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Magistrada solicitó eliminación de resoluciones penales referidas a casos de supremos poderes 

La solicitud hecha por Patricia Solano podría violentar la legislación vigente y el caso ya fue hecho del conocimiento de la Fiscalía General. Además, uno de los documentos ya no se encuentra y guarda relación con una causa contra los exmagistrados Celso Gamboa y Carlos Chinchilla.  

La magistrada Patricia Solano, por escrito, solicitó el pasado 19 de abril “eliminar, de la base de datos Nexus, los votos emitidos por la Sala de Casación Penal en procesos de Supremos Poderes” y citó, por número, cinco resoluciones de 2018 y dos de 2019, todas desestimaciones de causas.

Esa solicitud fue dirigida a Patricia Bonilla, jefa del Centro de Información Jurisprudencial del Poder Judicial, y las resoluciones tienen que ver con causas desestimadas contra personas magistradas o exdiputadas y un exministro.

Solano, quien precisamente preside la Sala de Casación Penal o Sala III del Poder Judicial, justificó la petición “en aras de cumplir con la privacidad de las actuaciones en la etapa preparatoria”, para lo cual dijo encontrar fundamento en el Código Procesal Penal, la Ley de Protección de la Persona frente al tratamiento de sus datos personales y su reglamento.

Desde el 21 de abril, UNIVERSIDAD había solicitado información sobre la petición de Solano y este 16 de mayo el magistrado presidente de la Corte Suprema de Justicia, Fernando Cruz, respondió que, “ante la gestión planteada” por Bonilla, en sesión del pasado 5 de mayo el Consejo Superior del Poder Judicial acordó pedir el criterio de la Dirección Jurídica.

Cruz además informó que, en calidad de presidente de la Corte, “solicité a la Fiscalía General de la República realizar los actos de investigación necesarios de acuerdo con las competencias legales de este órgano judicial”.

Confirmó también que ese mismo día recibió un oficio de un abogado de apellidos Castro Fernández y que el tema “se agendará para que sea conocido en una sesión de Corte Plena como corresponde”.

Por otra parte, la solicitud de Solano podría reñir con la Ley del Sistema Nacional de Archivos, cuyo ámbito abarca a “los archivos de los Poderes Legislativo, Judicial y Ejecutivo”, instituciones que, de acuerdo al artículo 35, “estarán obligadas a solicitar el criterio de la Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos, cada vez que necesiten eliminar algún tipo documental”.

El artículo 36 de esa ley además establece que “será penado con seis meses a tres años de prisión, el funcionario que autorice o lleve a cabo la eliminación de documentos con transgresión de lo que dispone el artículo anterior, salvo que el hecho configure un delito sancionado con una pena mayor”.

A través de la oficina de prensa del Poder Judicial, Solano indicó que “se referirá al respecto en el momento procesal oportuno como corresponde, al estar este tema bajo examen del Ministerio Público”.

Casos

Consultada la base de datos Nexus se dio con todas las resoluciones de la Sala III que Solano solicitó eliminar, excepto una de 2019.

La primera de ellas es la Nº 00864-2018, de noviembre de 2018. Se desestimó una acusación por tráfico de influencias, incumplimiento de deberes, favorecimiento personal y malversación de fondos, que un sujeto de apellidos Reyes Parajón planteó contra todos los diputados y diputadas del periodo trasanterior que integraron una Comisión especial investigadora sobre transacciones de bancos estatales.

La acusación incluyó a todos los magistrados y magistradas de la Corte Plena, ya que el hecho denunciado fue que el Poder Judicial acordó el préstamo de un analista criminal del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) para que asistiera el trabajo de la mencionada comisión.

Se encontró un solo texto de resolución para las siguientes dos cuya eliminación pidió Solano, las 868-2018 y 869-2018 —también de noviembre 2018—, lo cual según supo UNIVERSIDAD, puede deberse a un error material. Se trata de la denuncia de una persona de apellidos Ramírez Ulate contra Carmen María Escoto Fernández, Luis Guillermo Rivas Loaíciga, Román Solís Zelaya y William Molinari Vílchez —en ese momento todos integrantes de Sala I—, por el delito de prevaricato, es decir, dictar resoluciones contrarias a la ley o basadas en hechos falsos.

El texto de la resolución no versa sobre el caso concreto respecto al que la decisión de la Sala I fue cuestionada, sino la inconformidad del denunciante con que la Fiscalía solicitara la desestimación del caso.

La resolución 901-2018 de diciembre del 2018 es la desestimación de una causa por desobediencia contra el liberacionista Roberto Thompson, quien fungió como diputado en el periodo pasado, pero la denuncia se refiere a su gestión como alcalde de Alajuela.

Se trata de la acusación que un ciudadano presentó contra Thompson por no cumplir una resolución de la Sala Constitucional, respecto a la limpieza de una calle. Sin embargo, esa sentencia de la Sala IV giró la orden a ser cumplida en tres días por el antecesor de Thompson en el puesto, el también exdiputado Fabio Molina, razón por la cual se desestimó.

La última de las resoluciones de 2018 es la 907-2018, de diciembre, contra Edgar Mora, quien llegó a ser ministro de Educación, pero la causa tiene que ver con su gestión como alcalde de Curridabat.

Se le acusó por los delitos de incumplimiento de deberes, influencia contra la Hacienda Pública y otros, a raíz de varias contrataciones y un convenio. En solo uno de los hechos que se le imputaron había base para plantear una acusación de tipo penal, pero ya había prescrito.

Respecto a las resoluciones de 2019, la 242-2019, del mes de febrero, se planteó “en contra de [Nombre 001]”, según se protege la identidad en el documento original, por el delito de incumplimiento de deberes.

Sin embargo, se trata de hechos ocurridos en la Municipalidad de San Pablo de Heredia y  posteriormente el texto sí menciona que se trata de una diputada y apunta “en fecha 31 de agosto de 2016, la entonces alcaldesa [Nombre 001]…”.  La única alcaldesa de San Pablo de Heredia que llegó a ser diputada fue Aracelly Salas, de la Unidad Social Cristiana.

La acusación tuvo que ver con la denuncia de un funcionario de esa Municipalidad, quien cuestionó la contratación de una abogada externa para constituir un órgano investigador en una causa disciplinaria en contra del propio denunciante.

Finalmente, la magistrada Solano también solicitó que se eliminase la resolución 340-2019, la cual de manera contrariante no apareció en la base Nexus.

Sin embargo, en su solicitud, Solano apuntó respecto a este documento que “está asociado a la sentencia 2018-708, de esta Sala”.

Esa sentencia data de setiembre de 2018 y es una desestimación de la acusación por prevaricato contra Carlos Chinchilla Sandí, Jesús Ramírez Quirós, Doris Arias Madrigal, Maria Elena Gómez Cortés y Celso Gamboa Sánchez, quienes al momento ocupaban magistraturas. Cabe recordar que sus decisiones respecto al célebre caso del cemento chino costaron su puesto como magistrados a Chinchilla y Gamboa.

La acusación se refiere a la decisión final que esas personas tomaron en un caso en que se había exculpado a un sujeto por homicidio. Esa decisión consistió en declarar inadmisible un recurso de casación presentado por ese sujeto.

Se desestimó la acusación contra Jesús Ramírez y María Elena Gómez, pero para ese momento ya Chinchilla, Arias y Gamboa no eran magistrados por lo que su destino ya no era competencia de la Sala III.

Cabe recordar que, cuando se trata de decisiones de cualquiera de las salas de la Corte Suprema de Justicia respecto a diputados o diputadas, no se puede soslayar el hecho de que la Asamblea Legislativa por medio de voto secreto decide elegir o reelegir a las magistraturas.

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