Pese a que el presidente de la República, Rodrigo Chaves, anunció recientemente con “bombos y platillos” un proyecto de ley que “atacaría” las pensiones de lujo, este realmente se queda corto en el pretendido objetivo de reducir todas a un mínimo de ₡1,7 millones, que es el tope establecido en el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
Así lo indicó a UNIVERSIDAD el economista Francisco Esquivel, quien destacó que con este texto presentado por el Poder Ejecutivo, las pensiones superiores a ₡4 millones de los diferentes regímenes especiales cargados al presupuesto nacional seguirán siendo altas.
“Va a haber un tope de ₡1.7 millones que solo se aplica a pensiones brutas menores de ₡4 millones. Las que son más altas a ₡4 millones no: a esos pensionados les van a dar pensiones más altas que ₡1.7 millones. Es una verdad a medias. (…). El proyecto no está limitando las pensiones de lujo; es decir, las verdaderamente altas”, mencionó Esquivel, quien ha estudiado el Régimen Transitorio de Reparto (RTR) del Magisterio Nacional y realizó un análisis al proyecto presentado por el Poder Ejecutivo.
La iniciativa anunciada el pasado 22 de enero por el Poder Ejecutivo se tramita bajo el expediente legislativo 24.786 y aún no ha sido asignada para estudio a ninguna comisión.
“Va a haber un tope de ₡1.7 millones que solo se aplica a pensiones brutas menores de ₡4 millones. Las que son más altas a ₡4 millones no: a esos pensionados les van a dar pensiones más altas que ₡1.7 millones. Es una verdad a medias. (…). El proyecto no está limitando las pensiones de lujo; es decir, las verdaderamente altas”, Francisco Esquivel, economista
Actualmente, el monto de una pensión de lujo no se encuentra claramente establecido; sin embargo, según el Gobierno de Rodrigo Chaves, estas corresponden a subsidios mayores a ₡3 millones.
Las pensiones de lujo provienen en su mayoría de dos grandes sectores: Poder Judicial y la Dirección Nacional de Pensiones del Ministerio de Trabajo que administra varios fondos de jubilación de empleados públicos. En este último se encuentran las del Régimen Transitorio de Reparto del Magisterio Nacional.
¿Verdad a medias?
De acuerdo con Esquivel, aunque el Gobierno anunció que este proyecto de ley establecería un tope a las conocidas pensiones de lujo, en el artículo 9, el texto contiene una “condición” para su aplicación que aliviana el golpe a estos subsidios.
“La limitación al monto de pensión establecida en el artículo 3 de la presente ley, deberá considerar lo establecido en la Ley ‘Convenios OIT 26, 102 y 126 Empleo, Seguridad Social y Cargas Máximas’, Ley N°4736 del 29 de marzo de 1971. De forma tal que el monto de pensión a percibir, luego de la aplicación de las diferentes deducciones, contribuciones y del tope máximo fijado, no podrá ser inferior al cuarenta por ciento (40%) del salario de referencia que fue utilizado para el cálculo de la pensión que actualmente devenga la persona beneficiaria”, se lee en el proyecto de ley 24.786.
De esta forma, por ejemplo, el tope se va a aplicar siempre que la pensión no le quede al jubilado por debajo del 40% de su pensión bruta. En el caso de pensiones medianas, de cerca de ₡4 o ₡5 millones, no quedarían en ese monto de ₡1,7 millones.
“¿Cuánto es el 40% de ₡5 millones? ₡2 millones, y ahí se brincó el tope, porque eso lo establece el artículo 9. ¿Qué pasa con una pensión de ₡10 millones? Quedaría en ₡4 millones. ¿Qué tienen que ver esos ₡4 millones con los ₡1.7 millones que es el tope de la CCSS? Nada. Están mintiendo”, explicó Esquivel, alegando que las más afectadas serían las más pequeñas.
De acuerdo con datos suministrados por el economista, el Régimen Transitorio de Reparto del Magisterio Nacional —que actualmente está cerrado a nuevos cotizantes—, mantiene 110 pensiones mayores a ₡6,5 millones y cerca de 35.000 (80%) con montos menores de ₡1,5 millones.
Estudio “actuarial” con falencias
Teniendo en cuenta el cierre de este Régimen, Esquivel agregó también que este proyecto de ley arrastra un problema desde su raíz: el estudio técnico en el que se basa, pues no es “actuarial”.
Un estudio actuarial corresponde a un cálculo de ingresos vs costos de un sistema de pensiones; sin embargo, en el caso del Régimen de Reparto del Magisterio Nacional, este no es aplicable, porque el Estado nunca cumplió su obligación de patrono y Estado aportando sus cuotas, explicó.
“La base es ese supuesto estudio actuarial, pero no es un estudio actuarial. Es un estudio técnico respetable que lo que hace es estimar cuánto se va a gastar en las próximas tres o cuatro décadas en el pago de pensiones, mientras los regímenes se mantienen”, mencionó Esquivel.
“El régimen del Magisterio representa el 75% de todo lo que son los regímenes con cargo al presupuesto nacional. Ahora, ¿por qué a ninguno de estos regímenes se les puede aplicar un estudio actuarial? Porque un estudio actuarial compara los ingresos que tiene un sistema de pensiones con los gastos. Resulta, que en el caso del Magisterio, no hay ingresos. (…). Desde 1958, cuando se estableció el Régimen de Reparto, el Estado no ha aportado un solo colón”, dijo.
A este problema se suma el hecho de que este texto, que actualmente se encuentra en la corriente legislativa, incluso podría chocar con la decisión tomada por la Sala Constitucional en 2020, cuando recortó las pensiones de lujo en hasta un 50%.
Ataque a Régimen de Capitalización Colectiva
Finalmente, el economista destacó que en el fondo lo que busca el Poder Ejecutivo y otros detractores es —en el caso del Magisterio Nacional— atacar el “robusto” Régimen de Capitalización Colectiva.
“¿Cómo lo quieren hacer? Quitando el aporte estatal. Pero ya las autoridades de Jupema han dicho que si les bajan el aporte estatal, lo van a llevar gradualmente a la quiebra. ¿Y qué es lo que están buscando? Que cuando las personas vean que es insostenible se pasen a un sistema privado”, mencionó Esquivel, refiriéndose al ahorro que significaría esto para el Estado.
Esto sería similar a lo que ocurre ya en Chile, donde las personas cotizan para una operadora privada de pensiones, un ahorro personal que va a depender de su salario. En este caso, el monto de la pensión que recibirán los jubilados dependerá del manejo de los montos hecho por esas entidades.
“O sea, imagínese lo que es un catedrático de la Universidad de Costa Rica con dos o tres doctorados que tiene un salario de ₡5 o ₡6 millones, pasa inmediatamente a la línea de pobreza. O sea, estamos hablando de llegar a tener una pensión de ₡300 mil o ₡400 mil, si lo ponemos figurativamente en el caso de Chile”, agregó.
Pensiones “de lujo” del Poder Judicial y Magisterio aportan casi ₡1.850 millones mensuales en contribuciones solidarias a sus regímenes
Existe un voto de la Sala Constitucional y convenios internacionales que establecen que no se le puede rebajar a nadie su ingreso en más del 50%, de modo que recortar el máximo a ₡1.765.859 —como se propuso— “es inconstitucional por todos lados que usted lo mire”.

