País

Magistrada Nancy Hernández se sacude de críticas sobre Acuerdo de Escazú

Luego de que el colectivo de ecología social Bloque Verde criticara a la miembro de la Sala Constitucional, Hernández aseguró que el acuerdo es muy valioso y por eso sugirió algunos ajustes durante una actividad académica.

Ante la crítica del colectivo ecologista Bloque Verde hacia la magistrada de la Sala Constitucional Nancy Hernández por sus comentarios sobre el Acuerdo de Escazú durante una actividad académica, Hernández brindó una entrevista a UNIVERSIDAD, en la que aseguró que siempre ha estado a favor del Acuerdo, por lo que no entiende el reclamo del grupo.

El grupo aseguró que en la actividad realizada el pasao 11 de mayo, Hernández pudo haber adelantado criterio sobre el Acuerdo, por lo que no debería entrar a ver su constitucionalidad y debería revisarse su candidatura como jueza ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

“Me llama poderosamente la atención que una magistrada tan experimentada como Nancy Hernández cometa semejante imprudencia en un foro público en el que se presenta un libro. De la misma manera, su famosa ‘nota’ de marzo del 2020 sobre la inversión de la carga de la prueba para declarar inconstitucional el Acuerdo de Escazú plantea interrogantes muy válidas sobre el riesgo que asumió al redactarla en los términos con los que la escribió”, dijo el profesor de Derecho Internacional Público de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, Nicolas Boeglin.

A continuación un extracto de la entrevista con la Magistrada, realizada esta mañana:

Usted participó el pasado 11 de mayo de la presentación del libro “Temas del Derecho Público, en homenaje al profesor Rafael González Ballar”, una actividad organizada por la UCR. En dicho encuentro usted se refirió al Acuerdo de Escazú ¿Cuáles fueron sus comentarios?

Participé como invitada profesora que soy de la maestría de Derecho Público de la UCR y se mencionó el tema, por lo que quise hacer un aporte positivo. Primero quise explicar mi voto, ya emitido, por lo cual no es ningún adelanto de criterio. Ningún juez puede adelantar criterio sobre un voto emitido, es una opinión posterior al voto y es totalmente legítima.

Adicioné que la maestría podía hacer un aporte muy importante para ayudar a pasar este acuerdo, con una ley de implementación que aclarara todos los temas que están preocupando a varios sectores que están enfrentados en este momento. También dije que la forma de enfrentar estas diferencias era un debate de altura y no a través del insulto entre las partes y que mientras no se diera ese encuentro el proyecto no iba a pasar. Cuando dije esto me refería al ambiente político, que es la única sede donde está en este momento el proyecto, que es en la Asamblea Legislativa.

No existe ningún caso pendiente sobre ese tema en la Sala Constitucional ni en el momento en el que yo participé de la actividad, de tal forma que yo no puedo adelantar criterio de un tema que ni siquiera está planteado en el tribunal. El aporte que hice fue en el sentido de lo valioso que es tratar de rescatar este convenio, de que la maestría se involucrara en formular un borrador de la ley de implementación, que acompañara este proceso para facilitar esto. Esa fue mi participación.

El Bloque Verde interpreta que usted adelanta criterio y que debería inhibirse de conocer el tema, si el acuerdo regresa a la Sala Constitucional ¿Qué responde ante esto?

Respeto la opinión del grupo, pero si se ve la sesión completa yo hablé a favor de la importancia del proyecto, a favor de hacer un punto de encuentro entre los grupos a través de una ley de implementación. Si el proyecto regresara a la Sala yo me inhibiría, pero por haber hablado a favor del Acuerdo de Escazú y de la forma en la que se puede corregir, pero como en el momento en el que yo emito esa opinión no hay ningún caso pendiente, no hay ninguna falta de mi parte.

Si volviera, al haber intervenido yo en una actividad académica a favor de la forma en que se puede corregir y mejorar este proyecto tan importante para el país, estaría planteando mi inhibitoria, pero por haber hablado a favor y de las formas en las que se puede corregir.

Yo considero que en vez de haber hablado en contra, hablé a favor del convenio de Escazú en esa actividad e incluso sugerí la forma en la que se podía corregir los temas cuestionados y regulados a través de una ley de implementación.

¿Considera usted que se debe aplicar una ley de implementación del Acuerdo de Escazú?

No es que yo creo que “debería”, es que yo sugerí que eso fuera un camino, pueden haber varios, que ya pertenecen más al ámbito político que al mío. Yo mencioné que en el TLC se hicieron varias leyes de implementación para poder regular varios aspectos que en el convenio quedaban regulados en forma genérica y que eso facilita la implementación de los acuerdos. Es un instrumento que se ha utilizado en el pasado para acompañar la regulación de los convenios y sugerí que era un buen proyecto para la maestría de hacer algún tipo de regulación, pero ese es un proceso en que ya deberían participar los distintos grupos que tienen opinión sobre el tema y la maestría, yo no participaría en ese proceso.

¿Apoya usted el Acuerdo de Escazú como un instrumento internacional sobre derechos humanos fundamentales y de derecho al acceso a la justicia ambiental?

Sí, yo me dedico a la defensa de los derechos humanos en general, y la defensa de los derechos ambientales es fundamental para la supervivencia de la especie humana y el desarrollo sostenible. Este instrumento, por lo valioso que es, merece que se le hagan algunos ajustes. Es muy importante en muchos temas, refuerza la legislación que ya tiene Costa Rica en la transparencia de la información en esta materia, establece una protección a favor de los defensores ambientales y me parece que son aportes muy necesarios para complementar la amplia legislación de protección ambiental que tiene el país.

Usted afirmó en su voto que el Acuerdo de Escazú permite que se aplique la inversión de la carga de la prueba en contra del acusado y que esto viola el derecho de defensa como aspecto del debido proceso ¿Por qué?

Hay una nota que dice que se invierte la carga de la prueba y no excluye la materia penal y a mí me parece que hay que hacer una mención expresa que la materia penal quede excluida porque tenemos reglas en la Constitución, en los artículos 37 y 39, que dice que toda persona se presume inocente hasta que no se pruebe su culpabilidad, por lo que en materia penal la carga de la prueba la tiene el Estado. Para que no generara una confusión en los operadores jurídicos, había que, expresamente, excluir esa materia, porque es uno de los postulados más importante de las democracias.

Hay una diferencia absoluta entre la responsabilidad ambiental y la responsabilidad penal, una es administrativa y la otra es penal, por eso me parece que la norma no puede ir en genérico, debe excluir la materia penal expresamente para que no genere confusión en el operador jurídico.

¿Por qué si, según lo que usted explica, su criterio y el del Bloque Verde están en la misma línea, se genera la desconfianza y el reclamo del grupo ambientalista?

La verdad no entiendo, debe ser un problema de comunicación. A mí me hubiera gustado poderlos atender en nuestra oficina, tener un diálogo con ellos, las puertas están abiertas. Me parece que ha habido mucho ruido alrededor de este tema y yo me vi envuelta en el medio de una situación en la que no quise estar, yo pongo notas todo el tiempo y creo que soy víctima de las circunstancias del enfrentamiento entre dos grupos que ni siquiera es conmigo el tema. Un problema de comunicación.

Se ha hablado mucho, y el Bloque lo menciona, sobre su candidatura a jueza de la CIDH ¿Cree que ese tema también genere ruido, como usted menciona, o que sus actuaciones pasan por un mayor escrutinio?

Más bien debería preguntarle a ellos eso, porque no le podría decir. Lo que puedo decir es que tengo un compromiso con los derechos humanos y una carrera de 34 años que incluye la defensa de todos los derechos humanos, incluido la materia ambiental.

Si se acercaran un poco a mi oficina, me conocieran, me escucharan, podríamos resolver este problema de comunicación. Yo los invito a un diálogo en mi oficina, franco y directo sobre este y cualquier inquietud que tengan sobre mi línea de votación. Soy un voto más en la Sala, no tengo el monopolio ni el poder y el tema está en la Asamblea Legislativa.

El Acuerdo de Escazú es el nombre común del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe. Este tratado internacional, firmado por 24 países y ratificado por 12, entra en vigor este 22 de abril sin el país cuya ciudad le dio nombre: Costa Rica. De hecho, este país centroamericano lideró el proceso de negociación junto con Chile, que tampoco lo ratificó.

Costa Rica firmó el Acuerdo de Escazú en setiembre de 2018. El tratado inició el trámite legislativo en febrero de 2019 bajo el expediente N° 21.245. El 13 de febrero de 2020 fue aprobado en primer debate gracias a una votación unánime por parte de los diputados y fue enviado a consulta constitucional. En marzo, y según la Resolución 06134-2020, la Sala Constitucional encontró un vicio de procedimiento: no se le consultó al Poder Judicial.

La Magistrada Nancy Hernández apoyó con su voto la resolución por voto de mayoría de la Sala (Resolución Nº 06134 – 2020) del 24 de marzo de 2020; pero además adjuntó una nota en la que hizo consideraciones de fondo, sobre acceso a la justicia en asuntos ambientales, acceso a la información regulada, inversión de la carga de la prueba y carga dinámica de la prueba y otros.

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