Dos consultas distintas plantean ante Sala IV la misma preocupación por las condiciones de condonación de deudas a la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) dentro del proyecto de ley 21.522 (Autorización de condonación para la formalización y recaudación de las cargas sociales), que recibió su primer debate el 24 de agosto.
Ambas consultas se preguntan si existe el riesgo de que los independientes que se acojan a la futura ley podrían quedar expuestos a perder las cuotas de su pensión, al dejar de pagar el adeudo principal, sus multas, recargos y, también, los intereses. Es decir, no solamente estarían condonando los rubros de cobro para la Caja sino asimismo la cotización de su futura pensión del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).
Esto entraría en duda, dicen las dos consultas a la Sala Constitucional, porque se añadió una frase al artículo 2 que dice que “La condonación no podrá ser menor a la totalidad de los rubros indicados en este artículo, salvo una manifestación expresa de parte del deudor”.
Condonación de deudas con la CCSS pasa primer debate contra posible beneficio de quienes sí pueden pagar
Únicamente votaron en contra tres legisladores: Shirley Díaz del PUSC, Wálter Muñoz y Patricia Villegas del Partido Integración Nacional
Esta frase ingresó al proyecto durante el trámite en la Comisión de Asuntos Económicos, durante la negociación de una moción del socialcristiano Pedro Muñoz que, para empezar, establecía que la condonación fuera una obligación de la Caja y no un permiso de autorización para hacerlo.
Sobre esta oración, los diputados ahora preguntan si podría rozar con los dos artículos de la Constitución Política que definen la autonomía del sistema de salud pública (73 y 74).
La primera consulta fue presentada la tarde del jueves 2 de septiembre por un grupo multipartidario, liderada por José María Villalta (Frente Amplio) y con apoyos de Wálter Muñoz y Patricia Villegas (Partido Integración Nacional); Otto Roberto Vargas (Republicano Social Cristiano); David Gourzong y Luis Fernando Chacón (Liberación Nacional); Aracelly Salas (Unidad Social Cristiana); Floria Segreda y Melvin Núñez (Restauración Nacional); y las independientes Zoila Volio y Shirley Díaz (recién separada de su antigua fracción del PUSC, por temas de la Caja).
La consulta del grupo multipartidista argumenta que la redacción del artículo 2 transforma al proyecto de ser una mera autorización a la Caja “para imponer la obligación a aplicar una condonación por el monto total de lo adeudado”, en detrimento del artículo 73 de la Constitución.
Precisamente que la decisión de cuánto condonar quede en manos del deudor es la razón por la que estos diputados afirman que se “se abre un peligroso portillo para que las personas renuncien al derecho a la pensión, pues la iniciativa no prevé alternativas para que dichas personas no pierdan las cotizaciones de periodos condonados”.
La Constitución Política dice en su artículo 73 que “La administración y el gobierno de los seguros sociales estarán a cargo de una institución autónoma, denominada Caja Costarricense de Seguro Social. No podrán ser transferidos ni empleados en finalidades distintas a las que motivaron su creación, los fondos y las reservas de los seguros sociales”.
En la segunda consulta, enviada el viernes 3 de setiembre a Sala IV por los 10 diputados del Partido Acción Ciudadana (PAC), los diputados establecen que al decir que “La condonación no podrá ser menor a la totalidad de los rubros indicados en este artículo, salvo una manifestación expresa de parte del deudor” entonces “se establece qué y cómo debe condonar y se le ordena a la CCSS que solo puede perdonar la totalidad de los rubros (principal, multas recargos e intereses, según corresponda)”.
No obstante, el PAC justifica que se incorporó la frase en el artículo 2 para “garantizar que la condonación aplique por igual, sin ningún tipo de diferenciación y discriminación entre iguales en las mismas condiciones” y que, entonces, la “única diferencia que pudiese existir obedezca a que la persona beneficiada por la condonación pueda determinar sobre qué rubros es que se encuentra interesada en proceder con la condonación”.
La consulta del PAC no argumenta en contra de esta condición, sino que también justifica que “en su mayoría, los trabajadores independientes, que actualmente se encuentran en la informalidad, nunca han cotizado a la Seguridad Social y previsiblemente no lo harán en virtud del alto monto adeudado, por lo que a la fecha tampoco se les considera como parte de su pensión”.
No obstante, el PAC sí pregunta puntualmente si “¿Es posible conforme al marco constitucional vigente que se le condone el monto principal a los trabajadores independientes?” (este sería el monto cotizado que se ahorraría en el seguro de Invalidez, Vejez y Muerte, es decir, la pensión de la Caja).
Ambas consultas fueron recibidas por la ventanilla de la Sala Constitucional, aún no hay información de la Sala sobre su futuro trámite.

