El Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) anunció que desde este martes 27 de setiembre y durante dos semanas, se realizará la consulta pública para la Canasta Básica Tributaria para el Bienestar Familiar (CBTBF).
La consulta pública culminará el 11 de octubre, para que sean valoradas y proceder a la definición final de la CBTBF, cuya lista conformará los productos que pagarán un Impuesto al Valor Agregado (IVA) reducido de un 1%, en lugar del 13%.
La lista que se consulta incluye 213 productos, distribuidos de la siguiente manera: panes, repostería y galletas: 13; cereales, arroces, harinas y pastas: 13; leche: 11; huevos y carnes de pollo: 9; carne de res: 7; carne de cerdo: 8; embutidos: 15; pescados: 21; aceites: 5; frutas: 21; semillas: 3; azúcar: 2; jaleas: 2; condimentos: 3; aderezos y salsas: 4; productos para preparar bebidas: 5; artículos de limpieza e higiene: 5; bienes para cuidado del hogar; 5 y artículos escolares: 16.
“¿Cuáles bienes están es esta CBT? lo que consumen los tres primeros grupos de la población costarricense, si tomamos la población y la dividimos en diez grupos”, manifestó Francisco Gamboa, ministro de Economía, Industria y Comercio.
La canasta ha sido construida, considerando aspectos como el consumo efectivo primordial del 30% de la población de menores ingresos, de conformidad con los datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), así como otros criterios relacionados a grupos alimenticios y dietas saludables y balanceadas para la población que forma parte de los tres primeros deciles de consumo.
La propuesta que recibe la consulta pública fue elaborada por funcionarios de varios ministerios, con el objetivo de responder al consumo de esos tres deciles de la población con menores ingresos.
La lista puede consultarse en el Ministerio de Salud, en el siguiente enlace: https://www.ministeriodesalud.go.cr/index.php/biblioteca-de-archivos-left/documentos-ministerio-de-salud/vigilancia-de-la-salud/normas-protocolos-guias-y-lineamientos/vigilancia-nutricional/canasta-basica/borrador-decreto-reglamentacion-lista-de-bienes-cbtbif o puede solicitarse al correo: [email protected].