País Tres decretos en un año

Gobierno diseñó nuevo sistema de registro de agroquímicos

Mientras unos les llaman “agrovenenos”, otros los impulsan como “medicinas para plantas”.

 

El amplio uso que el país hace de los agroquímicos recibió un fuerte impulso de parte del actual Gobierno, que ha provisto de mayores facilidades para el registro de estos polémicos productos.

Mediante la promulgación de tres decretos -el último de los cuales entrará en vigencia en julio- la administración Solís Rivera ha buscado aceitar los engranajes de la regulación nacional, ante la “parálisis de 12 años en cuanto al registro de agroquímicos”, según lo consideró el ministro de Agricultura y Ganadería Luis Felipe Arauz.

En conjunto, esas medidas buscan hacer más expedito el registro tanto del ingrediente activo grado técnico (IAGT) de los agroquímicos, como de los productos formulados, comercializados al público en general.

El IAGT es el elemento fundamental que aporta los componentes químicos y el producto formulado es el agroquímico tal como se vende en el mercado y se utiliza en el campo. Su registro ante la autoridad competente del Servicio Fitosanitario del Estado (SFE) -adscrito al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG)- es un requisito necesario para su comercialización y aplicación.

Arauz anotó que ahora “se agiliza” el acceso a nuevas tecnologías que, según dijo, mejoran la seguridad para el productor en el campo, para el consumidor -al garantizar el período de carencia, el tiempo entre la aplicación de los productos y la cosecha- y para la salud y el ambiente.

Entre las medidas más polémicas figura el registro por incorporación de IAGT, que ya hayan sido registrados en otros países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

En el 2015 un estudio del Instituto Regional de Estudios en Sustancias Tóxicas (IRET) de la Universidad Nacional (UNA), reveló que en Costa Rica se utiliza un promedio de 18,2 kilogramos de plaguicidas por cada hectárea de cultivo agrícola.

Eso coloca al país por encima de la nada ecológica República Popular de China, que alcanza los 17 kilos: Estados Unidos, por ejemplo, utiliza alrededor de 2,5 Kg.

Sin embargo, el SFE cifra el uso de agroquímicos en Costa Rica en 9 kilogramos por hectárea, pues al hacer el cálculo incluye áreas de pastos, alrededor de un millón y medio más de hectáreas.

NUEVO SISTEMA

El primer decreto en ser firmado y publicado fue el Nº 39461-MAG “Registro de Ingrediente Activo grado técnico importados al país para la formulación de plaguicidas químicos en formuladoras nacionales, bajo el Régimen de Perfeccionamiento Activo, Zona Franca o similares con fines de exportación”.

Fue firmado por el Presidente de la República y el Ministro de Agricultura el 12 de noviembre del 2015 y publicado en La Gaceta el 15 de febrero del 2016.

Luego, el 15 de diciembre pasado, se firmó en Presidencia el decreto N° 39995-MAG “Reglamento para la actualización de la información de los expedientes de registro de ingrediente activo grado técnico y plaguicidas formulados”. Se publicó el pasado 16 de enero.

Finalmente, el decreto N° 40059-MAG-MINAE-S “Reglamento Técnico: “RTCR 484:2016. Insumos Agrícolas. Plaguicidas Sintéticos Formulados, Ingrediente Activo Grado Técnico Coadyuvantes y Sustancias Afines de Uso Agrícola. Registro, Uso y Control” se firmó el 29 de noviembre.

Este último decreto viene a regular toda acción de registro de agroquímicos de ahora en adelante. Fue publicado el 12 de enero pero debido a una disposición transitoria entrará en vigencia a partir del 13 de julio.

Estos tres decretos vienen a sustituir al decreto No. 33496 MAG-MINAE-MEIC “Reglamento sobre Registro, Uso y Control de Plaguicidas Sintéticos Formulados, Ingrediente Activo Grado Técnico, Coadyuvantes y Sustancias Afines de Uso Agrícola”, del 2006 y que fue parcialmente reformado en el 2009. Esta norma sobrevivirá hasta julio, pues será derogada cuando entre en vigencia del 40059-MAG.

El ministro Arauz justificó la necesidad de nuevos decretos en que ese decreto 33495 “resultó inoperante, al punto que después de diez años solamente se habían registrado unas pocas moléculas”.

Ello incidió, según dijo, en que Costa Rica ha estado sin acceso a la mayoría de los agroquímicos de última generación, los cuales “requieren aplicarse en cantidades menores y cuentan con mejor perfil ambiental y toxicológico”.

Por su parte Mauricio Álvarez, presidente de la Federación Conservacionista de Costa Rica (Fecon) criticó lo que consideró falta de transparencia del Gobierno en los procesos de construcción de estos decretos, y sentenció que están “cortados a la medida de las empresas y las cámaras y no a favor ni de los ministerios, ni del ambiente, ni de las recomendaciones técnicas del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) y del Ministerio de Salud”.

ACTUALIZACIÓN

Concretamente, el decreto N° 39995-MAG, que busca actualizar la información de registro de los agroquímicos que entraron y son utilizados en el país antes de la normativa aprobada en el 2006.

El Considerando cuatro apunta que previo al decreto N° 33495 MAG-S-MINAE-MEIC, al MAG se le “permitía” otorgar los registros a plazo indefinido, así como la inscripción de los plaguicidas formulados sin que fuese requisito contar con registro previo del IAGT, “por lo que resulta necesario actualizar la información de estos registros y además establecerles un plazo de vigencia igual al de los registros que se otorgan con la normativa actual”.

Fabián Pacheco, ingeniero agrónomo y ambientalista parte de Fecon, observó al respecto que “cada diez años un registro vencía”, lo cual, según dijo, ofrecía la oportunidad para que la Dirección de Gestión de Calidad Ambiental (Digeca, adscrita al Minae) realizara un análisis ecotoxicológico.

“Las industrias con esto quieren brincarse esa oportunidad para que el IAGT sea reanalizado”, añadió.

Por su parte, Álvarez apuntó que “el peor problema” de este decreto radica en el artículo 7, el cual establece que “durante el plazo de vigencia de un registro, cuando los ministerios competentes demuestren un riesgo inaceptable para la salud humana, el ambiente o la agricultura, el Servicio Fitosanitario del Estado restringirá o prohibirá su uso”.

El ambientalista apuntó que desde el punto de vista del principio precautorio en favor del medio ambiente y la salud, esta norma “pone la carga de la prueba sobre los ministerios; Salud y Ambiente tendrán que demostrar que un químico tiene problemas. Antes se hacía a partir de la información que aporta la compañía, ahora el Estado tiene que estar atento a que salga un estudio que diga que algo es cancerígeno”.

Al respecto, el ministro Arauz expresó que no se viola el principio precautorio, pues “se trata de los agroquímicos con registro vigente, que fueron evaluados toxicológica y eco-toxicológicamente por las entidades competentes”.

El Ministro expresó que “decir que nunca se han evaluado, como se ha repetido insistentemente, es erróneo” y añadió que el SFE ha prohibido moléculas de IAGT identificadas internacionalmente como de mayor riesgo, como el DDT, el nemagón y otras.

REGISTRO

Ambientalistas critican que baste el registro de un agroquímico en países de la OCDE para que se pueda utilizar en Costa Rica.
Ambientalistas critican que baste el registro de un agroquímico en países de la OCDE para que se pueda utilizar en Costa Rica.

El decreto N° 40059-MAG-MINAE-S “Reglamento Técnico: RTCR 484:2016” será a partir de julio la norma para el registro de agroquímicos en el país, y uno de sus puntos polémicos es la modalidad de registro por incorporación.

Sobre ese particular, el decreto en su artículo 8.4.1 establece el reconocimiento de Estados Unidos, la Unión Europea (UE) y los países de la OCDE como “referencia para efectos de aplicar el registro de IAGT por incorporación que aquí se establece”.

Al mismo tiempo, el artículo 8.4.2.6 establece como uno de los requisitos de este registro por incorporación, hacer una declaración jurada del representante legal de la empresa solicitante, en la que declare que “la información aportada corresponde a la que se encuentra en el expediente de registro del país que otorgó el registro que se pretende incorporar”, ya sea Estados Unidos, la UE o la OCDE.

El ambientalista Pacheco apuntó que en la actualidad, cuando se quiere registrar un nuevo agroquímico, la Digeca tiene parámetros de toxicidad, residualidad o permanencia en el ambiente, los cuales son contrastados con los valores para esas variables aportados en estudios de veracidad científica de las empresas, para determinar si un producto puede usarse y bajo qué condiciones.

“La inmensa mayoría pasa, pero por lo menos los más indecentes los han prohibido, con estos nuevos decretos a la Digeca lo único que le queda es revisar los estudios referenciados con declaraciones juradas y aprobar”, indicó.

Añadió además que el reconocimiento de los registros de los citados países de referencia es “inadecuado”, porque, por ejemplo, un fungicida en Alemania es utilizado una vez al año, pues el ciclo de siembra es diferente. “En Costa Rica la cantidad de aplicación da rangos diferentes. Un estudio hecho en otros sitios no aporta conclusiones que sirvan en este país, la cantidad de exposición del tóxico es generalmente mayor aquí”.

Al respecto, el ministro Arauz en primer lugar subrayó que los IAGT no se aplican en el campo directamente y consideró por ello que las evaluaciones de datos técnicos del IAGT “en países con estándares de evaluación igual o superior a los nuestros”, como los mencionados, “sí son suficientes para su registro” ya que según dijo se garantiza que esos IAGT cumplen con los “estándares internacionales más rigurosos en cuanto a su toxicología, eco-toxicología, destino y comportamiento ambiental”.

Destacó además que todo producto formulado asociado a un IAGT registrado por incorporación, deberá cumplir con todos los requisitos en el reglamento referentes a las condiciones específicas de Costa Rica, para lo cual debe superar un proceso de evaluación que realizan los tres ministerios. Añadió que el nuevo reglamento técnico aumenta de dos a cuatro meses el plazo que tienen los ministerios de Salud y de Ambiente para realizar la evaluación.

DECRETO PARA TRES EMPRESAS

El decreto Nº 39461-MAG se refiere únicamente a la actividad de empresas que importan IAGT y exportan el producto formulado que elaboran a partir de él, que funcionen bajo el régimen de perfeccionamiento activo o zona franca.

El “perfeccionamiento activo” es un régimen aduanero que le permite a las empresas recibir mercancías en el territorio aduanero nacional con suspensión de toda clase de tributos y bajo rendición de garantía, según explica el sitio de la Promotora de Comercio Exterior (Procomer).

De acuerdo con información de Procomer, solo hay tres empresas bajo el régimen de perfeccionamiento activo -ninguna en zona franca- que tienen que ver con el sector de agroquímicos: Agrosuperior S.A., Formulaciones Químicas S.A. e Inquisa Industrias Químicas S.A.

En esa última empresa figura Freddy Solís Rivera -hermano del presidente Luis Guillermo Solís- como gerente general.

Consultado al respecto, el ingeniero Freddy Solís expresó que “no participé personalmente, ni mi representada Distribuidora Inquisa, en la elaboración del decreto 39461-MAG, ni ningún otro decreto relacionado con el sector de agroquímicos nacional”.

Aclaró además que no ha buscado al Presidente de la República “para este o cualquier otro fin, relacionado con la elaboración de los mencionados decretos”.

“El tema regulatorio sobre agroquímicos ha sido manejado directamente entre la Cámara Nacional de Agricultura, su Comisión Regulatoria, el Colegio de Ingenieros Agrónomos y el Gobierno de la República, a través de sus ministros”, acotó.

Desde Casa Presidencial no se obtuvo ninguna respuesta a la consulta planteada por correo electrónico sobre este particular.

Llama la atención que, de acuerdo a la información registral disponible, el capital social de Inquisa Industrias Químicas S.A. está conformado por una sola acción por ¢127.850.800.

Por su parte, el jerarca del MAG en primer lugar citó el hecho de que el decreto Nº 39461-MAG tiene ya un año de vigencia “sin que hubiese ninguna objeción de nadie, y a la fecha ya se han registrado varios productos”.

Añadió que la razón de ser de este decreto es cumplir con un dictamen de la Procuraduría General de la República, que estableció que el SFE debe llevar un control de los plaguicidas que se exportan.

Subrayó que la actividad de servicio de tránsito y maquila (formulación) para re-exportación ha funcionado en el país desde hace más de 30 años, “lo que se hizo ahora fue normarla para tener mejor control” y cumplir además con lo dispuesto por el Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo Aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional.

“Me pareció importante promulgar este decreto porque las empresas que se dedican a esta actividad, como tantas otras industrias costarricenses exportadoras, generan gran cantidad de empleo y de divisas al país y este decreto viene a normar sus procesos. Cuáles empresas específicas se verían favorecidas y la identidad de las personas que trabajan en ellas, nunca fueron consideraciones en esta decisión”, agregó.



“Medicinas de plantas”

El pasado 26 de enero se realizó en el Colegio de Ingenieros Agrónomos una actividad abierta al público denominada “Taller nueva reglamentación para el registro de plaguicidas”, organizada en conjunto con la Cámara Nacional de Agricultura y Agroindustria (CNAA).

En ella, Óscar Fonseca, presidente del Colegio, calificó como “una mancha muy oscura en la historia agrícola” el hecho de que “por casi ocho años escasamente se habían inscrito tres moléculas”.

Así, manifestó que el proceso de trabajo que concluyó con los tres decretos fue “largo, lleno de dificultades. Tuvimos que amarrarnos muy fuerte los pantalones”. Sin embargo, destacó la “gran conciencia, gran responsabilidad del MAG, el gran apoyo del Presidente”.

Posteriormente, el ingeniero Álvaro Sáenz, coordinador de la comisión técnica regulatoria de la Cámara, criticó a quienes se refieren a los agroquímicos como “venenos”, en vez de decir que “son medicinas de plantas”.

Se refirió a las dificultades que la nueva normativa enfrentó y aseveró que “el populismo ambiental detuvo el proceso”, y fustigó lo que llamó la “opinión formada en fragor de lectura de periódicos”.

Según dijo entre 1969 y el 2006 se otorgaron 3500 registros, sin plazo de vencimiento y sin IAGT. A partir del 2009 se otorgaron 458 registros formulados también sin IAGT y desde el 2007, ya con el decreto 33495 vigente, ocho registros en diez años, pero con IAGT.  “El marco regulatorio hasta hace dos semanas no funcionaba”, acotó.

Expresó además que “los populistas” se equivocan al decir que Costa Rica es el país que más agroquímicos utiliza. “Primero porque no es cierto, segundo, porque por usar productos viejos, no tenemos nuevas tecnologías, es un contrasentido”.

El abogado Sigurd Vargas, director ejecutivo de la Cámara Nacional de Productores Genéricos, informó que “fue idea del Ministro (de Agricultura) decir que no se trabajara en reforma al decreto No. 33495, sino que había que hacer uno nuevo”, aseveró.

Añadió que los nuevos decretos “permiten resolver la parálisis en el registro de IAGT” y entre los que consideró “pilares fundamentales” del nuevo sistema de registro, mencionó el reconocimiento y aceptación de evaluaciones técnicas de países OCDE para registrar IAGT.

Por su parte, Carlos Hidalgo, ingeniero agrónomo representante de la Comisión Técnica Regulatoria de la CNAA, se refirió al nuevo reglamento técnico de registro de agroquímicos, contenido en el decreto 40059-MAG y expresó que no desregula, sino que “agiliza”.

Tras fustigar a quienes llamó “populistas ambientales”, aseveró que “los requisitos que tenemos son estándar en Europa” y calificó como “novedoso” el registro por incorporación que aplica solo a IAGT.



 

 

 

 

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