Costa Rica vive la mayor explosión con el surgimiento de partidos políticos, pero eso está lejos de fortalecer el sistema electoral. En el panorama conviven partidos que son cascarones, o partidos de alquiler o taxis, los cuales están socavando la función que debían cumplir: ser los intermediarios entre los ciudadanos y los puestos de elección popular, para que quienes sean electos representen a territorios o colectivos con una visión común.
“Lamentablemente, estamos viendo casos en los que se desnaturaliza la función esencial de los partidos políticos y se convierten en un mero requisito para lograr un objetivo”, advirtió Héctor Fernández, director general del Registro Electoral del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).
Fernández fue consultado por UNIVERSIDAD ante el vertiginoso crecimiento en la conformación de partidos políticos en el país: se pasó de contar con ocho agrupaciones inscritas en 1980 (de todo tipo: cantonales, provinciales, nacionales) a 44 en el 2000, y a 155 para este 2024 (ver gráfico).
Solo en la última década, se inscribieron 18 nuevas agrupaciones, frente a tan solo una cancelación. Y la cantidad de partidos que debutaron en la elección de 2022, 13, duplica el año electoral con mayor cantidad de partidos novatos en la historia (6 en el 2006).
Esta situación desborda al TSE en su función de regular estas organizaciones, pero, además, es parte de un proceso de reformas que no solo facilita la formación de nuevos partidos, sino que dificulta su cancelación cuando no están activos, por lo que Fernández resaltó que el Tribunal presentó un conjunto de proyectos de ley para procurar rescatar la función original y exclusiva de los partidos: nominar aspirantes a los puestos de elección popular de su seno.
“La idea no es hacer más gravosa la formación de los partidos, sino hacerlos más representativos y, sobre todo, que se revisen los parámetros de sentencias anteriores de la Sala Constitucional que consideramos que deben revisarse, para ajustar los requisitos”, manifestó.
Cambio en las reglas
El director general del Registro Electoral del TSE explicó que la resolución 9340-2010 de la Sala IV eliminó la obligación de los partidos de arrancar los procesos de constitución y renovación de estructuras desde el nivel distrital, mientras que la resolución 16592-2001 eliminó la causal de cancelación de un partido por no participar en política (ver recuadro: Jurisprudencia multiplicó partidos).
En el primer caso, se facilitaron las condiciones para inscribir las agrupaciones, sin exigir representación territorial. “El TSE ha dicho que los partidos son el vehículo necesario entre el electorado y la postulación de cargos, propia del derecho representativo. La base territorial es para que tenga una base de representación, pero, ¿qué estamos viendo ahora? Partidos en los que no están representados todos los distritos, a veces se hace una asamblea con cinco personas, todas del mismo distrito. Así se socava la necesaria representación que debería existir al interior de cada partido”, explicó.
En el segundo caso, la única forma de eliminar partidos ahora es que un partido participe en una elección y no saque los mismos votos que las adhesiones requeridas para inscribirse. “Lo que sucede es que tenemos partidos inactivos, con años de estar como cascarones, con sus estructuras vencidas, pero en cualquier momento se pueden reactivar y presentar una candidatura, pero no hay un vínculo entre el partido y los candidatos, que es lo que pretendía el sistema: que el partido fuera el común denominador de un grupo de personas con ideales o principios comunes”, dijo.
Adicionalmente, el TSE tiene que enfrentar un trabajo creciente de fiscalización de cada vez más agrupaciones. “En las pasadas elecciones municipales, tuvimos que atender cerca de cinco mil asambleas, lo que supone un esfuerzo muy fuerte para la institución, porque la mayoría se celebran fuera de horas hábiles, en fines de semana, en noches… Implica jornadas extraordinarias, viáticos, alimentación, y no pocos funcionarios pasaron meses sin poder disfrutar un fin de semana.
Sin embargo, Fernández aseguró que las reformas del TSE no se orientan a un aspecto administrativo, ya que la entidad debe tomar las previsiones para cumplir con la ley, sino en el sentido de que no se continúe desnaturalizando la función esencial de los partidos políticos. “No pueden convertirse en un mero requisito para lograr un objetivo, que entre los partidos y los que se postulan haya cero coincidencia, que no saquen a sus candidatos entre personas con militancia, con trayectoria en esa organización”, explicó, en el sentido de que están apareciendo los partidos “taxi” o de alquiler.

Representación en crisis
La mayor cantidad de partidos políticos no derivó en una mayor representatividad: todo lo contrario. Una comparación de la cantidad de partidos que participaron con candidaturas presidenciales evidenció que la mayor cantidad de opciones correspondió a un aumento del abstencionismo en las elecciones (ver gráfico).
Fernández ejemplificó que, en el 2022, de una papeleta presidencial de 25 agrupaciones nacionales, 19 de ellas no lograron un 5% de la votación, lo que ejemplifica esta crisis de representación (ver gráfico).
“Se requiere una reinvención, que (los partidos) vuelvan a ser estructuras vivas, que se ganan la confianza de la población, que incorporen jóvenes a sus organizaciones, que capaciten a sus integrantes y que formen a los futuros líderes. No puede ser que vayamos a un modelo que pareciera de partidos descartables”, manifestó.
Ante este panorama, Fernández resaltó los proyectos de Ley 23.883 (equidad y control del financiamiento electoral), el 22.834 (fortalecer la representación de los partidos políticos) y 22.835 (regulación a las formas de propaganda), así como una propuesta de reforma al artículo 96 de la Constitución Política (financiamiento electoral, incluye la posibilidad de deuda política adelantada), como alternativas para recuperar el vigor de los partidos (ver recuadro: “La reforma del TSE”).
“Consideramos que es importante subir la cantidad de adhesiones (para inscribir un partido político) o hacerles en términos porcentuales, para permitir su actualización, y que se exija una necesaria representación de todas las circunscripciones electorales que el partido representa, que en las asambleas cantonales que celebren, deba existir al menos un delegado de cada distrito”, explicó.
También proponen que, si un partido registra más de un año como inactivo, con sus estructuras internas vencidas, y registra otro año más sin renovarlas, sea posible su cancelación. “Un partido con tres años de inactividad está muerto; no hay interés de la ciudadanía en su funcionamiento”, opinó Fernández.
El director del Registro Electoral enfatizó en que esperan que la discusión pueda ocupar un lugar destacado en la Asamblea Legislativa, que integró una comisión de reformas electorales, ya que se trata de recuperar un instrumento que es esencial dentro de la democracia representativa costarricense.
Fernández enfatiza en que la intención es que estos temas se discutan. Y, aunque en algunos otros países se han planteado la opción de la libre postulación, ello también es una ruta que tiene otras consecuencias que se deben valorar. “Para efectos de equidad y de controles razonables para impedir o prevenir el ingreso de capitales no deseados en la política, como el narcotráfico, lo mejor es tener un registro adecuado de partidos políticos y controlar su funcionamiento”, recalcó.
Pero todo esto pasa porque el modelo de partidos políticos no degenere en un sistema de partidos desechables, cascarones que solo son un requisito para buscar el poder. “Esa no fue la idea en la definición de nuestro sistema electoral”, sentenció.
Jurisprudencia multiplicó partidos
Varias resoluciones emitidas por la Sala Constitucional facilitaron la creación y la existencia de los partidos políticos, dificultando su eliminación aún en los casos en que no mostraran señales de vida.
Debe contextualizarse que estas resoluciones provienen desde la década de los 90, cuando el bipartidismo concentraba el panorama electoral y en consecuencia, se consideraba convenientes oxigenar el sistema político facilitando la creación de nuevas agrupaciones políticas para democratizar la participación, concentrada en el Partido Liberación Nacional (PLN) y el grupo conservador que se había mantenido en las filas de Unificación Nacional-Unidad-Partido Unidad Social Cristiana (PUSC).
De esta manera, los fallos constitucionales apuntaron a facilitar el surgimiento y el mantenimiento de nuevas agrupaciones. Algunas de las sentencias que incidieron de manera profunda en esta situación son las siguientes:
Voto 980-1991: declaró inconstitucional el artículo 93 del Código Electoral, por cuanto limitó la contribución estatal a los partidos que participaron en la elección anterior y obtuvieron un 5% de los votos válidos.
Voto 16592-2001: se anuló la frase “no participen”, del artículo 66 del Código Electoral, con la que se disponía que se cancelarían las inscripciones de los partidos políticos que no participaran en las elecciones, se dejó como único criterio para esa cancelación que participaran y no obtuvieran igual cantidad a las adhesiones exigidas para inscribirse.
Voto 9340-2010: anuló el inciso a) del artículo 67 del Código Electoral, Ley 8765 del 19 de agosto de 2009, cuyo texto dice: «Una asamblea distrital en cada distrito administrativo, formada por los electores de cada distrito afiliados al partido». La Sala Constitucional consideró que la imposición a los partidos políticos para que su estructura se definiera a partir de las asambleas distritales, dificultaba en extremo la constitución de nuevos partidos y la renovación de sus estructuras.
La reforma del TSE
Desde el 29 de marzo de 2023, el TSE presentó ante la Asamblea Legislativa un conjunto de reformas electorales, que procuran financiamiento más transparente, austero, equitativo y oportuno, partidos más representativos y reglas contra la manipulación en plataformas digitales.
Casi 6 meses después, la Asamblea Legislativa creó la comisión de reformas electorales (23.949), el 20 de setiembre del 2023, con el fin de estudiar, analizar y dictaminar los proyectos de ley de esta materia, y está presidida por el diputado Fabricio Alvarado.
En esta comisión se tramitan los cuatro expedientes propuestos por el TSE:
- 883 (equidad y control del financiamiento electoral): el TSE propone que los partidos puedan recibir hasta un 50% de financiamiento de la contribución estatal por adelantado, pero presentando garantías, y se permitiría para la elección municipal. Hasta un 15% de ese aporte deberá reservarse para necesidades de capacitación y organización. Los partidos deberán presentar informes trimestrales de sus finanzas, que deberán ser mensuales en campañas, y podrán ser multados cuando no presenten informes de sus contribuciones privadas o presenten tarde los reportes obligatorios.
- 834 (fortalecer la representación de los partidos políticos): aumenta la cantidad de personas requeridas para formar un partido nacional o provincial, de 100 a 150, y un cantonal de 50 a 75 y, además, requiere adhesiones equivalentes al 0,15% de las personas inscritas en el padrón nacional, según la escala del partido. Se introduce un nuevo órgano dentro de los partidos políticos: las asambleas distritales, que deberán tener un mínimo de tres personas electoras. Propone que, si pasa un año del vencimiento de las estructuras del partido y no hay movimientos para renovarlas, se declare su inactividad, lo que implicará congelar cuentas y operaciones de crédito. Y, si pasa un año de esa inactividad sin renovarse, se cancelará su inscripción.
- 835 (regulación a las formas de propaganda): aclara que las regulaciones y prohibiciones para los partidos incluyen a personas físicas o jurídicas que sean contratadas para esos fines, sin importar el medio que se utilice (medios tradicionales o digitales). Prohíbe utilizar perfiles o sitios de redes sociales para difundir propaganda, sin que se revele identidad de quien la paga, así como usar perfiles falsos para atacar a otros partidos.
- Reforma al artículo 96 de la Constitución Política (financiamiento electoral): reduce la deuda política de un 0,19% del PIB del año trasanterior a las elecciones, a un 0,11%. Cada partido definirá cuánto destinará a capacitación y organización, pero ajustándose a límites definidos por ley.