País Pandemia no justifica falta de pago

Personas desempleadas por COVID-19 siguen desprotegidas ante posibles desalojos de vivienda

Pese a proyectos de ley en la Asamblea Legislativa, la discusión para apoyar a las personas que sufren por la emergencia en este rubro sigue estancada.

Shirley termina de subir las gradas que la separan de la entrada a su barrio. Carga sobre la espalda, los pies y la mente más de tres horas a pie en busca de una nueva casa; el corazón lo lleva con preocupación porque en dos días ella, su hija y sus tres nietos se quedarán sin techo que los cobije.

Cuando da la vuelta en la esquina deja de respirar. Una patrulla de la Fuerza Pública está esperando frente a su casa. “Lo primero que pensé es que llegaban a sacarme, pero todavía me quedaban unos días para desocupar. Usted no se imagina la angustia”, cuenta. Los oficiales, después de un par de minutos que le parecen eternos, se dirigen a otra residencia, unos metros hacia el norte. Shirley vuelve a respirar y sigue caminando.

Al primer trimestre del 2020, el Circuito Judicial de San José reúne 1.997 causas de procedimientos monitorios arrendaticios; esta es la provincia con mayor número de casos.

“Yo antes limpiaba casas, pero con esto de la pandemia me quedé sin trabajo y no he podido pagar. El martes a las 9 de la mañana me llegó la notificación de que tenía cinco días para desocupar. A la señora que me alquila no le importó que le explicara y yo no quise pelear. Ahora ando buscando donde pasarnos, por eso cuando vi a la Fuerza Pública pensé que venían a sacarnos”, comentó Shirley.

La mujer, de 47 años, vive en Cinco Esquinas de Tibás, con su hija de 22 años y tres nietos de 11, 8 y 7. La emergencia por COVID-19 hizo que sus empleadores prescindieran de sus servicios, tanto para ahorrar dinero como por temor a un posible contagio.

“Don Jorge, con el que más trabajaba, me dijo que ellos habían tenido que vender hasta un negocio que tenían y que la situación no estaba para que yo  estuviera yendo a limpiar. Y la otra patrona, doña Patricia, me dijo que le daba miedo que como yo venía de la calle trajera un virus y se lo pegara”, contó Shirley.

Esta situación hizo que la trabajadora doméstica perdiera la capacidad de pagar la casa que estaba alquilando.

“El 21 de diciembre pagué enero. En enero pagué el mes de febrero y en marzo usamos el mes de fondo, por el depósito de la casa, para cancelarlo. Abril y mayo ya no los pude pagar y por eso me llega la notificación de desalojo”, aseguró.

Pese a que la suspensión de contratos y reducción de jornadas han sido establecidas como medidas ante el COVID-19, las personas que han visto disminuidos sus ingresos carecen de protección ante estos posibles desalojos de sus hogares. En el Congreso se han presentado proyectos en esta línea pero, de momento, ninguno se ha discutido en alguna comisión.

Ley actual no valora COVID-19

La norma que regula la relación de los arrendamientos es la Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos (Inquilinato), que data de 1995. El artículo 121 establece que el arrendador tiene cuatro posibilidades para reclamar el desalojo de su inquilino: mediante un proceso sumario, monitorio arrendaticio, desahucio administrativo y un proceso ordinario.

“El proceso más expedito para expulsar a un arrendatario de la vivienda es el monitorio arrendaticio. La parte que solicita tiene que tener, necesariamente en su poder, prueba documental de la existencia de la relación de arrendamiento. El proceso es para pedir el desalojo, ya sea porque venció el plazo del arrendamiento, porque faltó el pago de la renta o porque no se pagaron los servicios públicos”, explicó la abogada de la firma Batalla, Mariela Martínez Gómez.

La misma ley establece que por fuerza mayor o caso fortuito el arrendatario podría no realizar el pago de la vivienda; sin embargo, este artículo no contempla pandemia como la que vive el país actualmente.

“Si bien es cierto que se puede tener caso fortuito o fuerza mayor, para este tipo de contratos no es propiamente una justificante dada por ley y no podría la parte establecer que el COVID-19 es una razón por la que no se está realizando el pago. El Código Civil establece que la obligación se debe cumplir, las partes podrían llegar a un acuerdo para suspender el pago por un tiempo, pero deberían estar de acuerdo por escrito”, afirmó el abogado de Aselecom Abogados, Kendall Ruiz Jiménez.

Debido a estas disposiciones, el dueño de la vivienda tiene la potestad de solicitar el desalojo incluso luego de un corto tiempo de no recibir el pago correspondiente.

“En la actualidad, el simple hecho de que no se pague un mes de renta es causal para el proceso. Hay una tolerancia de alrededor de siete días. Incluso si se da una carta, en la que se le pide al inquilino que se ponga al día, se tienen diez días más de gracia. Después de eso, como arrendador, no se tiene ningún inconveniente en ir y solicitar el desalojo”, indicó Martínez Gómez.

Proyecto de ley aún no está en comisión

Una de las posibilidades de protección para las personas que no pueden pagar sus alquileres está en el proyecto “Ley de moratoria en desahucios judiciales y administrativos”, presentada por el diputado liberacionista Wagner Jiménez Zúñiga.

“El espíritu de esta iniciativa busca que exista un mecanismo para suspender los desahucios administrativos y judiciales en las viviendas, apartamentos y locales comerciales que se generen producto de la crisis financiera del COVID-19. Es un proyecto muy sencillo que lo que busca es alivianarle la carga a las personas que han experimentado una reducción en su jornada laboral así como despidos o suspensiones temporales de su trabajo”, explicó Jiménez.

Sin embargo, los argumentos presentados por la Cámara de propietarios en contra de esta iniciativa han retrasado el debate. “Hemos recibido cartas extensas donde ellos argumentan una invasión al derecho privado y al Código Civil. También las afectaciones que tendrían las personas que hoy subsisten gracias a los ingresos que tienen en departamentos y en locales comerciales, por ejemplo, personas jubiladas cuya única fuente de ingreso es esa. Nosotros estamos esperando que el proyecto lo asignen en alguna comisión para poderlo defender pero hasta la fecha no se ha realizado esa gestión”, indicó el diputado.

Otra traba que ha presentado la discusión del proyecto es la duplicidad de propuestas y otras iniciativas similares presentadas por el Poder Ejecutivo.

“Nosotros estamos buscando la forma de unificar ese proyecto con otras iniciativas que también se han venido discutiendo. Instalamos una mesa durante mucho tiempo para poder discutir este y otros temas. Nos afectó mucho la unificación de proyectos porque luego apareció otra idea del Gobierno que lo que pretendía era la suspensión de pagos, entonces se mezclaron los dos proyectos y al día de hoy ha sido difícil ponerse de acuerdo”, aseguró Jiménez Zúñiga.

Según la redacción actual del proyecto de ley, las personas podrían justificar el no pago de los alquileres a través de la carta del patrono donde se señale la reducción de la jornada laboral o la suspensión de los contratos, así como las declaraciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Con la situación actual, provocada por el COVID-19, estos proyectos darían la posibilidad de suspender los desalojos mediante una disposición expresa y por la moratoria de tres meses, según explicó la abogada Martínez Gómez.

“Esa moratoria quiere darse en los casos donde no se dio la posibilidad de llegar a un arreglo entre arrendador y arrendatario. Ahorita está dependiendo mucho de las partes, porque en esa misma ley hay una disposición de que la deuda se llegue a pagar en un plazo después, de modo que el arrendador y el arrendatario lleguen a un acuerdo para que enero de 2021 reciba lo que dejó de percibir durante el plazo de moratoria y, mientras tanto esté este plazo, se dé la suspensión los procesos de desahucio”, dijo.

Jueces están incapacitados para fallar a favor del arrendatario

Al igual que el trámite que enfrentó Shirley, durante los primeros tres meses del año fueron presentados otros 3.328 procesos monitorios arrendaticios para el desalojo de viviendas. El I Circuito Judicial de San José fue el que recibió más casos de este tipo, con 1513, seguido del III Circuito Judicial de la misma provincia, con 484.

Ante estos datos, y frente a la ausencia de una norma que permita que el COVID-19 pueda ser una causa para el incumplimiento de pago, la abogada Martínez Gómez considera que los jueces podrían considerarlo, por decisión propia, como un elemento para apoyar al inquilino.

“Puede ser que haya un juez que se atreva a decir, aunque no haya una ley, que existe una causal para el incumplimiento, aunque la ley de arrendamientos no prevé estos casos. El tema COVID-19 podría ser algo de fuerza mayor porque hay un virus que no está bajo control de la persona incumpliente, es muy conocido a nivel mundial, y hay caso fortuito porque además hay decretos del Ministerio de Salud, que está limitando el comercio y el trabajo”, argumentó.

Pese a dicha sugerencia, la jueza civil, Adriana Orocú, aseguró que no hay posibilidad de aplicar este tipo de propuesta sin un respaldo legal.

“Si no hay pago, eso es causal de desalojo. Podría discutirse, pero a nivel de otro proceso que se llama cobro de alquileres insolutos. En el caso de que la causal de desalojo ya está constituida ya ahí no hay una normativa o algo que obligue al juez a no actuar y a no declarar una situación jurídica que ya está declarada procesalmente, porque sería el juez el que incurre en una actuación contra la ley”, explicó.

Orocú agregó que, en caso de querer apoyar a las personas afectadas por la COVID-19, la Asamblea Legislativa debería aprobar alguno de los proyectos de ley establecidos, ya que por iniciativa propia los jueces están imposibilitados a tomarlo como justificante.

“Lamentablemente, los intentos que han habido a nivel legislativo para poder determinar alguna otra consecuencia por el impago en una temporalidad mientras que se está en este tipo de emergencias no han fructificado. No hay ninguna norma que pueda abrir algún portón al juez para hacer una valoración mucho menos estricta de lo que determina la ley”, señaló.

La jueza civil también recomendó que, en estos tiempos de pandemia, se recurra a documentos escritos en caso de llegarse a algún acuerdo entre las partes para suspender los pagos correspondientes.

“Cuando hay una modificación del monto y la fecha de pago tiene que ser por escrito, porque si hay una disposición verbal tampoco vale. Mucha gente dice que ha llegado a acuerdos con el arrendante para bajar montos, pero si no está por escrito el juez no tiene como interpretar la ley de otra forma”, finalizó.

Un nuevo hogar

Luego de ochos meses en el barrio y después de cuatro días de búsqueda, Shirley encontró una nueva vivienda. Tuvo que esperar un día más para poder mudarse, ya que la casa no tenía instalada la electricidad, pero el comienzo ya es un hecho.

“Gracias a Dios ya tenemos una casita. Me preocupa un poco el barrio, pero por lo menos tenemos un techo sobre la cabeza. El susto con la Fuerza Pública fue que, con la casa sin luz, pensé que nos íbamos a tener que quedar en la calle, pero ya todo pasó”, contó.

El nuevo barrio, sin embargo, no soluciona la falta de trabajo y la situación de la pandemia le resta optimismo a Shirley, porque no aparece una oportunidad ni una protección especial mientras se supera la crisis.

Mientras ella se marcha a su próximo hogar, los proyectos de ley que podrían ayudarle se quedan en el mismo lugar: engavetados en la Asamblea Legislativa.

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