Los salarios globales transitorios para las personas que ingresen a trabajar al sector público, que están por debajo del salario mínimo de la misma categoría en el sector privado, incumplen con el mandato de salario digno de la Constitución Política, según Luis Ángel Oviedo Carballo, estadístico e investigador del Instituto de Investigaciones en Ciencias Económicas (IICE) de la Universidad de Costa Rica (UCR).
Oviedo explicó que el artículo 57 de la Constitución Política señala que todo trabajador tiene derecho a un salario mínimo, de fijación periódica, que le procure el bienestar y una existencia digna.
«Cuando uno ve estos salarios transitorios que son inferiores al salario mínimo del sector privado llama la atención de que se está incumpliendo con la Constitución Política; por lo tanto, esto sería inconstitucional porque no se está garantizando que un servidor público esté recibiendo un salario que cumpla con procurar un bienestar y una existencia digna», dijo.
Estudio UCR: Muchos salarios de nuevos empleados públicos están por debajo del mínimo en el sector privado
Anteriormente, cuando una persona entraba a trabajar a una institución pública tenía un salario base que se complementa con anualidades, escalafones, o dedicación exclusiva si era profesional, todo lo cual le mejoraba el salario con el tiempo; pero el salario global transitorio ya no tiene ningún tipo de incentivo salarial.
Comparación del salario global transitorio del sector público y salario mínimo vigente para sector privado
Fuente: Luis Ángel Oviedo, con datos de Mideplan. (Escala salarial transitoria de las familias de puestos) y MTSS (Decreto No. 43849-MTSS, Lista de salarios Mínimos para el Sector Privado, Enero 2023.
Oviedo describió un salario digno como aquel que le permite a una persona cumplir con sus requerimientos, alimentarios, de acceso a vivienda, pago de servicios y de ocio y recreación.
Ese monto sería de ₡132.784 por persona por mes, según el costo de la canasta básica ampliada (que agrega a la canasta básica alimentaria los componentes de transporte, vivienda y servicios) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) en enero de 2023.
El investigador aclaró que los salarios cumplen con ese monto, mientras se hable de una persona sola; pero, si la persona decide formar una familia, “esos montos asignados como salarios globales transitorios, tan bajos para esas escalas salariales, no estarían cumpliendo con lo que indica la Constitución”.
Los hogares costarricenses tienen en promedio tres personas —según la Encuesta Nacional de Hogares (ENAHO) de 2022— por lo que un trabajador con una familia de tres miembros requeriría ₡398.352 netos por mes para satisfacer sus necesidades mínimas de alimentación y acceso a bienes y servicios, pero sin poder ahorrar ni tener acceso a un crédito para vivienda, automóvil o estudios.
Oviedo también resaltó que entre el 2018 —cuando se aprobó la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas—, a diciembre del año pasado, la canasta básica alimentaria creció un 25%, la línea de pobreza un 19% y el índice de precios al consumidor en su totalidad un 16%. Sin embargo, los salarios del sector público solo crecieron un 6% y los salarios mínimos del sector privado un 9%.
Con la entrada en vigencia de la Ley Marco de Empleo Público, una maestra o maestro de preescolar que entre a laborar hoy en el sector público con un salario de ₡354 mil nunca tendrá incentivos y su salario estará sujeto a los ajustes anuales que decida el Gobierno.
Oviedo confirmó que efectivamente el salario de esta persona dependerá de “un ajuste anual que, si sigue la tendencia de los ajustes anuales que hace el Gobierno por costo de vida, normalmente está por debajo de la inflación”.
“Al final, esto va a terminar afectando, tanto al sector público como al privado, porque con estos salarios que no son nada competitivos, difícilmente los salarios del sector privado van a aumentar, porque saben que con un poquito pueden competir y atraer personal capacitado que hoy está en el sector público”, recalcó.