Un cambio sustantivo en la Ley Marco de Empleo Público (21.336) permitirá que la política salarial tenga concentración de tres órganos ejecutivos: Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Planificación (Mideplan) y la Dirección General de Servicio Civil. Con este cambio, propuesto por el verdiblanco Luis Fernando Chacón, perderá facultades la Comisión Negociadora de Salarios Públicos.
Este ente está, desde el 2010, conformado por representantes del Poder Ejecutivo y sectores sindicales y gremiales. Participan el Ministerio de Trabajo, el de Presidencia, Mideplan, Hacienda y el Servicio Civil. Desde sindicatos, participan confederaciones sindicales, la Asociación Nacional de Educadores (ANDE), la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE) y otros sindicatos representativos. Este mismo grupo de personas también revisa, semestralmente, los salarios mínimos para el sector privado.
La propuesta para cambiar la rectoría del empleo público fue aceptada por la Comisión de Gobierno y Administración, durante una extensa sesión durante el miércoles.
“El concepto de la rectoría, de acuerdo a lo que ha dicho la Sala (Constitucional), debe estar en el Poder Ejecutivo. No necesariamente en el ministerio A o en el ministerio B, sino en el Poder Ejecutivo. Pretendemos que exista una sombrilla única fortalecida para que todas las relaciones laborales entre el Estado y sus colaboradores estén bajo una sola sombrilla”, explicó el diputado Chacón.
Entre otros elementos, la moción verdiblanca crea la figura del Sistema General de Empleo Público que es un órgano conformado por la Dirección General de Servicio Civil (DGSC); “las oficinas, departamentos, áreas, direcciones unidades o denominaciones homólogas de Gestión de Recursos Humanos de las entidades y órganos bajo el ámbito de aplicación de la presente ley”; Mideplan y todo el conjunto normativo que regula la administración del servicio público. Este Sistema no recibe facultades ni responsabilidades.
Por otro lado, más adelante, el plan establece que la DGSC, Mideplan y el Ministerio de Hacienda “prepararán conjuntamente una declaración anual de la política de remuneración que presentarán al Consejo de Gobierno para su aprobación”.
La rectoría de la política salarial del sector público, según el decreto Nº 35730-MTSS del 2010, es una negociación entre sectores sindicales y el Gobierno. El decreto argumenta que “el Poder Ejecutivo y las Organizaciones Sindicales consideran de sumo interés el diálogo permanente y la búsqueda constante de coincidencias en los diferentes aspectos que inciden en la relación de servicio laboral Gobierno-Funcionarios (as) Públicos (as) (…) la Comisión de Salarios del Sector Público se inserta como un canal de diálogo social permanente dentro de la temática del Trabajo Decente asumido por nuestro país”.
A la fecha, la comisión se reúne de forma semestral e incorpora a los sindicatos en las negociaciones salariales, tanto para el sector público como para los mínimos del sector privado.
El cambio aceptado por Gobierno y Administración cambia el cálculo a un cálculo anual y, además, reemplaza los aportes sindicales por “Observaciones de las organizaciones de la sociedad civil” (sin especificar cómo se obtendrán estas observaciones).
La administración Carlos Alvarado propuso otros cambios a la Comisión Negociadora de Salarios del Sector Público desde el 2018. El decreto fue suspendido durante el segundo semestre del 2018 y el primer semestre del 2019; en coincidencia con un impulso a políticas para paliar el déficit fiscal, como la aprobación de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.
A mitad del 2020, el decreto Nº 35730-MTSS también recibió una modificación para congelar los salarios públicos si la deuda pública asciende el 60% del Producto Interno Bruto (PIB).
Dado que en este 2021 la deuda pública corresponde a un 67,5% del PIB, la Comisión tiene impedimento de negociar “incrementos por costo de vida en el salario base, ni en los demás incentivos salariales, los cuales no podrán ser reconocidos durante la duración de la medida o de forma retroactiva, salvo para lo relacionado con el cálculo para determinar las prestaciones legales, jubilaciones y la anualidad del funcionario”.
Con la moción del PLN, la Ley de Empleo Público podrá dispensar de la Comisión Negociadora de Salarios para establecer el referente anual con el que se calculará el salario global.
Puede leer la moción a continuación:
Grupo multipartidista aprueba cláusula de objeción de conciencia en Ley de Empleo Público
Propuesta de Jonathan Prendas fue firmada y aprobada por PAC, PLN, PUSC y Restauración Nacional

