Una tarea monumental tiene corriendo contra el tiempo a entidades como la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef), el Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD) y colegios profesionales como el de Abogados y Abogadas (CACR) y el de Contadores Públicos Autorizados (CCPA).
Esto porque la reforma de varios artículos de la “Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo”, que entró en vigencia el 11 de mayo pasado (Ley No. 9449), les ordena supervisar, en el plazo de un año –del cual ya solo queda un semestre- las actividades que realizan unas 62.460 personas físicas y jurídicas (ver el recuadro: “Las personas físicas y jurídicas que deberán inscribirse”).
Esto incluye a profesionales en derecho, contaduría y otras profesiones que realicen transacciones para clientes dedicados a las siguientes actividades, que también serán supervisadas: casinos, compra y venta de bienes inmuebles, comercio de metales y piedras preciosas, organizaciones sin fines de lucro que envíen o reciban dinero procedente de jurisdicciones internacionalmente catalogadas de riesgo o que mantengan relaciones con matrices, sucursales o filiales extranjeras ubicadas en ellas, administración del dinero, cuentas bancarias, ahorros, valores u otros activos del cliente.
También las dedicadas a la operación, administración de la compra y venta de personas jurídicas u otras estructuras jurídicas; proveedores de servicios fiduciarios, incluyendo quienes participen en la creación, registro y administración de fideicomisos; las personas físicas o jurídicas que otorguen cualquier tipo de facilidad crediticia, cuando realicen esta actividad bajo los parámetros y definiciones que determine reglamentariamente el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, ante propuesta de la Superintendencia General de Entidades Financieras; casas de empeño y emisores y operadores de tarjetas de crédito.
Para realizar esta supervisión, la ley obliga a la Sugef a crear una base de datos llamada “Política Conozca su Cliente”, a modificar el marco sancionatorio para las entidades financieras y sujetos obligados, a crear otro para las actividades profesionales no financieras ya mencionadas; y obliga a las personas jurídicas sujetas a transformarse en sociedades de objeto único. De no hacerlo, su inscripción vigente caducará.
En coordinaciones
Javier Cascante, responsable de la Sugef, dijo que actualmente están estudiando el funcionamiento del negocio de las nuevas actividades que la ley le ordena supervisar. Al mismo tiempo, diseñan un modelo de supervisión para actividades profesionales no financieras, el cual será automatizado. Esto, lo realizan en coordinación con el Banco Central.
“Una vez definida la “forma de supervisar”, se trabajarán las normativas prudenciales que se requieran, concomitantemente con los diseños y construcción de los sistemas de información”, explicó (ver “Estamos depurando la información”).
Por su parte, Guillermo Araya, director del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD),
afirmó que en esa institución “se están realizando las gestiones respectivas para fortalecer a la Unidad de Inteligencia Financiera del ICD en recursos humanos, y equipo”, debido a que estiman que el Reporte de Operaciones Sospechosas podría triplicarse en seis meses y “esto requiere sistemas más robustos para almacenamiento de la información y personal que debe analizar y generar informes y análisis en materia de análisis estratégico y capacitación”.
“Actualmente se creó la plataforma de reportes, la cual ya registra a empresas inscritas y que han emitido sus propios reportes de alerta”, añadió.
Aclaró que si bien no todas las personas y entidades inscritas serían sujeto de supervisión, “sí es importante el registro con un enfoque basado en riesgos. Esto se debe a que hay personas que no desarrollan la actividad de forma liberal, sino que laboran para una entidad del Estado de manera exclusiva y por lo tanto su único ingreso es el salario reportado por la institución, estas personas se encuentran expuestas e menores riesgos de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo”.
La misión del ICD será la de “velar porque esas entidades y personas no operen en el territorio nacional de manera informal. Y aplicar las denuncias y las sanciones correspondientes. Una herramienta fundamental para ejercer este control supervisor se hace efectivo cuando toda entidad financiera debe verificar que su cliente se encuentre debidamente inscrito, de lo contrario, no hay ninguna justificación para que tenga una cuenta bancaria o producto abierto en el sistema. Y el órgano de supervisión debería aplicar las sanciones previstas en la norma”.
Consideró que “debe existir mucha comunicación entre instituciones, pues uno de los pilares fundamentales en estos procesos es trabajar aprovechando la tecnología y realizando cruces de información constantemente. La Sugef y la (Unidad de Investigación Financiera) UIF del ICD mantienen una comunicación permanente, pero aún se deben fortalecer y asegurar los mecanismos óptimos y romper paradigmas con respecto a la lucha contra los delitos”.
“Aún hay personas que apelan al secretismo absoluto de la información, pero estas son posiciones que ya pasaron de moda desde hace muchos años; incluso las mismas convenciones internacionales establecen que no debe apelarse a figuras como el secreto bancario ni puede aducirse impedimento cuando estamos frente a investigaciones por los delitos”, dijo.
Además, consideró necesario contar con el acompañamiento de autoridades como el Ministerio Público, la Policía de Investigación Judicial y otras autoridades policiales y administrativas, las cuales “deben romper paradigmas y entender que la lucha contra el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo es algo transversal”.
“Estamos por poner en práctica en las próximas semanas, un plan de capacitación intensivo dirigido a todos los nuevos sujetos obligados, para que entiendan cuales son las obligaciones y hacia dónde va al país con estos temas”, informó.
Instruir y sancionar
Arnoldo Segura, director legal del CACR, dijo, por su parte que “en estos momentos el Colegio se encuentra analizando la ley para ver cuáles son sus alcances”.
Afirmó que la norma establece una obligación personal de los abogados que realizan las actividades señaladas, entre ellas inscribirse ante la Sugef. “No le atribuye al Colegio la obligación de que sus agremiados cumplan con ello. Lo que el Colegio sí podría hacer es iniciar un procedimiento disciplinario en contra del abogado que la Administración demuestre que no cumplió con esa obligación, si se encuentra dentro de los supuestos que señala la norma”.
Javier Bell Pantoja, jefe del Departamento de Consultoría Técnica del CCPA, consideró que “el Colegio y la Superintendencia de Entidades Financieras son entidades cuyos objetivos se yuxtaponen, por ello se estila coordinar acciones. En este caso en particular se trabajará en conjunto para establecer de modo consensuado el modelo de supervisión que la Sugef aplicará”.
Aclaró que “en nuestro país, no necesariamente es común que los contadores participen en las actividades incluidas en la ley, por el contrario, estas son delegadas principalmente a profesionales en derecho. Sin embargo, eso no quiere decir que no haya contadores que sí se verán sujetos a supervisión por parte de la Sugef”.
“El contador público autorizado que brinda sus servicios de modo liberal no puede involucrarse con las actividades comerciales de sus clientes debido a que pierde la independencia, cualidad que está ampliamente normada por la normativa internacional del Código de Ética Profesional del Contador Público Autorizado. En caso contrario, no podría prestar servicios como contador público autorizado. Un contador público autorizado en relación laboral dependiente tampoco se vería involucrado en ese tipo de transacciones, ya que una cosa es ser socio de un tercero y otra es ser su empleado”, afirmó.
Aun así, no descartó que algunos de sus afiliados deban inscribirse. Dijo que el pasado 8 de junio representantes del Colegio se reunieron con el jefe de la Sugef y acordaron “trabajar en conjunto para determinar el modelo regulatorio que utilizará la Sugef”.
La reforma y puesta en práctica de la ley en cuestión forma parte de los compromisos internacionales adquiridos por el país para la prevención de la legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.
Personas físicas y jurídicas que deberán inscribirse
Para cumplir con el artículo 15 de la Ley N.° 7786, “Sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo”, deberán inscribirse, para ser supervisados por las autoridades, aproximadamente:
- 60 casinos físicos.
- 000 organizaciones sin fines de lucro.
- Más 16.000 personas que desarrollan actividades notariales.
- Más de 7.000 contadores y contadoras.
- Más de 8.000 personas registradas como abogados y abogadas.
- Más de 1.000 agentes de bienes raíces.
- Más de 1.400 personas físicas y jurídicas que se registran bajo la actividad de comercio de metales y piedras preciosas.
(Fuente: Guillermo Araya, director del Instituto Costarricense sobre Drogas.)
Javier Cascante, Superintendente de Entidades Financieras
“Estamos depurando la información”
El jefe de la Sugef explicó a UNIVERSIDAD lo que están haciendo para cumplir con la ley en el plazo dado.
¿Cómo se prepara la Sugef en términos de personal y tecnología para llevar a cabo las tareas que le manda esta ley?
-Según el Transitorio I de la Ley No. 9449, en un plazo máximo de un año a partir de la publicación de la reforma legislativa, la Sugef deberá tener aprobada las modificaciones que requiera en su estructura para cumplir los objetivos previstos por la ley. Desde ya se están diseñando los modelos de supervisión, normativa prudencial y los requerimientos tecnológicos necesarios para implementar los cambios aprobados por la Asamblea Legislativa.
Actualmente, en conjunto con el Área de Tecnologías de Información del Banco Central de Costa Rica se está en la etapa de diseño de la plataforma tecnológica de la base de datos para la aplicación de la “Política Conozca su Cliente”, que se ordena crear en la Sugef.
¿Cuántas personas físicas y jurídicas deberán inscribirse?
-Se están haciendo los análisis de la información que en su momento proporcionaron las entidades financieras sobre la cantidad de cuentas activas correspondientes a clientes que entran dentro de las actividades señaladas por el artículo 15 bis.
La primera información recibida por las entidades financieras refiere a la existencia de 70.269 cuentas activas, por lo que una vez depurada dicha información, en atención a las condiciones y excepciones que establece la misma Ley No. 9449, es que se podrá contar con certeza de la cantidad de sujetos obligados que estarán sometidos a la supervisión de la Sugef.
Si esas personas físicas y jurídicas no se inscriben y son clientes de bancos, ¿qué hará la Sugef?
-La inclusión por el legislador de las actividades señaladas en los artículos 15 y 15 bis de la ley, encuentra su fundamento a la potencialidad de las mismas para ser utilizadas en actividades de lavado de activos o financiamiento al terrorismo.
De ahí que el riesgo también debe ser abordado por las entidades financieras, dado que las personas físicas y jurídicas que se dedican a dichas actividades utilizan cuentas en las entidades financieras, así como realizan transferencias tanto nacionales como internacionales.
La normativa prudencial que llegue a emitirse establecerá la obligatoriedad para las entidades financieras de verificar que sus clientes se encuentren inscritos ante la Superintendencia, en caso de que realicen las actividades a las que se refieren los artículos 15 y 15 bis de la Ley 8204, como condición obligatoria para que puedan tener relaciones comerciales.
Luego, corresponderá a la Sugef en sus labores de supervisión, verificar que las entidades financieras cumplan con dichas obligaciones.
¿Cómo hará la Sugef para realizar esa supervisión?
-Como primer paso, en la Sugef se trabaja en el conocimiento del negocio de las nuevas actividades que están siendo asignadas para supervisarse, y el diseño de un modelo de supervisión para actividades profesionales no financieras. El modelo de supervisión que se está trabajando descansará en la tecnología y será básicamente automatizado.
Una vez definida la “forma de supervisar”, se trabajarán las normativas prudenciales que se requieran, concomitantemente con los diseños y construcción de los sistemas de información.
La base de datos sobre Política Conozca a su Cliente, será una herramienta tecnológica de vanguardia a nivel mundial que permitirá un mejor conocimiento del cliente por parte del sistema financiero y una reducción de los costos relacionados; todo con la previa y debida autorización de consulta por parte de los usuarios de los servicios del sistema financiero.
Igualmente, se está trabajando en la ejecución de un Plan de Comunicación y Capacitación con los nuevos sujetos obligados, entidades financieras y público en general, para el mejor entendimiento de los postulados contendidos en la reforma legislativa aprobada.