La directora de la Defensa Pública, Marta Iris Muñoz, promovió a su secretaria, Shirley Víquez Córdoba, a una plaza de defensora pública apenas un día después de que esta se incorporó en el Colegio de Abogados y sin que cumpliera una serie de requisitos exigidos por la institución.
De acuerdo con el registro del Colegio de Abogados, Víquez realizó su incorporación el 21 de setiembre de este año. Un día después, ya estaba colocada en una plaza de defensora pública interina, puesto que ocupó, en esa ocasión, por dos días.
Posteriormente, Víquez regresó a su plaza de secretaria ejecutiva en la jefatura de la Defensa, pero fue ascendida nuevamente a defensora en dos ocasiones: entre el 26 de setiembre y el 3 de octubre; y entre el 31 de octubre y el 14 de noviembre, de acuerdo con los registros de la Defensa Pública y del Departamento de Gestión Humana del Poder Judicial.
Durante esos tres nombramientos, el salario base de Víquez aumentó de 516.000 colones a 1.084.200 colones.
Muñoz la eligió a ella a pesar de que la funcionaria no había realizado una entrevista de perfil, ni un examen técnico, ni una práctica supervisada a cargo de “defensores y defensoras de alta experiencia”.
Tampoco había tenido una capacitación de nivelación en las distintas materias que atiende la Defensa ni había realizado las evaluaciones escrita y oral ante un Tribunal de Supervisores y Profesionales en Derecho de reconocida trayectoria.
Todos esos requerimientos son exigidos por la Defensa Pública para obtener la condición de “elegible”, según se lee en su sitio web, y son los que usualmente hacen el resto de defensores.
Consultada por UNIVERSIDAD, la directora de la Defensa alegó que, en el caso de su secretaria, esos procedimientos no eran necesarios porque ella fue nombrada en la Unidad de Apoyo Gerencial, en la cual laboran defensores que dan asesoría y apoyo a la dirección general y que no llevan casos a juicio.
“No hace práctica de defensor público, jurídica, no va a ejercer como defensora pública (…) que le quede claro que ella no está nombrada en la práctica como defensor, sino que está en un puesto de apoyo la dirección”, dijo Muñoz vía telefónica a UNIVERSIDAD.
No obstante, de acuerdo con un manual de puestos elaborado en el 2007 por la firma PricewaterhouseCoopers para la Defensa Pública, para ocupar un cargo en la Unidad de Apoyo se requieren tres años de experiencia como defensor público o como Asistente de Selección y Capacitación o como personal profesional de Disciplinario.
Incluso, en noviembre del 2011, la Jefatura de la Defensa impugnó que se diera esa plaza en propiedad y argumentó que la misma había sido ocupada por “diferentes personas, que cumplen con el perfil que se ha requerido para la ejecución exitosa de algún proyecto o labor en las materias en que la Defensa Pública presta sus servicios, (Penal, penal juvenil, ejecución de la pena y revisión, agrario, disciplinario, penalización de la violencia contra la mujeres, flagrancia, apelación de sentencias con la entrada en vigencia de la ley y familia, producto de las resoluciones emitidas por la Sala Constitucional)”.
Alegó también que en ese cargo se realizaban distintas tareas, entre ellas, responder recursos de amparo, habeas corpus y audiencias en acciones de inconstitucionalidad, así como hacer informes para instancias superiores y externas y realizar observaciones a proyectos de ley que afecten a la entidad.
Antes de ser nombrada en plaza de defensora, Víquez había ocupado puestos de secretaria, técnico administrativo, auxiliar administrativo, auxiliar judicial, auxiliar de servicios generales, conserje y oficinista. La primera vez que trabajó en la jefatura de la Defensa Pública fue como oficinista en 1997, un año después de que Muñoz asumiera como directora general.
“Empleada de confianza”
UNIVERSIDAD consultó a Muñoz cuáles eran las tareas que realizaba la funcionaria Víquez durante los nombramientos en la plaza de defensora y qué diferencia tenían con las labores que realizaba habitualmente como secretaria.
Vía telefónica la directora de la defensa pública indicó que se trataba de un puesto de confianza y que enviaría un detalle de las funciones por correo electrónico.
Días después, remitió el siguiente listado:
1.Revisión de la estructura programática de la Defensa Pública, que contiene 685 puestos, para la elaboración de nombramientos semestrales por parte de la Jefatura, con revisión de una a una de las personas que laboran en la Defensa Pública como profesionales.
2.Verificar que el titular del puesto así como el sustituto interino, se le haya realizado el seguimiento de supervisión, por medio de las giras que realiza la Unidad de Supervisión y Giras.
3.Revisión de plazas vacantes, para solicitar el respectivo concurso, los cuales dieron como resultado 100 plazas vacantes aproximadamente.
4.Apoyar a la Jefatura con las reuniones y otras convocatorias, estudio de diversa documentación extensa, para dar criterio basándose en un resumen de ellos, realizado en este puesto, ejemplo informes del Estado de la Nación.
5.Apoyo y sugerencias para crear el Sistema Automático de Nombramientos, exclusivo para la Defensa Pública.
Aunque se insistió vía correo en cuál era la diferencia con las labores de secretaria, no hubo respuesta.
“Es un nombramiento que decido yo”
Durante una entrevista vía telefónica con UNIVERSIDAD, la directora de la Defensa Pública, Marta Iris Muñoz, sostuvo que su secretaria era la persona “más calificada” para ocupar temporalmente la plaza de defensora en la Unidad de Apoyo. Esta es una transcripción de la conversación:
¿La funcionaria no hizo el proceso de reclutamiento ni los exámenes para ser ascendida?
-Ella ayudó en un puesto que se llama Unidad de Apoyo, que no hace práctica de defensor público, jurídica, no va a ejercer como defensor pública (…) Hubo varios cambios, usted conoce a Yanela, a Adriana y otra compañera; una sacó vacaciones y tuvimos que hacer una cadena, entonces a ella en esa cadena se le dio un ascenso en la plaza Unidad de Apoyo, que es una plaza de confianza mía, que no tiene que ir a juicios, entonces, para que le quede claro, si ella quiere irse a trabajar como defensora, tendría que hacer por supuesto el proceso.
¿Por qué la plaza se llama “defensor público” y no “Unidad de Apoyo”?
-Porque todas las plazas tienen esa nomenclatura, vea que problema, por ejemplo, el coordinador, que dice defensor público, no hace juicios.
¿Qué tareas hace la funcionaria Shirley Víquez en esos nombramientos?
-Las funciones que yo le voy a mandar, que son de ese puesto, de lo que yo le delegue, dentro del puesto que está clasificado
¿Las labores que hace son distintas a las que realiza cuando es secretaria?
-Por supuesto, porque tiene una serie de funciones increíble.
Las otras personas que están en la Unidad de Apoyo han sido defensores de varios años. Doña Shirley se incorporó al Colegio de Abogados en setiembre y luego se le hace este nombramiento…
-Sí porque ella tiene mucha experiencia en todo lo que hace la dirección, es la persona más capacitada para que me ayude a mí aquí. Imagínese que ella tiene 17 años de estarme ayudando y yo no puedo traer gente nueva que no sabe cuál es la dinámica mía, así que es la persona más calificada para que me ayude en todas las labores.
Pero ella tiene 17 años de ayudarle en un puesto de secretaria y usted me dice que las funciones son otras, entonces, ¿qué preparación necesitaba para ese puesto?
-Cualquiera de las (tareas) que pueda ver, me puede preguntar y le puedo decir, en todas es las que está más capacitada. Imagínese que tiene tanto de saber el maneje de la dirección que es la que más me puede ayudar a mí en las funciones.
¿Entonces no es un puesto para el que ella necesitara experiencia de abogada?
-No necesariamente, puede ser una persona que conozca bien las funciones mías. Tiene que ser, por supuesto, abogada, porque para poder hacer esa labor sí tiene que tener ese grado, porque una secretaria por supuesto que es otra cosa, pero se supone y así lo dijo (el departamento de) Personal, que esa persona debería ser abogada, porque son funciones de cierta complejidad.
Las personas que usted nombró a las que ella cubre, tienen años de experiencia en el ámbito del Derecho.
-No podemos ser tan ingratos, si pueden ser cinco días, de que ella no lo puede hacer (…) Me parece injusto que si usted estudió periodismo, por ejemplo, y hay un puesto que se ocupa ser periodista y usted tiene 17 años de estar a la par de su jefe, su jefe reconociendo todo el esfuerzo y toda la buena labor, no le dé un ascenso de cinco días.
Siguiendo ese ejemplo, si tengo 17 años de ser secretaria y se abre un puesto para estar a la par del director (de un periódico), difícilmente me lo den a mí que no tengo experiencia como periodista.
-Bueno, pero eso fue su jefe, yo pienso diferente. Yo pienso que cinco o siete días (de nombramiento) para una persona que ha trabajado tantos años y que me está apoyando a mí a salir adelante con un aterro de funciones que ella domina, para mí es lo esencial. En eso creo que usted no puede opinar porque soy yo la que sí puedo escoger a mi personal, porque por supuesto que usted piensa diferente, pero yo que estoy aquí y que me ayudado durante (se dirige a otra persona que está a su lado), ¿cuántos años, Shirley?, 16 años, imagínese, me parece injusto que alguien critique un pequeño ascenso.
Hay una muchacha que cuando presentó el título la nombraron en un puesto para ayudarle a doña Zarela (Villanueva, presidenta del Poder Judicial) y nadie la está cuestionando. Es más, yo seguí el ejemplo de doña Zarela (Villanueva) y le consulté. Le dije que qué bueno que la ascendió y que yo estaba pensando que una persona con experiencia me podía ayudar. Y me dijo: ‘qué bueno, me parece muy bien’. Así es que yo no le veo cuál es el cuestionamiento que usted tanto hace. Además, es una elección que es de confianza.
Si hay una persona que se incorpora al Colegio y es nombrada en una plaza sin cumplir los requisitos que otros han cumplido, es válido consultarle a usted la razón.
-Ella no es defensora pública, a usted le enredaron porque a ella le tienen envidia, porque ella es una muchacha que se esfuerza y que ha trabajado mucho. Cuando una persona se supera y un jefe le ayuda, vienen las puras envidias, eso es todo. Ella no está aquí nombrada en propiedad, yo no estoy violentando un procedimiento que me puedan decir que es ilegal, yo le estoy dando una oportunidad.
Le entiendo entonces que para el puesto en la Unidad de Apoyo la experiencia como secretaria era suficiente para realizar las tareas.
-En algún momento la gente tiene que aprender y a la gente hay que darle tiempo. ¿A usted no le parece que para unos días no es importante que yo le pueda también orientar y que ella vaya aprendiendo o es que ella tiene que aprender de gratis?
Otros funcionarios cuentan haber tenido incluso que sacar vacaciones para poder hacer la práctica y hacer los procesos para tener el mismo tipo de nombramiento.
-Pues eso es una mentira, porque en estos momentos ahí hay mucha gente que no ha hecho las prácticas. Imagínese que en estos momentos, si alguien se incapacita, en la unidad mía no tengo quien me pueda ayudar. Hay personas nombradas por inopia.
No es cierto que toda la gente hace práctica, depende de la época, puede ser que quien está diciendo eso se graduó cuando no habían plazas y les da tiempo de hacer los procesos. Cuando realmente se ocupa gente, lamentablemente hay más facilidad, no todos tenemos las mismas oportunidades.
Usted me obliga a que yo le dé práctica aquí a 500 personas, ni que tuviera yo un montón de gente para que les dé práctica.
¿Para qué entonces se ponen requisitos que no se pueden cumplir?
-Cuando se pueden cumplir, se cumplen, yo no estoy obligada a darle a todo el mundo un proceso, eso es lo ideal. En la judicatura imagínese que lo que les hacen es un examen simple y se me está exigiendo que yo tenga prácticas para todos.
Eso no se lo exijo yo, son los requisitos que ustedes han puesto.
-Al fin de cuentas la institución también tiene un gasto muy grande. En el (Poder) Ejecutivo a mi hijo lo contrataron y ni siquiera había presentado la tesis.
¿Esas diferencias no crean desigualdad?
-Es que lo otro es no hacer nada y eso es peor. Entre no hacer nada y hacer algo, es mejor hacer algo. Eso lo inventé yo (el procedimiento para contratar), si el día de mañana se me ocurre contratar solo con el título, contrato.