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Personas con Discapacidad no fueron”debidamente” consultadas sobre plan que sube vida útil de buses

La ampliación de la vida útil de los buses por un período de cinco años más “no es proporcional ni razonable”, afirma el Consejo, pues ya el sector transporte ha tenido 26 años para realizar las mejoras.

El Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (Conapdis) se manifestó este martes su oposición al proyecto de ley número 22530, por violentar “el derecho de las personas con discapacidad y del público usuario de autobuses, al disfrute de unidades de transporte público accesibles y seguras”.

Este consejo, encargado del mejoramiento de la calidad de vida de las personas con discapacidad, recordó que desde que se creó la Ley 7600 (de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad) en 1996, se han realizado varias reformas sobre el tema de transporte público y destacó que en el 2006 se estableció en dicha ley que el Consejo de Transporte Público y el Ministerio de Obras Públicas y Transportes “no permitirán la circulación de autobuses de ruta en el servicio de transporte público, después de transcurridos quince años de su fabricación; este plazo es improrrogable”.

La ampliación de estos plazos por un período de cinco años más “no es proporcional ni razonable”, afirma el Consejo, pues ya el sector transporte ha tenido 26 años para realizar las mejoras.

“El MOPT y el sector concesionario, han tenido un plazo amplio para su cumplimiento. Además, las personas concesionarias han sido conocedoras de la vigencia de la ley 7600 y aceptaron a obligarse a cumplir los requerimientos de accesibilidad, la cual comprende a su vez, la renovación de las unidades”.

Además, afirman que la población con discapacidad no fue debidamente consultada durante la discusión del proyecto, lo que “representa una violación directa a sus derechos y una posible inconstitucionalidad por el procedimiento y, por el fondo, al tratar de obligar que las personas con discapacidad y a la población usuaria en general, utilicen unidades de transporte no accesibles, contrariando las disposiciones de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad”.

Finalmente, la ampliación del plazo de vida útil de los buses de 15 a 20 años “es contraria al avance en materia ambiental” por lo que afecta el derecho al ambiente sano y equilibrado, establecido en el artículo 50 de la Constitución Política, aseguran.

Por todas las razones previamente establecidas, el Consejo instó a las y los diputados “a considerar este criterio en el análisis y decisión sobre este proyecto de ley, para que sea acorde con el marco jurídico de derechos de las personas con discapacidad, el derecho al ambiente sano de toda la población; así como la observancia a los principios de derechos humanos, como el de progresividad, en el sentido que no cabe legislación en sentido contrario a derechos reconocidos”

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