País Arma contra crimen organizado

Minoría bloquea aprobación de Ley de extinción de dominio

Proyecto en  trámite legislativo persigue cortar alimentación financiera de las mafias.

Tras la alarma que vivió la ciudadanía costarricense por la muerte a manos de gatilleros de un mafioso extranjero y su guardaespaldas, frente a un colegio en Escazú, donde un niño también resultó herido, aumentó la presión para que la Asamblea Legislativa apruebe la Ley de Extinción de Dominio, que lleva tres años discutiéndose y un grupo minúsculo de adversarios la tienen paralizada.

Hace un año la Comisión de Seguridad y Narcotráfico aprobó por unanimidad un proyecto sustitutivo del original presentado por un grupo liderado por el Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), y recomendó al plenario su aprobación.

Sin embargo, una minoría encabezada por el libertario Otto Guevara tiene paralizada la iniciativa, tachándola de inconstitucional y de amenaza para la institucionalidad democrática del país.

Guevara afirma que el proyecto viola el principio constitucional de presunción de inocencia, invierte la carga de la prueba, confisca bienes de personas sin  que haya de previo una sentencia de juez, viola la propiedad, entre otros peligros para el sistema democrático del país, que los defensores de la iniciativa a su vez niegan.

El jefe de la bancada libertaria se apoya en el criterio de la Defensa Pública del Poder Judicial y otros sectores que en audiencia ante la Comisión de Seguridad se opusieron al proyecto señalándole violaciones al debido proceso, entre otros defectos, aunque muchas de las observaciones fueron luego consideradas en textos sustitutivos del proyecto finalmente dictaminado (Ley especial de extinción de dominio, expediente Nº 19.571).

La comisión escuchó a una serie de expertos y representantes de instituciones que hicieron críticas y observaciones, y que en general coincidieron en la necesidad de contar con el instituto de extinción de dominio,  considerándolo un elemento imprescindible  para fortalecer la política criminal costarricense de combate a la delincuencia organizada.

El proyecto se nutrió de aportes de un grupo interinstitucional de discusión y análisis sobre la figura de extinción de dominio, que contó con asesoramiento técnico de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga  y el Delito.

Esa asistencia permitió realizar un estudio comparado regional teniendo la posibilidad de conocer las experiencias sobre la puesta en marcha del instrumento y sus efectos reales en las sociedades de Norte, Centro y Suramérica donde ya se aplica.

El proyecto contempla la creación de un procedimiento judicial especial para incautar los bienes a sospechosos de actividades criminales que no logren demostrar la procedencia lícita de sus bienes.

La extinción de dominio procederá cuando se acrediten los bienes que sean producto, directo o indirecto, de actividades ilícitas; bienes que sean instrumentos y/o medios de actividades ilícitas; bienes que constituyan un incremento patrimonial no justificado, cuando existan pruebas que a criterio del juez determinen que no se tiene una justificación sobre la licitud del crecimiento patrimonial, señala el texto, dentro de una lista de 12 causales.

En opinión del diputado Frank Camacho (Frente Amplio), quien participó en la discusión de la propuesta en comisión, detrás de la oposición a la ley hay mucho dinero y grandes intereses, y a la gente la “están engañando con el cuero del tigre”.

Tratan de decirle a la ciudadanía que con este proyecto lo que se quiere es confiscar bienes a diestra y siniestra, y no es cierto.

El  proyecto especifica claramente en cuáles causas se tendría que aplicar extinción de dominio, y tiene que ver con crimen organizado, trasiego de drogas, trata de personas, lavado de dinero, apuntó.

Además, se está abriendo un nuevo juzgado de extinción de dominio, el cual tiene que tener todo un proceso antes de que se pueda ejecutar una extinción de dominio.

“Tenemos que ser más responsables. Lo que es cierto es que estamos manos arriba ante el crimen organizado, y estamos viendo en nuestras comunidades cómo aparecen palacetes de personas a las que no se les conoce ni arte ni oficio, y en determinado momento andan en buen carro y corrompiendo a menores, es algo que estamos viviendo”, comentó Camacho.

Luis Paulino Mora, Viceministro de la Presidencia a cargo de impulsar los proyectos que le interesan al Poder Ejecutivo, consideró que hay una intención manifiesta de confundir cuando se afirma que el proyecto es innecesario porque ya existe una ley contra el crimen organizado.

En realidad lo que hay en esa ley es un simple capítulo de capitales emergentes, que deja mucho a la interpretación.

Por otro lado, no es cierto que extinción de dominio revierte la carga de la prueba, sino que el proyecto más bien retoma la necesidad de que la carga de la prueba la tenga el ente acusador.

“El tema de que usted tiene que probar el origen lícito de sus recursos es superado en el proyecto de ley  de extinción de dominio. Y cualquier persona protectora de los derechos de los encausados o de los derechos de los propietarios debería estar a favor de este proyecto”, sostuvo Mora.

En cuanto al señalamiento de que el proyecto viola el principio de presunción de inocencia, replicó que el estado de inocencia no se aplica en extinción de dominio, porque en este caso no se está hablando de responsabilidad de tipo penal, sino de derechos reales (bienes), que es una materia de naturaleza muy distinta a la penal.

OPOSICIÓN

En medio de la polémica, los jefes de bancada intentan llegar a un acuerdo para llevar la iniciativa a votación en el plenario legislativo.

El proyecto está para votación en el plenario, pero hay oposición del Movimiento Libertario y de algunos diputados de la Unidad Socialcristiana, dijo Ronny Monge (Liberación Nacional), presidente de la Comisión de Seguridad.

Señaló que los próximos días se podría abrir el plenario a comisión para ver detalles que algunos compañeros quieren introducir.

En su opinión, el proyecto como está pasa el compromiso de constitucionalidad y será una herramienta útil contra el crimen organizado.

No es la panacea, pero es una herramienta que contará con la creación de una jurisdicción especial. El problema es que se la está viendo como si fuera la jurisdicción del derecho penal, y no es lo mismo. Eso es como querer analizar el derecho agrario desde el derecho civil, así no se va a entender, comentó.

Otto Guevara afirmó que los jefes de bancada convinieron en impulsar un periodo de 45 días para celebrar una mesa de diálogo sobre este tema, involucrando al Colegio de Abogados, Defensa Pública, Fiscalía, Organismo de Investigación Judicial y partidos políticos.

Insistió en que la propuesta de extinción de dominio es innecesaria, porque ya la ley contra la delincuencia organizada tiene tres artículos, que establecen algunos mecanismos bajo los cuales se puede extinguir el dominio a personas  que están vinculadas con hechos delictivos.

Inclusive hay una sentencia de la Sala Constitucional que señaló en el 2015 que esos tres artículos son constitucionales. La ley se puede aplicar cuando hay capitales emergentes o cuando no hay una justificación de la adquisición, aseguró.

Además, dijo que, en las calificaciones que hacen a Costa Rica la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y el Grupo de Acción Financera (GAFI), el país pasa la nota en el tema de si eventualmente se tuviera que tomar bienes de quienes estén involucrados en actividades delictivas.

De manera que la ley no es requerimiento de GAFI y OCDE (como se ha dicho desde el gobierno), “es una majadería de la embajada gringa y una presión a nivel internacional que quiere meternos en una camisa igual a otros países que tienen sistemas muy diferentes a los nuestros en materia de Poder Judicial y Poder Ejecutivo”, opinó el libertario.



Ley en la región

La extinción de dominio se define como un instituto jurídico dirigido contra los bienes de origen o destinación ilícita. Es una respuesta eficaz contra el crimen organizado, cuyo núcleo radica en la persecución de toda clase de activos que integren la riqueza derivada de la actividad criminal.

La extinción de dominio es una consecuencia jurídico-patrimonial de actividades ilícitas consistente en la declaración de titularidad a favor del Estado de los bienes a que se refiere la ley, por sentencia de autoridad judicial, sin contraprestación ni compensación de naturaleza alguna, explica el argentino Carlos Enrique Llera, especialista en derecho penal y procesal penal.

La acción de extinción de dominio es imprescriptible, distinta e independiente de la persecución y la responsabilidad penal. Se basa en el axioma de que un título ilegítimo no genera derecho.

La noción de que nadie debe beneficiarse de sus acciones ilícitas es un principio reconocido por todas las tradiciones jurídicas.



Legislación en marcha

La extinción de dominio es ley desde hace años en países como México, Guatemala, Honduras, El Salvador y Colombia, entre otros.

Colombia tiene esa legislación desde hace 20 años, y la semana antepasada entró en vigencia una nueva que agiliza los procedimientos para confiscar bienes al crimen organizado, incluyendo narcotráfico, guerrilla, trata de personas y funcionarios corruptos.

En Argentina el oficialismo intenta reflotar en el Senado un proyecto de  extinción de dominio que había sido aprobado el año pasado por la Cámara de Diputados, y ahora trata de lograr consenso con la oposición para aprobarlo también en el Senado y se convierta en ley de la República.



 

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