País La entidad se encarga de equilibrar la economía

Nuevo Gobierno podrá cambiar 5 de 7 directivos del Banco Central

Tres nombramientos de la Junta Directiva vencen en el 2018, uno en el 2019 y uno en el 2021.

El Gobierno que resulte electo en la segunda vuelta del próximo 1º de abril podrá sustituir a cinco de las siete personas que integran la Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica (BCCR), debido a que igual número de nombramientos concluirán su período durante los próximos cuatro años.

Luis Díaz, encargado de Comunicación de la Presidencia del BCCR, confirmó que, además de Olivier Castro, actual presidente de la Junta Directiva, y de Helio Fallas, Ministro de Hacienda, en los próximos años terminarán los nombramientos de Juan Rafael Vargas, Silvia Charpentier y Marta Eugenia Soto, quienes cumplen funciones de dirección en esa Junta.

Sin embargo, mientras que los de Castro y Fallas terminarán el 8 de mayo del presente año, con el cese del actual Gobierno, los de Vargas, Charpentier y Soto concluirán sucesivamente en noviembre del 2018, mayo del 2019 y noviembre del 2021 (ver: “Nombramientos de los directores de la Junta Directiva del Banco Central”).

La Ley Orgánica del BCCR, N° 7558 del 03 de noviembre de 1995, establece que la Junta Directiva es la máxima autoridad de esa entidad. Esta tiene como objetivo principal mantener la estabilidad interna y externa de la moneda nacional y asegurar su conversión a otras monedas.

Como objetivo subsiguiente, las decisiones técnicas que tome esa Junta deben promover el ordenado desarrollo de la economía costarricense, a partir de la búsqueda de la ocupación plena de los recursos productivos del país; evitar o moderar las tendencias inflacionistas o deflacionistas que puedan surgir en el mercado monetario y crediticio; velar por el buen uso de las reservas monetarias internacionales; promover la eficiencia del sistema de pagos internos y externos y promover un sistema de intermediación financiera estable, eficiente y competitivo.

El artículo 17 de esa ley establece que el presidente del Banco Central, quien también preside la Junta Directiva, es designado por el Consejo de Gobierno por un plazo que se iniciará y terminará con el período constitucional del Presidente de la República.

También integrarán esa Junta el Ministro de Hacienda o quien ejerza temporalmente esa cartera en ausencia del titular y otras cinco personas “de absoluta solvencia moral y con amplia capacidad y experiencia en materia económica, financiera, bancaria y de administración”. Si bien estas personas serán seleccionadas por el Consejo de Gobierno por períodos de noventa meses, sus nombramientos deben ser ratificados por la Asamblea Legislativa.

Además de la formación y de la experiencia técnica exigida a esas cinco personas, el artículo 18, demanda que sean mayores de treinta años de edad, tengan la nacionalidad costarricense y sean “de reconocida y probada honorabilidad”.

Más larga es la lista de impedimentos, así como de condiciones que la ley establece como hacen incompatibles para que una persona pueda formar parte de esa Junta Directiva.

Entre ellas se encuentran haya sido declarada culpable en la vía judicial durante los cinco años anteriores a su nombramiento por atraso o falta de pago de obligaciones propias con cualquiera de las entidades financieras sujetas a la fiscalización; que estén ligadas entre sí por parentesco, consanguinidad o afinidad, hasta el tercer grado inclusive; o quienes sean socios de la misma sociedad, en nombre colectivo o de responsabilidad limitada, o formen parte del mismo directorio de una sociedad por acciones.

Además, no pueden formar parte de ella quienes integren o trabajen en los Supremos Poderes o les sustituyan en sus ausencias temporales; tampoco quienes desempeñen cargos públicos no remunerados por el Estado, con excepción del Ministro de Hacienda.

Tampoco puede serlo quien funja como gerente, personero o trabaje en el propio Banco Central, sea accionista e integrante de las juntas o consejos directivos de entidades sujetas a la fiscalización de la Superintendencia General de Entidades Financieras, de la Superintendencia de Pensiones o de la Comisión Nacional de Valores De igual forma quien, a la fecha de su nombramiento, tenga a sus padres, hermanos, cónyuges o hijos en alguna de esas condiciones en dichas entidades.

Tampoco pueden ser nombrados en la Junta Directiva del BCCR quienes ocupen la gerencia, personería o laboren en entidades financieras sujetas a la fiscalización, ni quienes trabajen para organismos financieros o bancarios internacionales y regionales.

El economista Ronulfo Jiménez, quien formó parte equipos económicos socialcristianos y en el pasado integró la Junta Directiva del BCCR, consideró que, además de los requisitos establecidos por esa ley, el Gobierno que resulte electo el próximo 1º de abril debe considerar la paridad de género a la hora de integrar esa instancia.

“También debe ser una persona de profesión economista con formación en temas de banca central, debe tener independencia de criterio y no tener conflictos de interés”, dijo.

Por su parte, la economista Roxana Morales, coordinadora del Observatorio Económico y Social de la Universidad Nacional y cercana al Partido Acción Ciudadana, opinó que, como mínimo, esas cinco personas deben contar con grado académico de licenciatura y maestría en el área de Ciencias Económicas, obtenido en una universidad de reconocido prestigio a nivel nacional o internacional, con títulos reconocidos por el Consejo Nacional de Rectores.

Además, opinó que deben contar con una experiencia mínima de ocho años ejerciendo como profesionales en el área de ciencias económicas y, al menos, dos relacionada con el sector financiero o bancario nacional.

“Esas personas no deben tener cuestionamientos por corrupción o faltas a la ética profesional en puestos de trabajo anteriores y deben encontrarse al día con el pago de sus obligaciones ante la Caja Costarricense del Seguro Social y el Ministerio de Hacienda”, añadió.

El economista independiente Carlos Solórzano, quien laboró en el Consejo Monetario Centroamericano, consideró que, además de los requisitos legales, quienes integren la Junta Directiva del BCCR “deben conocer muy bien el funcionamiento bancario y en especial las funciones y objetivos de la banca central en el contexto actual”.

“En el pasado tuvimos “directivos urólogos”, pero que manejaban muy bien el sentido común y la lógica y ello les permitía cuestionar cosas con sentido. Ello me lleva al otro elemento que creo que es básico: capacidad de hacer preguntas inteligentes y de cuestionar lo que los técnicos ven como evidente. En realidad, no ocupan grandes niveles de formación, sino honradez, inteligencia y razonabilidad”, agregó.

Finalmente, Marcos Adamson, del Instituto de Investigaciones en Ciencias Económicas de la UCR, quien integra el equipo económico del candidato Fabricio Alvarado, dijo que “el principal aspecto para ese tipo de labor es el de idoneidad. Personas que comprendan en detalle los aspectos económicos relacionados”.

“Eso permitirá que se forme una Junta Directiva que sea un cuerpo integrado, preparado y de análisis para la toma de decisiones en política monetaria, estabilidad de precios, tipo de cambio y otros”, concluyó.



 



 

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