País

Puntos claves en pulso legal sobre aumento en CCSS podrían impactar al sector público

Alcances de la regla fiscal, de la emergencia por el COVID y el aval de los ajustes salariales son parte de los temas que se están barajando y analizando en la Junta Directiva de la CCSS, como parte de la cruzada de la nueva presidenta ejecutiva contra el reajuste salarial

El debate que se ha generado en torno al aumento salarial en la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) se ha convertido en un pulso legal sobre varios puntos polémicos, que irán más allá de la lucha contra el reajuste que asumió el presidente Rodrigo Chaves, al destituir al anterior presidente Álvaro Ramos y designar a una Marta Esquivel, que asumió la detención de esa medida como su carta de presentación.

La Junta Directiva de la CCSS se ha convertido en el primer escenario entre la posición de las autoridades del gobierno y organizaciones de trabajadores de la CCSS. Originalmente, el 8 de setiembre se dio el primer round, con la aprobación en firme del aumento, pero Chaves destituyó a Ramos el 17 de setiembre, y su sucesora, Esquivel, volvió a este combate el pasado 26 de setiembre, que vuelve a la liza este 29 de setiembre.

Los puntos claves de esta discusión son especialmente relevantes, ya que como el presidente Chaves declaró, podrían ser un portillo para que la discusión se extienda a otros trabajadores. De hecho, ha generado una discusión por la contradicción entre un Mandatario que ajusta salarios de sus colaboradores y se opone a los de los trabajadores, alegando la regla fiscal.

¿Es un aumento nuevo? El primer punto se refiere a si se trata de un nueva aumento salarial, ya que la regla fiscal establece una limitación cuando la deuda pública es de 60% del PIB o más. Este es el primer argumento del equipo de Chaves, que no hay condiciones fiscales y hay una prohibición legal para el aumento.

Para representantes sindicales, no se trata de un aumento, sino de un reajuste: se hace efectivo un aumento que se aprobó desde el 2020. “El aumento se aprobó en el Decreto Ejecutivo 42121 MT-SS-H-MIDEPLAN y fue avalado por el Ministerio de Planificación, ente rector del Empleo Público. En oficio MTSS-DMT-OF-249-2020, en una respuesta a la Procuraduría fechada el 24 de abril del 2020, la ministra Pilar Garrido indicaba que el aumento había entrado a regir y formaba parte del patrimonio de los trabajadores, indistintamente de que el pago no se hubiera concretado por el tema de la pandemia” indicó Lenín Hernández, secretario general del SINAE.

Según este alegato, se trata de un aumento que se suspendió temporalmente con el decreto ejecutivo 42.372 por la pandemia del COVID-19, pero que se definió cuando no estaban vigentes las condiciones definidas por la regla fiscal.

La regla fiscal: El presidente Chaves alegó que el aumento contravenía la regla fiscal, ya que la deuda pública sobrepasa el monto del 60% del PIB. Representantes de los trabajadores consideran que el enfoque es incorrecto, porque la CCSS debe considerarse excluida de la regla fiscal. “La CCSS está fuera de la regla fiscal, según lo determinó la Contraloría General de la República, informe DFOE-FIP-iF-00006-2022, de este 29 de abril del 2022, al incluir la CCSS en las excepciones a la aplicación de la regla fiscal”, indicó Hernández.

La condición excepcional:  Las autoridades enfatizan en que las finanzas del país no permiten el esfuerzo de este ajuste- Por su parte, Mario Quesada, del Sindicato Nacional de Médicos Especialistas (SINAME), destacó que el pago se definió como un reconocimiento por situaciones atrasadas, y que solo se postergó por la epidemia del COVID, pero fue el mismo gobierno del presidente Chaves el que decretó el fin de la emergencia por esta pandemia, el pasado 10 de agosto. “Si ya finalizaron las condiciones que obligaron a postergar un pago justo, lo que corresponde es aplicarlo”, comentó.

¿CCSS está excluida de la regla fiscal? Al argumento de que la CCSS estaría excluida de la regla fiscal, se presentó una refutación desde las nuevas autoridades de la CCSS. Esquivel justificó sus intentos de revisar en Junta Directiva el aumento aprobado el 8 de setiembre con una nota de Nogui Acosta, ministro de Hacienda, en la que indicaría que la exclusión de la CCSS en la regla fiscal corresponde a los recursos de los regímenes de pensiones, maternidad y régimen no contributivo y no a recursos salariales. Sin embargo, los representantes sindicales consideran que no se trata de un argumento con sustento legal. “El rector de Empleo Público, Mideplan, ya había indicado que el aumento era legal, en estricto apego a la ley 9635”, dijo Hernández.

Por el contrario, Esquivel afirmó que había su propuesta consistía en mantener el aumento, pero “relegar o postergar su pago efectivo hasta que se cumplan las disposiciones de la ley 9635”, declaró.

Las sanciones: Ambas partes aseguran que sus interpretaciones son correctas y advierten a los directivos de la Junta Directiva de la CCSS la responsabilidad que puede acarrear su posición. Esquivel indicó que la ley 9635 s de cumplimiento obligatorio, y hay sanciones disciplinarias para quienes la rompan, mientras Hernández considera que la situación representa una intromisión del Gobierno en la autonomía de la CCSS; por lo que preparan acciones legales. En cambio, Quesada indicó que la situación remite a derechos laborales que ya fueron avalados por las instancias correspondientes, por lo que corresponde hacerlos valer ante las diferentes instancias institucionales.

En primera instancia, se trata de un debate que se realiza en la Junta Directiva y al interior de la CCSS, pero las consecuencias podrían ir mucho más allá, en particular por la posibilidad de que se deba pasar a la discusión de si el aumento del 2020 debería extenderse a otros sectores, o las dimensiones de la regla fiscal.

Suscríbase al boletín

Ir al contenido