País

Privatizar BCR requiere 38 diputados pero mecanismo de venta será a gusto del Consejo de Gobierno 

Comité de Venta con jerarcas de Hacienda, Presidencia, Planificación, Economía y Trabajo, son quienes decidirán precio y forma en que se venderá el conglomerado del BCR

Un criterio del Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa asegura que la privatización del conglomerado financiero del Banco de Costa Rica (BCR) requiere de 38 votos, o mayoría calificada del plenario, para aprobar la venta del BCR a nuevos dueños privados, en razón de ser una institución pública autónoma.

No obstante, la autorización legal que haga la Asamblea Legislativa también autorizaría que el Gobierno realice un procedimiento de venta especial, ajustado al gusto de ministros y ministras. Esto ocurrirá si el proyecto de ley del Ejecutivo se cumple tal y cómo fue planteado.

Servicios Técnicos afirma que “En caso de traspaso a sujetos privados, aparte de que se requiere autorización legal y mayoría calificada, se puede dispensar la aplicación de la ley común de contratación administrativa, y disponer un procedimiento especial”. Así responde el Departamento legislativo a consultas de la socialcristiana María Marta Carballo, en un oficio de este 14 de setiembre.

No obstante, el procedimiento especial ya está definido en el proyecto de ley 23.331, tal y como lo presentó el Ejecutivo de Rodrigo Chaves.

El expediente define al Consejo de Gobierno “como junta de accionistas del BCR conformada por los ministros y ministras de Gobierno con cartera”. Asimismo, de ese órgano se desprenderá un Comité de Venta con cinco jerarcas cercanos al presidente Chaves.

El Consejo de Gobierno tendrá que “Nombrar, de su seno, a un Comité de Venta conformado por los ministros y ministras de: Hacienda, quien la presidirá; Presidencia, Planificación Nacional y Política Económica; Economía, Industria y Comercio y; Trabajo y Seguridad Social”. Es decir, si el Ejecutivo se mantiene sin nuevas renuncias, se tratarán de Nogui Acosta; Natalia Díaz; Laura Fernández; Francisco Gamboa; y Marta Esquivel.

A este equipo le tocará “Desarrollar técnicamente el cartel y bases de venta para aprobación por el Consejo de Gobierno en pleno”; también son encargados de definir “el precio y estructuración de venta de los activos, pasivos, banca y empresas subsidiarias del BCR”.

El mismo proyecto de ley del Gobierno afirma que la actual Junta Directiva del BCR y su Gerencia General recibirán “consulta no vinculante” en “los aspectos relacionados al proceso legal de traslado y traspaso de los activos, pasivos, operaciones bancarias, derechos y obligaciones”.

De acuerdo con el Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa, pese a poder definir un proceso especial que se separe de la Ley General de Contratación Administrativa,  “la venta o el proceso en general deberá estar siempre sometido a los principios constitucionales de publicidad, transparencia y amplia participación, conforme lo establece el artículo 182 de la Constitución Política, por tratarse de activos públicos”.

El proyecto de ley únicamente define que el cartel de venta será publicado “al menos en el Diario Oficial La Gaceta y dos diarios o semanarios internacionales especializados, sean físicos o digitales, por medio de los cuales se invite a presentar manifestaciones de interés en la compra”.

Es  el Comité de Venta de cinco ministros quien deberá estructurar la venta “en uno o varios carteles, mediante concurso de alcance nacional e internacional, los cuales deberán ser elaborados por el Comité de Venta y aprobados por el Consejo de Gobierno, constituido como Asamblea de Accionistas del BCR”.

El precio de las acciones del BCR será “aprobado por el Consejo de Gobierno, actuando como Asamblea de Accionistas del BCR”.

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