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Proyecto de usura avanza a su segundo debate este martes, después de resolución de Sala IV

Notas de magistrados justifican trámite de firmas para la consulta facultativa de los diputados y, además, una de ellas admite “variantes” de la economía de mercado que describe ideológicamente a la Constitución Política.

Los diputados iniciaron el segundo debate del proyecto de usura (20.861) esta mañana de martes. Esta etapa del trámite legislativo fue posible porque la Sala Constitucional notificó a la Asamblea Legislativa su resolución integral sobre la ausencia de vicios de inconstitucionalidad.

En la resolución integral, los magistrados reafirman que el proyecto “no tiene vicios de procedimiento por violación al principio de publicidad parlamentaria” y que uno de sus artículos “no es contrario a la libertad de contratación, comercio, elección de los consumidores, igualdad ante  la ley, seguridad jurídica, los principios de razonabilidad y proporcionalidad o la tipicidad penal, en los términos consultados”.

Un pronunciamiento preliminar fue emitido el pasado 3 de junio. 

Hoy nos enteramos que la Sala Constitucional concluyó en la sentencia N° 2020-10160, que el proyecto # 20.861 no tiene…

Publicado por Welmer Ramos en Miércoles, 3 de junio de 2020

En el marco de su segundo debate, los topes de crédito considerados en el proyecto de ley podrían haber cambiado, asegura el diputado David Gourzong, proponente de la legislación.

El mismo legislador espera que si el proyecto entra a regir en julio, la aplicación que tenga hacer el Banco Central tenga un “rebajo de un punto porcentual o un punto y medio” en las fórmulas que contiene la ley, “en vista de que las tasas (de interés) han estado más bajas” durante los meses de la pandemia.

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¿Qué afirmaron los magistrados sobre el trámite de la consulta?

La resolución incluye una nota del magistrado Paul Rueda Leal que dice que la “ideología económica” de la Constitución Política” se decanta ciertamente por una economía de mercado” pero que esta economía admite “variantes” que están limitadas por “los principios, derechos y valores contemplados en la Ley Fundamental”.

“Entre estas (opciones de la economía de mercado), podemos citar los modelos de economía de libre mercado y el de economía social de mercado, cada uno con diverso grado de intervención estatal, según los requerimientos del ciclo económico respectivo”, dice la nota escrita por el magistrado Rueda Leal.

El magistrado asegura que la ideología económica que tiene la Constitución no debe convertir ninguna de las modalidades de la economía de mercado en una “regla”.

“En realidad, las circunstancias particulares deI ciclo económico en un determinado momento histórico son las que definen el ‘énfasis ’de la economía de mercado en uno u otro sentido, así como la intensidad y duración de alguna medida, dentro de lo cual al Tribunal Constitucional solo le compete velar por que no se transgredan los límites contemplados en la Carta Magna”, explica la nota de Rueda Leal.

Rueda leal también profundizó en el uso del término “lucro razonable” de los acreedores porque el magistrado considera que “resulta incompatible con la economía de mercado el privatizar las ganancias pero socializar las pérdidas, salvo que razones de orden público lo justifiquen  (verbigracia, evitar un colapso de la economía nacional por el estallido de una burbuja especulativa)”.

En otra nota, el magistrado Fernando Salazar Alvarado explica que la situación con el retiro y sumatoria de firmas de los diputados.

Durante el jueves 30 de abril, la Sala Constitucional admitió la consulta en la que dos diputados retiraron su firma y uno de ellos la agregó, minutos antes de presentar el documento al tribunal. Según la resolución, el 4 de mayo se unieron otros dos diputados a la consulta: los socialcristianos Pablo Heriberto Abarca y Aracelly Salas.

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“Tanto en vía de consulta legislativa facultativa de constitucionalidad, como en vía de acción de constitucionalidad es válido, para el suscrito, el retiro de firmas o el desistimiento (…) siempre y cuando ello acontezca antes de que la Sala reciba la copia certificada del expediente legislativo”, afirma el magistrado Salazar Alvarado.

Los magistrados recibieron el expediente hasta el 7 de mayo, así que esos trámites de firmas habrían ocurriendo dentro del tiempo esperado.

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