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Las ideas de Fabricio Alvarado sobre la Corte IDH, puestas a prueba

Las propuestas que el candidato ha expuesto son engañosas, ciertas a medias o totalmente falsas, de acuerdo al análisis de expertos en derecho internacional.

¿Es posible que Costa Rica abandone la Corte IDH? ¿Por qué sí o no? El candidato presidencial del Partido Restauración Nacional (PRN), Fabricio Alvarado, asegura que su crecimiento en las encuestas de opinión pública se debe a su posición contra la opinión consultiva que emitió la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sobre la identidad de género y la no discriminación de parejas del mismo sexo y promete (si resulta electo como Presidente) desobedecer ese pronunciamiento y, de ser necesario, sacar a Costa Rica del sistema interamericano de derechos humanos.

Para ello, Alvarado se sostiene en una serie de justificaciones y propuestas que ha comentado en su propaganda, en debates y entrevistas con medios de comunicación.

Para probar su veracidad o su posibilidad de concretarse, pusimos algunas de esas ideas frente al análisis de 4 expertos en derecho internacional con experiencia diplomática en Costa Rica.

Estos fueron los especialistas consultados: Sonia Picado, presidenta honoraria del Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH) y exjueza de la Corte IDH (1988-1994); Jaime Ordoñez, director del Instituto Centroamericano de Gobernabilidad (ICG); y Nicolás Boeglin, profesor de Derecho Internacional Público de la Universidad de Costa Rica (UCR).

Además, los testimonios de Alvarado fueron contrastados con el ordenamiento técnico vigente por la Directora Jurídica de la Cancillería de Costa Rica, Eugenia Gutiérrez.

Las frases analizadas se extraen de entrevistas que tuvo el aspirante con la periodista Amelia Rueda el pasado lunes 30 de enero, y en el programa Malas Compañías del 22 de enero.

La manera en que se hizo esto, con el secretismo en que se hizo…pues tiene descontentos a los costarricenses” Fabricio Alvarado, 30/1/2018

Los expertos descartan que haya secretismo en las solicitudes de opiniones consultivas a la Corte IDH.

Aunque las consultas solo pueden ser presentadas por el Gobierno de los países adscritos o por órganos de la OEA, la Corte IDH escucha los argumentos de Estados, a órganos de la Organización de Estados Americanos (OEA), y también a cualquier otro interesado que quiera expresarse sobre una solicitud recibida.

Dicho procedimiento se realiza para que el jurado evalúe y formule una respuesta a la consulta, aseguró Gutiérrez.

Los jueces recibieron más de 90 documentos por parte de “grupos que estaban a favor y en contra de lo que se estaba planteando“, afirmó Gutiérrez. “La participación que tuvo esta solicitud de opinión consultiva fue de las más altas en cuanto a participación de la sociedad civil que ha tenido la Corte IDH”, agregó la abogada.

Durante ese proceso, 8 países de Latinoamérica también expresaron sus argumentos para la deliberación, lo cual fue abordado por la prensa.

La escucha de argumentos para dar la opinión consultiva se realizó en la sede de la Corte, en San José, a 4 km del despacho de Fabricio Alvarado en la Asamblea Legislativa.

La Corte viene a violentar la soberanía de nuestro país” Fabricio Alvarado, 30/1/2018

Esta afirmación también fue calificada como falsa.

“La regla básica en el derecho internacional es que cualquier obligación internacional tiene que ser antecedida por un consentimiento; en este caso, la ratificación de un tratado”, señaló Boeglin.

La Corte IDH tiene su origen en el Pacto de San José de 1969, donde miembros de la OEA redactaron la Convención Americana de Derechos Humanos. Al día de hoy, 25 países han ratificado la Convención.

En ese documento se crearon la Comisión y la Corte IDH, la cual tiene jurisdicción en Costa Rica desde que el país reconoció su competencia el 2 de julio de 1980.

El texto de reconocimiento subraya que “la República de Costa Rica declaró reconocer, sin condiciones y durante todo el lapso de vigencia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la competencia obligatoria de pleno derecho y sin convención especial de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, sobre todos los casos relativos a la interpretación o aplicación del referido Tratado Multilateral”.

Además, el especialista Ordoñez hace notar que la Constitución Política costarricense establece (artículo 7) que las normas de ese tipo de tratado “se vuelven superiores a las leyes y parte del sistema jurídico” del país.

Las opiniones consultivas no son vinculantes” Fabricio Alvarado, 30/1/2018

Esta aseveración es cierta a medias.

Costa Rica solo ha presentado 5 solicitudes de opinión consultiva ante la Corte IDH.

Al ser el ente a cargo de interpretar el tratado, la Corte IDH lleva casos contenciosos (juicios) de personas o grupos contra Estados, supervisa el cumplimiento de sus sentencias y da opiniones consultivas en materia de derechos humanos.

Esas últimas no son vinculantes según las normas de la Corte IDH. “Al principio, en los primeros años de estar en la Corte, las opiniones consultivas no eran vinculantes en Costa Rica”, recuerda la exjueza Picado.

Sin embargo, hay un gran “pero” en la afirmación del candidato Alvarado. Desde 1995, la Sala Constitucional costarricense resolvió que dichos pronunciamientos son de acatamiento obligatorio para el país.

En consecuencia, y hasta la actualidad, “las opiniones consultivas deben ser vinculantes y deben ser acatadas”, añadió Picado.

Según Boeglin, la Sala Constitucional interpretó que “no tendría sentido que Costa Rica solicite una opinión consultiva sobre la conformidad de su legislación con el Derecho interamericano sobre derechos humanos y que luego ‘engavetara’ esa opinión”.

Salirse de la Corte Interamericana implica un proyecto de ley o implica un referéndum. Son varias posibilidades”Fabricio Alvarado, 30/1/2018

Esta afirmación es engañosa.

Fabricio Alvarado habla de “salirse de la Corte” o “denunciar la Convención” para evitar la aplicación de la más reciente opinión consultiva. Ambas son opciones muy diferentes.

El único precedente de la primera propuesta resultó fallido. En 1999, el gobierno peruano de Alberto Fujimori intentó desconocer la competencia de la Corte IDH, aunque el plan se declaró inadmisible porque la Convención establece la opción de denunciarla en su totalidad, pero no prevé retiros de reconocimiento a la Corte solamente.

Así, para lograr una salida, Costa Rica debe denunciar la Convención Americana de Derechos Humanos, tal y como lo indica el artículo 78 de ese acuerdo.

El grupo de expertos desacreditó la premisa de que denunciar la Convención permita el desacato a la opinión consultiva; “El artículo 78 establece que una denuncia surte efecto 12 meses después de notificada al resto de países miembros, pero toda la jurisprudencia y los efectos jurídicos previos siguen con efectos vinculantes”, afirmó Boeglin.

En cuanto a la existencia de “varias posibilidades”, Ordoñez explicó que, por principio legal, una salida de la Convención debe seguir el mismo procedimiento por el cual se entró a ese mismo tratado: aprobación en la Asamblea Legislativa.

Precisamente, en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, Costa Rica declaró que, para mantenerse en ese tipo de convenios, el país “no autoriza ninguna forma de consentimiento que no esté sujeto a ratificación de la Asamblea Legislativa”.

Así, la promesa de Alvarado de denunciar la Convención dependería de las distintas bancadas del Congreso y del control político que estas ejerzan.

En este momento, Alvarado es el único candidato que propone una salida de ese convenio internacional.

Hay opción de salirse de la Corte y luego entrar con reservas”Fabricio Alvarado, 22/1/2018

Esta posibilidad es cierta pero está limitada.

La Convención de Viena sobre tratados entiende que una reserva es “una declaración unilateral (…) hecha por un Estado al firmar, ratificar, aceptar o aprobar un tratado o al adherirse a él, con objeto de excluir o modificar los efectos jurídicos de ciertas disposiciones del tratado en su aplicación a ese Estado”, definición a la cual se apega la Convención Americana.

Sin embargo, ese mismo acuerdo advierte que una reserva no puede aplicarse si es “incompatible con el objeto y el fin del tratado”.

Por eso, la jerarca Gutiérrez consideró que, si un Estado empieza a reservar que un derecho se aplica o no de una manera u otra, la Convención pierde su razón de ser.

“Las reservas son técnicamente incompatibles con las convenciones de derechos humanos porque podrían generar un perjuicio a su objeto mismo”, dijo la abogada.

En la imagen propuesta por Alvarado, si las reservas resultan incompatibles, al país solo le quedaría la opción de apegarse nuevamente a la Convención e intentar una renegociación completa del tratado con el resto de países miembros, donde los cambios aplicarían para todos.

“Uno no regresa a una convención de derechos humanos con sus propios términos: uno se apega o no”, subrayó la exjueza Picado.

(En caso de salir) Costa Rica no queda desprotegida en materia de derechos humanos”Fabricio Alvarado, 30/1/2018

Nuevamente, los expertos consultados discrepan con las palabras de Alvarado.

A la fecha, solo dos países han denunciado la Convención Americana de Derechos Humanos: Trinidad y Tobago, en 1998, por su insistencia en mantener la pena de muerte; y Venezuela, en el 2012, luego de que la Comisión señalase el deterioro de la democracia en dicha nación.

En toda su historia, Costa Rica nunca ha denunciado un tratado internacional de carácter multilateral, confirmó la directora jurídica de la Cancillería.

“Para una persona o grupo, la única oportunidad de acudir a un tribunal es la Corte IDH. Si se vulnera alguno de nuestros derechos humanos y se agota la vía interna, no tendríamos la posibilidad de acudir a ninguna otra instancia jurisdiccional; nos quedamos limitados a intentar obtener justicia a nivel interno y sin ninguna instancia para acudir contra el Estado costarricense por violaciones a los derechos humanos”, detalló Boeglin.

“Prescindir de la Corte IDH afectaría eventualmente a las potenciales víctimas de derechos humanos”, apuntó Gutiérrez.

Hasta hoy, el Estado de Costa Rica ha sido hallado culpable de limitar el ejercicio de derechos humanos de una persona o grupo en dos ocasiones: una relacionada con la libertad de prensa y de expresión (Herrera Ulloa vs. Costa Rica) y otra con la fecundación in vitro, o FIV (Artavia Murillo y otros vs. Costa Rica).

La Corte y Fabricio

Las vías que el candidato Fabricio Alvarado propone para retirarse de la Convención Americana de Derechos Humanos son engañosas, parcialmente ciertas o totalmente falsas.

Esa es la conclusión que se obtiene al compilar las respuestas dadas por el grupo consultado de especialistas en derecho internacional.

Aún así, las posiciones del aspirante sobre la Corte le han dado la ventaja de amasar el voto conservador para el 4 de febrero.

Esa no es la única ocasión en que la presencia de la Corte IDH beneficia al candidato.

En 1985, la Corte IDH dio la opinión de que el Estado costarricense debía eliminar la afiliación obligatoria al Colegio de Periodistas para ejercer el periodismo en el país.

En esa época, para estar colegiado era necesario obtener un título universitario en periodismo, y trabajar sin esas condiciones podía acarrear una acusación por ejercicio ilegal de la profesión.

La Sala IV reconoció carácter vinculante para la opinión consultiva una década después, cuando el periodista Róger Ajún la presentó para argumentar que la colegiatura obligatoria impedía el ejercicio del derecho humano a libre expresión.

Eventualmente, la decisión de 1995 de la Sala Constitucional permitió que un sector de la población en Costa Rica pudiera trabajar y ejercer su derecho a la comunicación sin el miedo de represalias judiciales.

Uno de esos beneficiados eventuales es candidato presidencial para las elecciones del 4 de febrero; un reportero televisivo que, desde 1998, pudo trabajar durante más de una década sin la exigencia de una colegiatura o un título universitario: Fabricio Alvarado.

*Este análisis fue publicado originalmente por las radioemisoras de la UCR el jueves 1 de febrero del 2018

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