sexo, no necesariamente solo a través del instituto del matrimonio”, explicó.

Esa vía implicaría más disputas legales, con nuevos argumentos y resoluciones nacionales e internacionales, según vaticinó el abogado.

“Si Costa Rica apuesta por esa reforma de reconocer expresamente que el matrimonio es entre hombre y mujer podría tener un problema con la opinión consultiva y la Sala Constitucional, salvo que pueda eventualmente adscribirse también a lo que ha dicho la el Tribunal Europeo, que no deja de ser material de importancia y en cierto grado vinculante para la Corte”, puntualizó el abogado.

Jiménez -eso sí- subrayó que sería necesario impulsar una ley que reconozca las uniones civiles y que, aún así, los nuevos resultados jurídicos de esa acción no son previsibles.

Los diputados anunciaron su intención de presentar el proyecto y mostraron los folios con las firmas de la iniciativa ciudadana impulsada por la abogada Loría. (Foto: BINR)

La intención de continuar los conflictos legales en relación con esta materia, tomando como referencia las sentencias de los tribunales europeos en Estarsburgo, también fue una opción comentada por la abogada Loría este miércoles; sin embargo, Costa Rica no está adscrita a ese organismo,  como sí ocurre con la Corte IDH.

No obstante, el criterio de Loría es que las opiniones de la Corte no son vinculantes, aunque la Sala Constitucional las reconoce como tales y se pueden interpretar como adelantos de criterios ante futuras denuncias internacionales (proceso que se quiere evitar).

En materia de organismos internacionales, la Constitución establece en su artículo 48 que los costarricenses tienen el derecho de mantener y establecer el goce de los derechos “de carácter fundamental establecidos en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos”, específicamente los “aplicables a la República”.

¿Tiene el apoyo suficiente?

La aprobación de reformas constitucionales, como esta que es impulsada por 13 diputados en específico, requieren del apoyo de al menos 38 diputados en el Congreso, una cifra muy alta que se suma a las ya de por sí complejas vicisitudes de su trámite legislativo.

En esa línea, los partidos y bloques confesionales y conservadores del Congreso -que podrían identificarse de forma importante con la iniciativa- suman menos de 30 votos. No obstante, otros congresistas podrían dar su apoyo.

Para alcanzar los 38 votos posibles, tendrían que adherirse diputados del Partido Liberación Nacional (PLN), del Partido Acción Ciudadana (PAC) o de partidos minoritarios; sin embargo, ya varios congresistas de esos sectores se expresaron en contra del proyecto.

Por ejemplo, el liberacionista Roberto Thompson, afirmó que “en materia de derechos humanos estamos en la obligación de avanzar y no de retroceder” y calificó el matrimonio igualitario como un asunto “resuelto”.

También dejó clara su posición el oficialista Enrique Sánchez, quien calificó de “politiquería” la reforma propuesta por los diputados independientes.

“La reforma constitucional presentada por los diputados independientes solo puede entenderse de dos maneras: como politiquería y como un deseo irracional de discriminar. Es politiquería, porque sus intereses electorales los mueven a profundizar la polarización y el deterioro de la convivencia democrática; y deseo de discriminar, porque el matrimonio civil igualitario fue resuelto por la Corte IDH y por la Sala Constitucional”, acotó.

También contrarió la iniciativa la integracionista Zoila Rosa Volio, quien -a diferencia de su compañera Patricia Villegas-  subrayó que “el matrimonio igualitario es un tema debida y correctamente superado”, y calificó la acción de los 13 congresistas como “un vergonzoso circo político”.

Otro asunto que se puede tomar en cuenta es que, incluso si se acepta que el proyecto entre en discusión, este puede recibir reformas por parte de los diputados, por lo que podría empantanarse con cientos o miles de mociones, como ha ocurrido en ocasiones anteriores con otras iniciativas.

El proyecto

¿Cómo se tramitan estas reformas?

Las reformas constitucionales, por ser modificaciones de alto grado a la Carta Magna nacional, requieren de un proceso mucho más amplio que el de los proyectos de ley regulares. Estas deben presentarse en el periodo de sesiones ordinarias de la Asamblea, cuya próxima fecha de inicio es el 1 de mayo.

De hecho, los 13 diputados anunciaron su intención de presentar el proyecto, pero aún no pudieron hacerlo por ese motivo.

A partir de que son presentadas, las reformas constitucionales deben ser leídas en el Plenario legislativo tres veces y, una vez superada esa etapa, se requiere del apoyo de la mayoría simple (mitad más uno) de los diputados en el Congreso para poder continuar con su trámite.

En caso de que se apruebe continuar con el trámite, las reformas pasan a estudio de una comisión especial, donde los diputados tienen hasta 20 días hábiles para redactar el primer dictamen de las mismas.

Una vez dictaminadas, las propuestas de reforma deben pasar al Plenario legislativo, donde entonces requieren de 38 votos (en dos debates) para ser aprobadas.

Antes de las votaciones, los diputados pueden presentar propuestas de modificaciones, sin importar la cantidad de las mismas, lo que puede retrasar aún más el desarrollo de los proyectos.

Una vez superados los dos debates, las reformas deben pasar al Presidente de la República, quien se encarga de reenviar las iniciativa de nuevo al Congreso.

Allí, entonces, podría ocurrir la aprobación final, un proceso que ya no permite nuevas modificaciones y que se limita a tres debates y tres votaciones más, con el mismo mínimo de 38 votos que en las primeras dos ocasiones.

Suscríbase al boletín

Ir al contenido