País Biodiversidad

Diputados acuerdan consultar Protocolo de Nagoya a Asociaciones de Desarrollo Indígena

Este Protocolo fue rechazado anteriormente en la Asamblea Legislativa en dos ocasiones (2011 y 2016) por la Comisión de Ambiente, debido a las objeciones de organizaciones campesinas, indígenas y ecologistas.

Los diputados de la Comisión de Asuntos Internacionales y Comercio Exterior de la Asamblea Legislativa aprobaron una moción para que el “Protocolo de Nagoya” sobre acceso a los recursos genéticos se consulte a más de 20 Asociaciones de Desarrollo Indígena (ADIs); pero organizaciones ecologistas, campesinas e indígenas insisten en que su ratificación implicaría que “los recursos de la biodiversidad, considerados de dominio público en Costa Rica, se traten como si fueran bienes patrimoniales del dominio privado, tal y como se quiso hacer en el caso del Proyecto Minero en Crucitas, o de explotación petrolera Harken”.

Estas ADIs son: Bribri-Salitre, Cabagra, Talamanca Bribri, Kekoldi, Brunca-Boruca, Curré, Cabecar-Chirripó, Ujarrás, Tainy, Talamanca-Cabécar, Bajo Chirripó, Nairi Awari, China Kichá, Chorotega-Matambú, Telire, Huétar-Zapatón, Quitirrisí, Guatuso, Gnobe-Abrojo Montezuma, Osa, Compte-Boruca, Coto Brus, Altos de San Antonio y Térraba.

También se aprobaron 5 de 13 mociones, vía artículo 137, presentadas al expediente 21.550 por el diputado del Frente Amplio, José María Villalta.
Estas mociones introducían cambios al texto como las siguientes:

Que el proyecto haga referencia a pueblos indígenas (el término consensuado internacionalmente), en vez de “comunidades indígenas”; que cuando se hable de “recursos genéticos” no se incluyan materiales bioquímicos y genéticos humanos; y que se agregue un artículo que diga que cuando se hable de “ley consuetudinaria” de pueblos indígenas o comunidades locales, se debe interpretar que se refiere a las costumbres, independientemente de si son ley (en apego al artícylo 169 del Convenio de la OIT).

Otro cambio aprobado aclara que la información que provenga de los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales asociados no debe ser confidencial para los pueblos indígenas y comunidades locales que hayan dado su autorización.

Protocolo fue rechazado en dos ocasiones por la Asamblea

Costa Rica suscribió el Convenio sobre Diversidad Biológica de las Naciones Unidas el 13 de junio de 1992 y quedó plasmado en la Ley 7.416 del 30 de junio de 1994. Pero en 2010, en la Décima Reunión de las Partes, celebrada en Nagoya, Japón, se adoptó el texto del “Protocolo de Nagoya sobre el Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios que se deriven de su utilización en el Convenio sobre la Diversidad Biológica”.

Este protocolo señala en su artículo 1, como objetivo: “La participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos, incluso por medio del acceso apropiado a los recursos genéticos y por medio de la transferencia apropiada de tecnologías pertinentes, teniendo en cuenta todos los derechos sobre dichos recursos y tecnologías y por medio de la financiación apropiada, contribuyendo por ende a la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de sus componentes”.

Este Protocolo fue rechazado anteriormente en la Asamblea Legislativa en dos ocasiones (2011 y 2016) por la Comisión de Ambiente, debido a las objeciones de organizaciones campesinas, indígenas y ecologistas.

Organizaciones ecologistas como CoecoCeiba y la Red de Coordinación en Biodiversidad han alertado desde hace años que una gran mayoría de comunidades indígenas y campesinas desconocen su contenido y alcance.

“Cabe recalcar que no se ha realizado, en esta oportunidad, ninguna comparecencia de organizaciones que no estamos de acuerdo con que se ratifique el Protocolo”, manifestó CoecoCeiba en un comunicado de prensa la semana pasada.

Afirman que el Protocolo “no cumple con los objetivos de defender los recursos genéticos y el conocimiento asociado a ellos, sino que los contradice” y que su ratificación implicaría que “los recursos de la biodiversidad, considerados de dominio público en Costa Rica, se traten como si fueran bienes patrimoniales del dominio privado, tal y como se quiso hacer en el caso del Proyecto Minero en Crucitas, o de explotación petrolera Harken”.

Critican que el Protocolo tiene particular interés en las comunidades indígenas, “ya que busca incluir el patrimonio genético de las comunidades indígenas y sus saberes ancestrales en el desarrollo de la biotecnología, sin siquiera considerar alguna reglamentación ética o de derechos humanos”.
“Atenta contra la propia sabiduría, cosmovisión y cultura de las comunidades y pueblos, que han sabido crear un vínculo con los bienes naturales y crear saberes y conocimientos puestos a la disposición solidaria, de tal manera que puedan continuar alimentándose y atendiendo su salud”, añaden.

Este expediente tiene un dictamen afirmativo unánime del 10 de setiembre de 2020. Hasta la fecha se han recibido respuestas de consulta de la Contraloría General de la República (CGR), el Instituto Tecnológico de Costa Rica, la Mesa Nacional Indígena, el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae), el Ministerio de Ciencia y Tecnología (Micitt), el Servicio Fitosanitario del Estado (SFE) y la Universidad de Costa Rica (UCR).

El expediente está en proceso de consulta con la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas (Conai), el Ministerio de Comercio Exterior (Comex), la Procuraduría General de la República y Universidades Públicas.

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