País

Posponen votación de propuesta que debilitaría controles en lucha contra fraude fiscal

La iniciativa del diputado socialcristiano Pablo Heriberto Abarca fue criticada por el Banco Central y por el Ministerio de Hacienda.

La comisión de asuntos económicos de la Asamblea Legislativa pospuso la votación de una reforma propuesta por el diputado de la Unidad Socialcristiana, Pablo Heriberto Abarca, para que las personas y sociedades jurídicas del país declaren sus beneficiarios finales cada cinco años en vez de cada año, la cual que ha sido criticada por facilitar el fraude fiscal.

El proyecto reformaría la Ley para Mejorar la Lucha Contra el Fraude Fiscal (Ley 9416) para que las declaraciones ordinarias que deben realizar todas las personas y estructuras jurídicas del país en el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF) sea cada cinco años en lugar de anualmente, como sucede en este momento.

El Banco Central de Costa Rica (BCCR) se pronunció sobre el proyecto el pasado 6 de julio y declaró que su “consecuencia inmediata” sería “la dificultad práctica de cumplir con los objetivos de eficiencia recaudatoria y lucha contra el fraude fiscal, combate al lavado de dinero y la legitimación de capitales, transparencia e intercambio de información que busca la Ley 9416, así como los compromisos que en esas materias ha adquirido el país con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OECD) y el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI)”.

Según el criterio del BBCR, el proyecto de ley “no solo impediría que las autoridades competentes, en este caso el Ministerio de Hacienda y el Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), cuenten con información veraz, oportuna y actualizada de los accionistas y beneficiarios finales de las personas jurídicas y estructuras jurídicas, sino que además comportaría un retroceso del país en el cumplimiento de los compromisos adquiridos ante la OCDE y el GAFI en materia de transparencia fiscal y el combate del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo”.

Asimismo, la Dirección General de Tributación -que emitió su criterio en un documento fechado 20 de julio y firmado por Carlos Vargas- considera que la declaración anual al Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, “permite que la calidad la información sea actualizada, fidedigna y oportuna debido a que es la mejor manera de mantener la efectividad de los compromisos adquiridos con la OCDE de conformidad con los estándares internacionales del Foro Global de Transparencia e Intercambio de Información para Fines Fiscales (FG) y las recomendaciones del GAFI”.

El diputado del Frente Amplio, José María Villalta, explicó que dicho proyecto de ley no contribuye a combatir el fraude fiscal sino que más bien atenta contra el registro de accionistas aprobado. Esto por cuanto actualmente, al ser este un mecanismo annual, por lo menos la administración tributaria puede hacer algo de seguimiento.

“Pero ¿qué pasa si no reportan el cambio? La administración tributaria no tiene forma de saber que se dio un cambio en la estructura y que ahora el beneficiario es otro. Al siguiente año fiscal, por ejemplo no puede cobrar la multa, porque no hay forma de saber de ese cambio y de que ahora las ganancias se las deja otro”, apuntó Villalta.

Después de las intervenciones del diputado Villalta, exponiendo los problemas que tiene el proyecto, las y los diputados de la comisión decidieron suspender la votación de las mociones propuestas por el diputado Abarca y posponer su discusión.

Luego, en la comisión de hacendarios, el diputado Villalta preguntó al ministro de Hacienda, Elián Villegas, si el gobierno está de acuerdo con debilitar los controles en la lucha contra el fraude fiscal.

A lo cual Villegas respondió: “No estamos de acuerdo en debilitar esto. Hubo un acuerdo con el ICD y fue un análisis técnico y estuvimos de acuerdo en que la declaración no tenga que presentarse cada año pero que sí se tengan que declarar todos los cambios que se hagan para mantener el registro actualizado”. Villegas afirmó que el criterio técnico de Carlos Vargas -quien el 1 de julio volvió a Hacienda como Director de Tributación- es que esto no incumple con los lineamientos de la OECD.

Villalta cuestionó a Villegas: ¿Pero según el criterio del Banco Central eso debilita el registro de beneficiarios finales. Cinco años es mucho tiempo para idear una buena estructura de lavado de dinero y de fraude fiscal”.

Mientras que el ministro de Hacienda insistió en que “no puede partirse del principio de la mala fe de las personas; tiene que partirse de que las personas van a cumplir con sus obligaciones”.

Lo que estipula el oficio de la DGT es que “la anualidad de la declaración garantiza la disponibilidad de la información, de manera efectiva, en tiempo real y en calidad de la misma”; pero que si los diputados insisten en reformar la ley, entonces debería redactarse: “Esta obligación de suministro de información deberá cumplirse cada cinco (5) años de forma ordinaria y de forma extraordinaria cada vez que se dé alguna variación de cualquier tipo en la información declarada, incluyendo la que modifique la determinación del beneficiario final en cualquier proporción porcentual participación, ya sea por control directo o indirecto, u otros medios. De forma anual, con excepción del año que presenten la declaración ordinaria, presentarán una declaración jurada indicando que la información suministrada en el sistema del Banco Central de Costa Rica, se encuentra actualizada”.

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