País Debate sobre cómo negociar la deuda pública

Hacienda elude tomar partido por la Bolsa o por el BCCR

Afirma que el tratamiento tributario a las operaciones con deuda pública debe ser igual para ambos.

Todo comenzó cuando se introdujo, en el texto sustitutivo de la reforma fiscal –que discute la Asamblea Legislativa–, la exoneración del impuesto sobre las ganancias de capital de las operaciones que se transen en la Bolsa Nacional de Valores (BNV).

Inicialmente, ni el entonces ministro de la Presidencia, Luis Paulino Mora, ni el Ministro de Hacienda, Helio Fallas, aceptaron la paternidad de la iniciativa. Únicamente pudo establecerse que la recomendación provino de la entonces asesora del equipo económico de la campaña de Carlos Alvarado, Edna Camacho, pues así lo reveló ella misma.

Mediante esta carta, la Tesorera Nacional, Martha Cubillo, aclaró su criterio técnico sobre la conveniencia o no de exonerar del impuesto a las ganancias de capital a las operaciones con deuda pública.

En sendas ediciones de UNIVERSIDAD, por un lado, José Rafael Brenes, director de la BNV, defendió la conveniencia de la exoneración con el fin de bajar los costos para quienes adquieran los títulos de la deuda interna en una época de crisis fiscal. Afirmó que, mientras su representada se beneficiaría muy poco por las comisiones que cobra, estimular la concentración de inversiones en contraste con las inversiones individualizadas que se hacen “en ventanilla” también ayudaría a mejorar la transparencia en la formación de los precios (ver la edición 2230).

Por su lado, el gerente del Banco Central de Costa Rica (BCCR), Eduardo Prado, criticó las opiniones de Brenes, a las que incluso caracterizó como “irresponsables” y afirmó que, por el contrario, la tendencia en países desarrollados, como EE.UU., es a salirse de las bolsas y a fortalecer la negociación directa de las deudas públicas mediante mecanismos como Tesoro Directo, del BCCR y Central Directo, del Ministerio de Hacienda (ver la edición 2230).

En esta ocasión, respondió a nuestras preguntas sobre esta polémica la Ministra de Hacienda, Rocío Aguilar, basándose en el criterio técnico de la Tesorera Nacional, Martha Cubillo, expresado en una carta del 29 de mayo del presente año, mediante la cual aclara la opinión que había emitido el 24 de mayo pasado en respuesta a una consulta del diputado José María Villalta.

“Debe aclararse que esta Tesorería Nacional, no se ha referido a si conviene o no gravar las ganancias de capital o bien si deben ser exoneradas; la Tesorería, bajo criterio técnico, indica que el tratamiento a todos los títulos estandarizados de deuda de Gobierno debe ser la misma, indiferentemente de la bolsa o rueda donde se emitan y liquiden, a fin de evitar tratamiento diferenciado. Asimismo, si el objetivo es fortalecer o incentivar la colocación de deuda pública, así debe explicitarse en el proyecto de ley”, dice Cubillo.

Así, la posición de la ministra Aguilar es que no debe darse un tratamiento tributario diferenciado a la BNV y a Tesoro Directo del BCCR, en lo relativo a las negociaciones de títulos de deuda pública.

“Aquí, el tema de fondo es que no haya una distinción entre los títulos originados en la BNV y en Tesoro Directo, con lo cual el tratamiento sería el mismo para ambos”, respondió.

Además, afirmó que, si se trata de abaratar los costos de las colocaciones de deuda pública, el camino más rápido es aprobar el proyecto No. 20.580, “Ley de fortalecimiento de las finanzas públicas”, y los demás que componen la reforma fiscal (ver: “BNV y Tesoro Directo deben recibir el mismo tratamiento”).


Ministra de Hacienda Rocío Aguilar: “Tesoro Directo no tiene un mercado secundario, por lo tanto, no estaría sufriendo un menoscabo respecto de la Bolsa”. (Foto: Katya Alvarado).

Ministra de Hacienda, Rocío Aguilar

“BNV y Tesoro Directo deben recibir el mismo tratamiento”

Afirma que la BNV no compite con el BCCR por ser aquella un mercado secundario.

María Flórez-Estrada Pimentel

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La Ministra de Hacienda, Rocío Aguilar, explica su posición sobre la propuesta de exonerar de impuestos a las ganancias de capital a las inversiones en títulos de la deuda interna. A continuación, la entrevista.

En un país como Estados Unidos, considerado como desarrollado en estas materias, los Bonos del Tesoro, vale decir, su deuda, se vende por Treasure Direct, del Departamento del Tesoro. Según el director de la Bolsa Nacional de Valores, el fin de exonerar del impuesto a las ganancias de capital que se transen en la BNV es abaratar los costos de la captación de recursos mediante la venta de bonos de deuda interna de Hacienda, porque esto “hace más transparente la información sobre los precios”, para lo cual es preferible venderlos en la BNV que en Tesoro Directo del Ministerio o de Central Directo del BCCR. ¿Cuál es su posición al respecto?

–El Ministerio de Hacienda (MH) puede colocar su deuda interna mediante los mecanismos de ventanilla, subasta y contratos de colocación, en razón de las facultades que la legislación nacional le atribuye (Ley 8131, de Administración Financiera de los Presupuestos Públicos; Ley 7732, Reguladora del Mercado de Valores; Ley 8922, de Reestructuración de la Deuda).

Tesoro Directo se constituye en uno de estos tres mecanismos y consiste en una plataforma de colocación de valores automatizada, que reside en la plataforma tecnológica del BCCR y que permite a las entidades inversionistas adquirir de forma directa valores de deuda del MH, tanto individualizados como estandarizados y que son registrados y liquidados a través de los servicios del Sinpe.

En cuanto al tratamiento de las rentas pasivas, no existe ninguna diferencia entre un título originado en Bolsa o en Tesoro Directo. En el caso del proyecto, tal y como está, básicamente la indicación es que no se graven los títulos del mercado secundario. Se entiende como mercado secundario a las ganancias generadas en el mercado secundario por títulos originados en una Bolsa. Tesoro Directo no tiene un mercado secundario, por lo tanto, no estaría sufriendo un menoscabo respecto de la Bolsa.

Aquí, el tema de fondo es que no haya una distinción entre los títulos originados en la BNV y en Tesoro Directo, con lo cual el tratamiento sería el mismo para ambos, tal y como lo confirma la señora Tesorera Nacional en la nota adjunta.

¿Cuál es el mejor camino para abaratar los costos de Hacienda en la búsqueda de recursos?

–El camino más inmediato para abaratar costos es la aprobación del Proyecto de Ley 20.580 y demás proyectos de ley requeridos para fortalecer la Hacienda Pública, lo que se traduce en una señal positiva para los mercados y organismos internacionales.

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