País

Proyecto plantea aplicar paridad de género en alcaldías, intendencias y sindicaturas con mira a elecciones municipales 2024

En las elecciones del 2020 solo fueron electas 8 mujeres alcaldesas, entre los 82 cantones del país, este es uno de los puestos ‘uninominales’ o de una única candidatura a los que actualmente no se le aplica la paridad de género

La Comisión de la Mujer de la Asamblea Legislativa discute la reforma propuesta por el expediente 21.150 que plante aplicar la paridad de género en alcaldías, intendencias y sindicaturas con mira a las elecciones municipales que se celebrarán en el 2024. 

En las elecciones del 2020 solo fueron electas 8 mujeres alcaldesas entre los 82 cantones del país y 7 de las 8 intendencias electas fueron hombres. 

La Comisión recibió el día de ayer a la presidenta del Tribunal Supremo de Elecciones, Eugenia Zamora, quien indicó que la ley deberá ser aprobada en el transcurso del año para que pueda aplicarse en los próximos comicios y dio una amplia explicación del panorama legal en el que se movería el proyecto. 

Aunque desde el 2016 se instauró la obligatoriedad de paridad de género horizontal en las diputaciones, para el caso de puestos en los que solo hay una candidatura (uninominales) como alcaldías, intendencias y sindicaturas hay un voto dividido en el Tribunal que actualmente está impugnado ante la Sala Constitucional. 

“La posición oficial del Tribunal considera que es inaplicable la paridad horizontal en órganos uninominales a la luz del parámetro constitucional y la posición de minoría estima que sí puede darse ejercicios interpretativos que a la luz del derecho internacional de los derechos humanos” dijo Zamora. 

Esto preocupó a la Presidenta de la Comisión de la Mujer, Carolina Delgado, quien sin embargo alentó a las demás diputadas a avanzar con el proyecto pensando en aprobarlo este mismo año. 

Delgado dijo tener la postura de que es posible aplicar la paridad de forma ‘flexible’ dando a los partidos la posibilidad de diseñar sus propios mecanismo de paridad con base a, por ejemplo, la cantidad de cantones a los que postularán a nivel municipal. 

La diputada apuntó que, a excepción de Liberación Nacional, ningún partido inscribió el 100% de las candidaturas en las pasadas elecciones municipales y que esto dificulta la aplicación del mecanismo de alternancia. 

“Hemos querido confundir que la alternancia es sinónimo de paridad, pero no significa que para hacer paridad tengo que aplicar alternancia. Cada partido puede aplicar sus mecanismos individuales para llegar a la paridad” explicó Delgado ante la consulta de UNIVERSIDAD. 

Agregó que otros partidos, como el Frente Amplio y el Partido Acción Ciudadana, han diseñado mecanismos de excepción para la incorporación de mujeres en las papeletas municipales. 

Zamora apuntó que las reglas en las próximas elecciones municipales podrían cambiar de presentarse la resolución a la acción de constitucionalidad contra la paridad en este tipo de puestos y la de la acción interpuesta contra la ley que restringe la reelección de alcaldes por más de dos periodos consecutivos.

Estas resoluciones se relacionan: la jerarca explicó que el voto de mayoría del Tribunal contra la paridad de género en estos puestos argumenta que su aplicación restringe la posibilidad de reelección y en la actualidad la Sala Constitucional entiende la reelección como un derecho. 

Sin embargo, la Comisión de Venecia y la Corte Interamericana contradicen esta posición por lo que la postura podría variar, mencionó Zamora. 

El voto mayoritario del TSE también alega que “Al permitirse que se postule solo un hombre o una mujer, dependiendo  del territorio, se produce un vaciamiento del derecho fundamental” que no podría ser resuelto por ley porque se alega que es violatorio del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos sobre derechos políticos.  

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