País

La Caja y el CTP discuten por morosidad de empresas autobuseras

Dirección de Cobros de la CCSS logró comprobar cuantiosas deudas de empresas muy reconocidas del sector.

La Dirección de Cobros de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) y el Consejo de Transporte Público (CTP) mantienen una controversia respecto a un grupo de empresas autobuseras que fueron sujeto de renovación de concesiones o permisos temporales de transporte público y que no estarían al día con sus obligaciones ante esa institución.

Mediante un oficio fechado el 6 de octubre, la Dirección de Cobros de la CCSS pidió explicaciones al CTP respecto a 17 empresas que, según había detectado, en algunos casos no cumplían con el requisito de estar registradas como patrones, o en otros el de no estar al día con sus obligaciones como el pago de cuotas obrero patronales.

En ese documento, Luis Diego Calderón, director de Cobros, presentó un cuadro de “casos de las personas físicas y jurídicas en el ámbito del transporte remunerado de personas, que al día hoy hemos detectado se encuentran morosas en el pago de las obligaciones con la Caja o no se encuentran inscritas como patronos o trabajadores independientes ante la institución”.

En este cuadro figuran algunas empresas conocidas con cuantiosas deudas:

(Imagen capturada del documento GF-DC-0751-2021)

Cabe recordar que UNIVERSIDAD encontró que, según registros de la CCSS, varias de las empresas autobuseras a las cuales el CTP recién renovó sus concesiones concesiones o permisos por a finales de setiembre mantienen cuantiosas deudas con esa institución.

Autobuseros renuevan concesiones, aunque arrastren deudas por ¢1.100 millones con la Caja

Al respecto, el artículo 74 de La Ley Constitutiva de la CCSS establece que se debe estar a día con las obligaciones ante esa institución para “participar en cualquier proceso de contratación con la Administración Pública, central o descentralizada, con empresas públicas o con entes públicos no estatales, fideicomisos o entidades privadas que administren o dispongan, por cualquier título, de fondos públicos”.

Así, Calderón planteó que si efectivamente se ampliaron las concesiones o se otorgaron permisos, “interesa conocer los motivos por los cuales se concedieron estos, sin encontrarse las personas físicas o jurídicas indicadas en el cuadro anterior, inscritas como patronos físicos o jurídicos o como trabajadores independientes y al día en el pago de sus obligaciones con la Caja”. Al respecto, recordó el citado artículo de la Ley Constitutiva.

CTP señala “imprecisiones”

Un día después, la dirección ejecutiva del CTP contestó mediante un oficio relativamente largo, en el que entre otras cosas, elaboró sobre el proceso que se sigue para renovar las concesiones e informó que dispuso “la posibilidad de renovar el contrato para aquellas empresas u operadores que cumplen con los requisitos de ley y, para quienes les hace falta completar algún trámite, se le otorgó de manera condicionada su cumplimiento a la formalización de los respectivos contratos”.

Respecto a las deudas con la Caja, el director ejecutivo a.í. del CTP, Manuel Vega, informó que “para la etapa preliminar de renovación han sido muy pocos los casos en los que nos encontramos con empresas u operadores en situación de morosidad, entendemos que algunos tienen ya un trámite de “arreglo de pago” que la ley permite o incluso están gestionando los pagos correspondientes ante ustedes”.

Entonces, en ese oficio Vega aseveró que “el listado que ustedes nos hacen llegar contiene algunas imprecisiones como, por ejemplo: el nombre no es el correcto o el consignado no es poseedor de concesiones o permisos otorgados por el CTP”.

Así, Vega dijo que el CTP realizó una verificación y aportó su propio cuadro que pinta un escenario muy diferente, con sólo once empresas y las únicas dos morosas se trata de personas físicas, por montos más bien pequeños.

(Imagen capturada del documento CTP-DE-OF-1745-2021)

Así, Vega intentó dar un halón de orejas a la Dirección de Cobros del la CCSS, al apuntar que “es importante para el CTP que los datos que se difundan sean los correctos, sin duda alguna, para así evitar un daño irreparable, por el riesgo de reputación que se asume, tanto para la institución como eventualmente para alguno de los operadores”.

Añadió que la morosidad con la Caja en el contexto de la pandemia y el estado de emergencia decretado por el Poder Ejecutivo, “al menos para una actividad tan sensible a las externalidades como lo es el transporte público modalidad de ruta regular, es baja en comparación con otras actividades comerciales o productivas”.

Comprobación de deudas

Tras tales aseveraciones, de nuevo el Director de Cobros del la CCSS se dirigió al CTP el 13 de octubre, y se refirió puntualmente a la citada aseveración de que en la “etapa preliminar” sí se detectaron casos de morosidad y arreglo de pago.

Ante esa realidad, Calderón apuntó que “es importante aclarar, que el cumplimiento del artículo 74 se acredita cuando el patrono o trabajador independiente se encuentra al día en el pago de las obligaciones con la Caja. Lo anterior, por cuanto el obligado ha pagado las contribuciones a una fecha determinada o por que ha formalizado un arreglo de pago y no tiene pendiente el pago de las respectivas cuotas de este arreglo, ni de planillas subsiguientes”.

Subrayó además que se está al día con la Caja “hasta el momento de la formalización de un acuerdo de pago con la institución, no antes, por lo tanto, no se cumple con lo establecido en el artículo 74 cuando apenas se está en el proceso previo para la formalización de un acuerdo de apago con la Caja. De lo contrario, el patrono estaría incumpliendo” con la ley.

Respecto al tema puntual de las empresas morosas, Calderón señaló que la información previamente en su oficio inicial corresponde a consultas efectuadas en el Sistema Centralizado de Recaudación (Sicere), “las cuales se realizaron con base en la información de algunos nombres publicados a través de medios de comunicación, los cuales no contaban con el respectivo número de cédula física o jurídica, y para lo cual esta Dirección remitió el oficio GF-DC- 0751-2021 con el propósito de corroborar esta información con el CTP”.

Así, Calderón informó a Vega que procedió a cotejar la información que éste le había enviado en su respuesta en el mismo Sicere y ofreció un cuadro con los nuevos hallazgos, en los que consta la presencia de cuatro empresas con onerosas deudas.

(Imagen capturada del documento GF-DC-0770-2021)

El funcionario fue más allá y destacó al director ejecutivo a.í. del CTP que “en la información remitida en su oficio se omite indicar los casos correspondientes” precisamente a esas empresas, como Cesmag S.A. (Autotransportes Cesmag), Autotransportes Sabana Cementerio S.A., o Autotransportes Raro S.A. cédula jurídica.

Por ello, Calderón expresó además su preocupación por que en esos casos “se pudiera haber omitido la verificación del Artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja, teniendo en consideración que el estar al día en el pago de las obligaciones con la institución es un requisito ineludible”, sobre todo ante “el deber de verificación de las instituciones del país, sin excepción alguna, en aras del fiel cumplimiento de una obligación legal, y aún más tratándose; del otorgamiento por parte de la propia Administración de un permiso para continuar con la explotación de una ruta de trasporte público, a pesar de encontrarse en condición de morosidad con la Caja”.

Finalmente, Calderón solicitó que se le remita el listado completo de las personas jurídicas o físicas, que han sido sujeto de permisos temporales, con el respectivo nombre completo y número de identificación, así como la fecha en que se les otorgó ese permiso por parte del CTP. “Lo anterior, con el fin de cotejar esta información con los datos contenidos en el Sistema Centralizado de Recaudación y proceder como en derecho corresponda”.

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